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Constitucional

Demanda de Habeas Corpus

Garantía constitucional que protege la libertad individual y derechos conexos. Art. 200.1 Constitución, Art. 25-36 NCPC.

Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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EXPEDIENTE       : NUEVO
ESPECIALISTA     :
ESCRITO          : 01
SUMILLA          : DEMANDA DE HABEAS CORPUS

SEÑOR JUEZ PENAL DE TURNO DE LIMA

[NOMBRE_DEMANDANTE/BENEFICIARIO], identificado(a)
con DNI No. [DNI], con domicilio en [DOMICILIO];
a Ud. respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Interpongo DEMANDA DE HABEAS CORPUS a favor de
[NOMBRE_BENEFICIARIO] y contra [NOMBRE_DEMANDADO /
AUTORIDAD], por vulneración del derecho a la
libertad individual y derechos conexos.

Solicito:
1. Se disponga la inmediata libertad del beneficiario
   / cese de la amenaza a su libertad.
2. [PRETENSIÓN_ESPECÍFICA].

II. HECHOS

2.1 [DESCRIBIR como se produjo la detención, restricción
o amenaza a la libertad del beneficiario].

2.2 [FECHA y circunstancias del acto lesivo].

2.3 [DESCRIBIR porque la detención/restricción es
arbitraria o ilegal].

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

- Art. 200 inciso 1 de la Constitución: El Habeas
  Corpus procede ante el hecho u omisión de cualquier
  autoridad, funcionario o persona que vulnera o
  amenaza la libertad individual o derechos conexos.

- Art. 25-36 del Nuevo Código Procesal Constitucional
  (Ley 31307): Derechos protegidos, tipos de habeas
  corpus y procedimiento.

- Art. 2 inciso 24 de la Constitución: Derecho a la
  libertad y seguridad personales.

- Tipos aplicables (Art. 26 NCPC):
  a) Reparador: contra detenciones arbitrarias
  b) Restringido: contra restricciones a la libertad
  c) Preventivo: contra amenazas ciertas e inminentes
  d) Traslativo: contra mora en proceso judicial
  e) Correctivo: contra tratos indebidos en detención
  f) Instructivo: contra desaparición forzada

IV. MEDIOS PROBATORIOS

1. [PRUEBA_1]
2. [PRUEBA_2]

V. ANEXOS

1-A : Copia de DNI.
1-B : [DOCUMENTOS_PERTINENTES].

NOTA: El habeas corpus no requiere firma de abogado
(Art. 27 NCPC), puede interponerse verbalmente, y
procede incluso en estados de excepción (Art. 137
Constitución) respecto de derechos no suspendidos.

[CIUDAD], [FECHA]

_________________________
[NOMBRE_DEMANDANTE]
DNI: [DNI]

La demanda de hábeas corpus es el proceso constitucional más rápido y poderoso que tienes para defender la libertad de una persona. Sirve cuando alguien está detenido sin orden válida, cuando se le impide salir o entrar al país, cuando se le tiene incomunicado, cuando se amenaza su integridad física o cuando un funcionario ignora una orden de excarcelación. No protege bienes ni dinero, protege la libertad individual y los derechos conexos a ella, como la integridad personal y el derecho a no ser desaparecido.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

Lo mejor del hábeas corpus es que no necesitas ser la persona afectada ni tener abogado para presentarlo. Cualquiera puede interponerlo a favor del detenido (un familiar, un amigo, un vecino), e incluso la Defensoría del Pueblo puede hacerlo de oficio. Conviene usarlo apenas detectas que la privación de libertad es arbitraria o que existe una amenaza cierta e inminente contra la integridad de la persona. No esperes, cada hora cuenta. Si la persona ya está siendo procesada con todas las garantías, el hábeas corpus no reemplaza al proceso penal, pero sí procede contra detenciones que no respetan los plazos o las formas que exige la Constitución.

