Denuncia Penal por Secuestro (Art. 152 CP)
Denuncia penal ante la Fiscalía por delito de secuestro, privación ilegal de la libertad personal sin derecho ni mandato, tipificado en el Art. 152 del Código Penal (D.Leg. 635).
Actualizado al 18 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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DENUNCIA PENAL POR DELITO DE SECUESTRO SUMILLA: Formula denuncia penal por delito de secuestro (Art. 152 CP). SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE [DISTRITO_FISCAL] Yo, [NOMBRE_DENUNCIANTE], identificado con DNI [DNI_DENUNCIANTE], con domicilio en [DIRECCION_DENUNCIANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Formulo denuncia penal contra [NOMBRE_DENUNCIADO] (o contra los que resulten responsables) por la presunta comisión del delito contra la libertad personal en la modalidad de SECUESTRO, previsto en el Art. 152 del Código Penal, en agravio de [NOMBRE_AGRAVIADO]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El día [FECHA_HECHOS], a las [HORA_HECHOS] aproximadamente, en [LUGAR_HECHOS], el agraviado fue privado de su libertad por el o los denunciados, quienes [DESCRIBIR_FORMA_DE_PRIVACION]. 2. El agraviado permaneció privado de su libertad durante [TIEMPO_PRIVACION], sin que mediara derecho, motivo ni facultad justificada. 3. Los denunciados habrían exigido [DESCRIBIR_EXIGENCIA_O_MOVIL, si corresponde]. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Art. 152 del Código Penal reprime al que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción de su libertad. IV. MEDIOS PROBATORIOS a) Declaración del agraviado [NOMBRE_AGRAVIADO]. b) Declaración del denunciante. c) [OTRA_PRUEBA, ej. registro de llamadas, mensajes, peritaje]. V. ANEXOS 1-A. Copia de mi DNI. 1-B. [DOCUMENTO_DE_SUSTENTO]. POR TANTO: Solicito admitir la denuncia y disponer con urgencia las diligencias correspondientes. [CIUDAD], [FECHA_PRESENTACION] _______________________ [NOMBRE_DENUNCIANTE] DNI [DNI_DENUNCIANTE]
La denuncia penal por secuestro es el escrito con el que comunicas al Ministerio Público o a la Policía Nacional que una persona ha sido privada de su libertad personal sin derecho, motivo ni facultad justificada, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o el tiempo que dure la privación. El secuestro no requiere que se pida rescate: basta con que se le impida a la víctima moverse o salir libremente. Esta denuncia activa una respuesta urgente del sistema de justicia.
Para qué sirve y cuándo usarla
Úsala apenas tomes conocimiento de que alguien está retenido contra su voluntad. Por su gravedad, lo recomendable es acudir de inmediato a la comisaría más cercana o llamar a la línea de emergencia para que la Policía actúe sin demora; la denuncia formal sirve para dejar constancia, aportar datos y constituirte como parte. Es distinta del rapto o de la coacción: aquí lo central es la privación de la libertad ambulatoria.
Quién la presenta
Puede presentarla la propia víctima una vez liberada, sus familiares o cualquier persona que conozca el hecho, dado que es un delito de persecución pública. No se necesita autorización de la víctima para que el Estado investigue.
Base legal vigente
El secuestro está tipificado en el artículo 152 del Código Penal. La pena base es privativa de libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años. La pena se eleva e incluso llega a cadena perpetua cuando concurren agravantes como que la víctima sea menor de edad o mayor de setenta años, sufra discapacidad o enfermedad grave, esté gestando, o cuando se le causa lesiones graves o la muerte, entre otras. La denuncia se rige por los artículos 326 y siguientes del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957).
Qué datos y documentos necesitas
- Datos de la víctima (nombres, edad, documento, características físicas y vestimenta).
- Lugar, fecha y hora aproximada en que ocurrió la privación de libertad.
- Datos o descripción de los autores, vehículos, placas y números telefónicos usados.
- Si hubo exigencia de dinero u otra condición, el detalle de los contactos.
- Testigos, cámaras cercanas y cualquier comunicación recibida.
- Tu identificación y vínculo con la víctima.
Cómo presentarla paso a paso
- Si el secuestro está en curso, acude de inmediato a la comisaría o llama a la línea de emergencia 105 para una intervención urgente.
- Brinda toda la información disponible sobre la víctima, los autores y las comunicaciones.
- Formaliza la denuncia ante la Fiscalía Penal o la Policía, que la derivará al fiscal de turno.
- Entrega los medios de prueba (mensajes, llamadas, fotos, datos de vehículos).
- Mantén contacto con el fiscal y la Policía durante la investigación. La denuncia no tiene costo.
Errores comunes a evitar
- Esperar a "ver qué pasa" antes de avisar a la Policía cuando la privación está en curso.
- Negociar por tu cuenta sin coordinar con las autoridades.
- Borrar mensajes o registros de llamadas de los captores.
- Confundir el secuestro con la coacción del artículo 151 o con una retención momentánea justificada.
¿El secuestro requiere que pidan rescate?
No. El artículo 152 sanciona la privación de la libertad "cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia"; el rescate es solo una de las posibles finalidades, no un requisito.
¿Cuándo llega a cadena perpetua?
Cuando concurren agravantes del artículo 152, como que la víctima sea menor de edad o mayor de setenta años, sufra discapacidad, esté gestando, o cuando se le causan lesiones graves o la muerte.
¿Hay beneficios penitenciarios para el condenado?
El propio régimen del secuestro restringe beneficios y reducciones de pena por su gravedad, conforme a las reglas especiales aplicables a este delito.
Cómo presentar denuncia penal por secuestro (art. 152 cp): paso a paso
- Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
- Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
- Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
- Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia penal por secuestro (art. 152 cp)
¿El modelo de denuncia penal por secuestro (art. 152 cp) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-penal-por-secuestro-art-152-cp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de denuncia penal por secuestro (art. 152 cp) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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