Denuncia Penal por Falta contra el Patrimonio por Hurto de Bien Menor a una Remuneración Mínima Vital
Modelo de denuncia por falta contra el patrimonio ante el Juzgado de Paz Letrado, cuando el valor del bien sustraido no supera una Remuneracion Minima Vital, conforme al articulo 444 del Codigo Penal.
Actualizado al 26 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DENUNCIA PENAL POR FALTA CONTRA EL PATRIMONIO POR HURTO DE BIEN MENOR A UNA REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE TURNO DE [CIUDAD] [NOMBRE DEL DENUNCIANTE], identificado con DNI N.° [DNI DEL DENUNCIANTE], con domicilio real en [DIRECCIÓN DEL DENUNCIANTE], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO PROCESAL], a usted respetuosamente digo: Que, al amparo de los artículos 482 y siguientes del Código Procesal Penal, referidos al proceso por faltas, formulo DENUNCIA contra [NOMBRE DEL DENUNCIADO, DE SER CONOCIDO] o contra quien resulte responsable, por la presunta comisión de la FALTA CONTRA EL PATRIMONIO, prevista y sancionada en el artículo 444 del Código Penal, conforme a los siguientes fundamentos: I. PETITORIO Solicito se admita a trámite la presente denuncia, se disponga la citación a juicio conforme al proceso sumario por faltas, y se sancione al denunciado con la pena que corresponda conforme a ley, disponiéndose además la reparación civil correspondiente. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El día [FECHA DEL HECHO], siendo aproximadamente las [HORA APROXIMADA], en circunstancias que me encontraba en [LUGAR DE LOS HECHOS], el denunciado sustrajo, sin mi consentimiento y con la finalidad de obtener un provecho indebido, el bien consistente en [DESCRIPCIÓN DEL BIEN SUSTRAÍDO], valorizado en la suma de S/ [VALOR DEL BIEN SUSTRAÍDO]. 2. El valor del bien sustraído no supera el monto de una Remuneración Mínima Vital vigente a la fecha de los hechos, ascendente a S/ [MONTO DE LA RMV VIGENTE A LA FECHA DE LOS HECHOS], conforme puede acreditarse con [SUSTENTO DE VALORIZACIÓN: BOLETA DE COMPRA, TASACIÓN, COTIZACIÓN DE MERCADO]. 3. Los hechos fueron advertidos por [DESCRIBIR CÓMO SE ADVIRTIÓ EL HECHO: CÁMARAS DE SEGURIDAD, TESTIGOS PRESENCIALES, INTERVENCIÓN INMEDIATA], habiéndose identificado al denunciado como autor de la sustracción. 4. Al no superar el bien sustraído el valor de una Remuneración Mínima Vital, los hechos descritos no constituyen el delito de hurto simple previsto en el artículo 185 del Código Penal, sino la falta contra el patrimonio prevista en el artículo 444 del mismo código, cuyo conocimiento corresponde al Juzgado de Paz Letrado conforme a la vía procesal sumarísima establecida para las faltas. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 444 del Código Penal sanciona como falta contra el patrimonio la sustracción de un bien mueble ajeno cuyo valor no supere una Remuneración Mínima Vital, remitiendo a los elementos típicos del hurto para su configuración, pero atribuyendo su juzgamiento a la vía de faltas en atención a la menor entidad del bien afectado. 2. Los artículos 482 y siguientes del Código Procesal Penal regulan el proceso por faltas, estableciendo que su conocimiento corresponde al Juzgado de Paz Letrado, pudiendo iniciarse por denuncia del agraviado, de la Policía Nacional del Perú o de oficio, sin que resulte necesaria la intervención previa del Ministerio Público para su tramitación. 3. Corresponde al Juzgado de Paz Letrado, verificada la entidad del bien sustraído y su valorización, calificar los hechos conforme a la vía procesal correspondiente y disponer la citación a juicio en los términos que autoriza la ley procesal penal para el juzgamiento de faltas. 