Base legal vigente 2026

El hábeas corpus está reconocido en el artículo 200 inciso 1 de la Constitución Política del Perú y desarrollado en el Código Procesal Constitucional (Ley 31307), artículos 33 al 46, norma modificada por la Ley 31583 y la Ley 32153. El artículo 33 enumera los derechos protegidos, el artículo 44 permite presentar la demanda por escrito o verbalmente, y el artículo 34 precisa que no se requiere firma de abogado, tasas ni ninguna formalidad. El plazo para resolver es inmediato según el artículo 46.

Qué datos y documentos necesitas

  • Nombre completo y documento de identidad de la persona detenida o amenazada (el beneficiario).
  • Tus datos como demandante, aunque no seas el afectado.
  • El lugar exacto donde se encuentra detenida o el hecho que la amenaza.
  • La autoridad, funcionario o persona que causó la detención o amenaza (si la conoces).
  • Un relato claro de los hechos, con fecha y hora aproximadas.
  • Cualquier prueba a la mano: copia de la detención, testigos, fotos, mensajes.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Redacta la demanda con el relato de los hechos y a quién beneficias, o acude directamente al juzgado y dícela de forma verbal.
  2. Preséntala ante cualquier Juez Penal o Juzgado Constitucional del lugar donde está la persona o donde ocurrió la afectación. Es completamente gratuito.
  3. El juez debe actuar de inmediato, incluso constituyéndose en el lugar de la detención el mismo día.
  4. Si la detención es arbitraria, el juez ordena la libertad inmediata o el cese de la amenaza en su resolución.
  5. Si la sentencia te es desfavorable, puedes apelar y, en última instancia, llegar al Tribunal Constitucional mediante el recurso de agravio constitucional.

Errores comunes a evitar

  • Creer que necesitas abogado o pagar tasas, no es así.
  • Usar el hábeas corpus para discutir el fondo de un proceso penal en regla, en lugar de la legalidad de la detención.
  • No precisar el lugar donde está la persona, lo que retrasa la actuación del juez.
  • Esperar días para presentarlo cuando la urgencia es total.

¿Puedo presentar hábeas corpus por un familiar sin su permiso?

Sí. El artículo 44 del Código Procesal Constitucional permite que cualquier persona lo interponga a favor de quien sufre la afectación, sin necesidad de poder ni autorización del beneficiario.

¿Cuánto demora en resolverse?

Es el proceso más veloz del ordenamiento. El artículo 46 obliga al juez a actuar de inmediato; tratándose de detención arbitraria, debe resolver en el día.

¿Procede si la persona ya tiene orden de detención de un juez?

Procede si esa orden viola la Constitución (por ejemplo, dictada sin motivación o venciendo el plazo legal de detención). Si la detención respeta todas las garantías del artículo 33, no prosperará.

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Cómo presentar demanda de habeas corpus: paso a paso

  1. Identifica el derecho fundamental afectado. Determina qué derecho recoge la Constitución (Art. 2 o concordantes) ha sido vulnerado o amenazado: libertad, trabajo, información, igualdad, propiedad, entre otros.
  2. Verifica el plazo para interponer la acción. El amparo tiene 60 días hábiles desde la afectación (Art. 45 NCPCons, Ley 31307). El habeas corpus no tiene plazo. El habeas data tiene 60 días hábiles desde la respuesta o silencio de la entidad requerida.
  3. Agota la vía previa si corresponde. Para el amparo debes agotar la vía previa administrativa o judicial salvo las excepciones del Art. 46 NCPCons (urgencia, irreparabilidad, jurisprudencia vinculante del TC).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa el acto lesivo con fecha exacta, la entidad o persona responsable, el derecho afectado y la pretensión que pides al juez.
  5. Presenta la demanda ante el juzgado. El amparo y el habeas data se presentan ante el Juzgado Civil de turno. El habeas corpus ante cualquier juez penal. Adjunta copias del acto lesivo y pruebas del perjuicio.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de habeas corpus

¿El modelo de demanda de habeas corpus es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-habeas-corpus/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de habeas corpus sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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