Denuncia Penal por Delito de Fraude Informático (Phishing y Suplantación Bancaria)
Denuncia penal ante la DIVINDAT de la PNP y el Ministerio Público por fraude informático mediante phishing y suplantación de la banca, que sustrae dinero de cuentas, tipificado y sancionado con 3 a 8 años por el Art. 8 de la Ley 30096.
Actualizado al 18 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DENUNCIA PENAL POR DELITO DE FRAUDE INFORMÁTICO SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE [DISTRITO] / SEÑOR JEFE DE LA DIVISIÓN DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE ALTA TECNOLOGÍA (DIVINDAT) — PNP Yo, [NOMBRE_DENUNCIANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI], con domicilio real en [DIRECCION], correo [CORREO] y teléfono [TELEFONO], ante usted respetuosamente me presento y formulo DENUNCIA PENAL contra los que resulten responsables, por la presunta comisión del delito de FRAUDE INFORMÁTICO, en agravio de mi patrimonio. PRIMERO.- HECHOS. El día [FECHA_HECHOS], recibí [un correo / un mensaje de texto / una llamada / un enlace] que suplantaba a mi entidad bancaria [NOMBRE_BANCO], dirigiéndome a una página web falsa idéntica a la del banco, donde por engaño ingresé mis credenciales y/o clave. Acto seguido, de mi cuenta N.° [NUMERO_CUENTA] se realizaron [operaciones / transferencias] no autorizadas por un total de S/ [MONTO], con destino a [CUENTA_DESTINO], según el detalle que adjunto. SEGUNDO.- TIPIFICACIÓN. Los hechos configuran el delito de fraude informático previsto en el artículo 8 de la Ley N.° 30096, Ley de Delitos Informáticos, modificada por la Ley N.° 30171, que sanciona a quien, a través de las tecnologías de la información o de la comunicación, procura para sí o para otro un provecho ilícito en perjuicio de tercero mediante el diseño, introducción, alteración, borrado, supresión o clonación de datos informáticos, o cualquier interferencia o manipulación en el funcionamiento de un sistema, con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años. TERCERO.- DILIGENCIAS SOLICITADAS. Solicito se disponga: (i) recibir mi declaración; (ii) oficiar al banco para el bloqueo de las cuentas de destino y la remisión de los registros de las operaciones e IP; (iii) requerir a las empresas de telecomunicaciones la información del origen de los mensajes; (iv) realizar el peritaje informático correspondiente; (v) identificar y ubicar a los responsables. CUARTO.- MEDIOS PROBATORIOS. Adjunto: (i) capturas de los mensajes y del enlace fraudulento; (ii) estado de cuenta y constancia de las operaciones no reconocidas; (iii) reclamo presentado ante el banco; (iv) copia de mi DNI. POR TANTO: Solicito admitir la denuncia, iniciar las diligencias preliminares y ejercer la acción penal contra los responsables. [CIUDAD], [FECHA] ____________________________ [NOMBRE_DENUNCIANTE] DNI N.° [DNI]
Cuándo usar este modelo
Usa esta denuncia cuando fuiste víctima de phishing o de una suplantación de tu banco y te sustrajeron dinero de tu cuenta mediante engaño digital, por ejemplo con un enlace o una página web falsa que copió a tu entidad financiera. El artículo 8 de la Ley N.° 30096, Ley de Delitos Informáticos, tipifica el fraude informático con pena privativa de libertad de tres a ocho años. La denuncia se presenta ante la DIVINDAT de la PNP y el Ministerio Público para que investiguen y ubiquen a los responsables.
Qué datos necesitas
- Nombre, DNI y datos de contacto del denunciante.
- Fecha y forma del engaño: correo, mensaje, llamada o enlace fraudulento.
- Nombre del banco suplantado y número de tu cuenta afectada.
- Detalle de las operaciones no reconocidas, montos y cuentas de destino.
- Capturas de pantalla, estados de cuenta y el reclamo presentado al banco.
Paso a paso
- Reporta de inmediato el fraude a tu banco y pide el bloqueo y el reverso de las operaciones.
- Reúne las pruebas: capturas de los mensajes, el enlace falso y el estado de cuenta.
- Completa la denuncia describiendo con detalle cómo ocurrió el engaño.
- Preséntala ante la DIVINDAT de la PNP o ante la Fiscalía Penal de turno.
- Solicita las diligencias: oficios al banco, a las telefónicas y el peritaje informático.
Errores comunes
- Borrar los mensajes o el historial del enlace fraudulento, perdiendo la prueba clave.
- No reclamar antes al banco, lo que dificulta acreditar el desconocimiento de la operación.
- Demorar la denuncia, dando tiempo a que el dinero se disperse entre varias cuentas.
- Confundir el fraude informático con la simple suplantación en redes, que tiene otro tipo penal.
Preguntas frecuentes
¿Qué pena tiene el fraude informático? El artículo 8 de la Ley N.° 30096 prevé pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años para quien obtiene un provecho ilícito manipulando datos o sistemas informáticos en perjuicio de otro.
¿El banco debe devolverme el dinero? La denuncia penal es independiente del reclamo ante el banco y ante INDECOPI o la SBS; según el caso, el banco puede tener responsabilidad si falló su seguridad.
¿Dónde presento la denuncia? Ante la DIVINDAT de la PNP, especializada en delitos de alta tecnología, o ante la Fiscalía Penal, que dirige la investigación.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia penal por delito de fraude informático (phishing y suplantación bancaria)
¿El modelo de denuncia penal por delito de fraude informático (phishing y suplantación bancaria) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-penal-por-delito-de-fraude-informatico-phishing-y-suplantacion-bancaria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de denuncia penal por delito de fraude informático (phishing y suplantación bancaria) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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