4. La presente denuncia es distinta del delito de hurto simple previsto en el artículo 185 del Código Penal, cuyo conocimiento corresponde al proceso penal común ante el Juzgado Penal, y no al Juzgado de Paz Letrado, en atención a que en el presente caso el valor del bien sustraído no supera el límite legal establecido para la configuración de la falta. IV. MEDIOS PROBATORIOS 5. [DOCUMENTO QUE ACREDITE EL VALOR DEL BIEN SUSTRAÍDO: BOLETA, FACTURA O TASACIÓN]. 6. [VIDEOS, FOTOGRAFÍAS O DECLARACIÓN DE TESTIGOS QUE ACREDITEN LOS HECHOS]. V. ANEXOS 1-A. Copia simple de mi documento de identidad. 1-B. [DOCUMENTO QUE ACREDITE EL VALOR DEL BIEN SUSTRAÍDO]. 1-C. [MATERIAL PROBATORIO ADICIONAL DISPONIBLE]. POR TANTO: A usted, señor Juez, solicito admitir a trámite la presente denuncia y disponer lo conveniente conforme a ley. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE DEL DENUNCIANTE] DNI N.° [DNI DEL DENUNCIANTE]
Cuando usar este modelo
Usa este modelo cuando hayas sido víctima de la sustracción de un bien cuyo valor no supera una Remuneración Mínima Vital, supuesto que se tramita como falta ante el Juzgado de Paz Letrado y no como delito de hurto.
Que datos necesitas
- Datos del denunciante y, de conocerse, del denunciado.
- Descripción y valor del bien sustraído, con su sustento documentario.
- Fecha, hora y lugar de los hechos.
- Evidencia disponible: videos, fotografías o declaración de testigos.
Paso a paso
- Reúne el comprobante, boleta o tasación que acredite el valor del bien sustraído.
- Verifica el monto de la Remuneración Mínima Vital vigente a la fecha de los hechos.
- Completa los datos del formato con la información real de los hechos.
- Presenta la denuncia directamente ante el Juzgado de Paz Letrado de turno de tu distrito.
- Acude a la audiencia de juicio que se programe conforme al trámite sumario de faltas.
Errores comunes
- Presentar la denuncia como delito de hurto ante el Juzgado Penal, cuando corresponde tramitarla como falta ante el Juzgado de Paz Letrado.
- No sustentar documentariamente el valor del bien sustraído.
- Omitir la fecha exacta de los hechos, necesaria para verificar la RMV vigente en dicho momento.
- No identificar con claridad al denunciado o los datos que permitan su identificación.
Preguntas frecuentes
¿Ante quién se presenta esta denuncia?
Directamente ante el Juzgado de Paz Letrado de turno, sin que sea indispensable la intervención previa del Ministerio Público.
¿Qué pasa si el bien sustraído vale más de una RMV?
En ese caso los hechos configurarían el delito de hurto simple previsto en el artículo 185 del Código Penal, de competencia del Juzgado Penal.
¿Puede el denunciado ser sancionado con prisión?
Las faltas contra el patrimonio se sancionan generalmente con penas limitativas de derechos o prestación de servicios comunitarios, conforme a lo previsto en el Código Penal para las faltas.
Cómo presentar denuncia penal por falta contra el patrimonio por hurto de bien menor a una remuneración mínima vital: paso a paso
- Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
- Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
- Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
- Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia penal por falta contra el patrimonio por hurto de bien menor a una remuneración mínima vital
¿El modelo de denuncia penal por falta contra el patrimonio por hurto de bien menor a una remuneración mínima vital es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-penal-por-falta-contra-el-patrimonio-por-hurto-de-bien-menor-a-una-remuneracion-minima-vital/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de denuncia penal por falta contra el patrimonio por hurto de bien menor a una remuneración mínima vital sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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