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Propiedad Intelectual

Denuncia por Competencia Desleal por Actos de Confusión ante INDECOPI

Denuncia ante INDECOPI por actos de competencia desleal en la modalidad de confusión e imitación, conforme al D.L. 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DENUNCIA POR ACTOS DE CONFUSIÓN E IMITACIÓN

SUMILLA: Denuncia por competencia desleal por actos de confusión.

SEÑORES DE LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPETENCIA DESLEAL DEL INDECOPI

[NOMBRE_DENUNCIANTE], con RUC [RUC_DENUNCIANTE], domicilio en [DOMICILIO_DENUNCIANTE], representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado con DNI [DNI_REPRESENTANTE], correo [CORREO_DENUNCIANTE], ante usted digo:

I. PETITORIO
Denuncio a [NOMBRE_DENUNCIADO], con RUC [RUC_DENUNCIADO] y domicilio en [DOMICILIO_DENUNCIADO], por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de confusión e imitación sistemática, solicitando el cese de la conducta y la sanción correspondiente.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Mi empresa comercializa [PRODUCTO_O_SERVICIO] bajo la presentación [DESCRIPCION_PRESENTACION] desde [FECHA_INICIO_ACTIVIDAD].
2. El denunciado viene comercializando [PRODUCTO_INFRACTOR] con una presentación, etiqueta y empaque que reproducen los elementos distintivos de mis productos.
3. Esta similitud genera riesgo de confusión en los consumidores respecto del origen empresarial, según se evidencia en [DETALLE_PRUEBAS].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Decreto Legislativo 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal, en su Art. 9 prohíbe los actos de confusión respecto del origen empresarial de los bienes o servicios. El Art. 14 regula los actos de imitación sistemática que impiden la diferenciación en el mercado. El Art. 6 establece la cláusula general de prohibición de conductas contrarias a la buena fe empresarial.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
a) Muestras o fotografías comparativas de ambos productos.
b) Comprobantes de comercialización del denunciado.
c) [OTRO_MEDIO_PROBATORIO].

V. MEDIDAS SOLICITADAS
Solicito el cese inmediato de los actos denunciados, una medida cautelar de [MEDIDA_CAUTELAR] y la imposición de la multa que corresponda.

POR TANTO:
Pido admitir y declarar fundada la denuncia.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
DNI [DNI_REPRESENTANTE]

La denuncia por competencia desleal por actos de confusión es el escrito con el que pides al Indecopi que sancione a un competidor que copia tu imagen comercial para confundir a los clientes. No hablamos solo de marcas registradas: aquí se ataca a quien imita tu presentación, empaque, decoración, color, eslogan o estilo de modo que el público crea que sus productos son los tuyos o que existe una relación entre ambos negocios. Es la herramienta para defenderte cuando un competidor se monta en tu prestigio confundiendo al consumidor sobre el origen empresarial de los productos o servicios.

¿Quién la presenta y cuándo conviene?

La puede presentar cualquier afectado por el acto de competencia desleal (un competidor, un consumidor o una asociación), y el Indecopi también puede iniciar el procedimiento de oficio. Conviene presentarla cuando un competidor imita tu apariencia comercial de forma que genere confusión, aun sin usar exactamente tu marca registrada. Es especialmente útil contra "imitadores" que copian el aspecto de tu producto, tu tienda o tu campaña. A diferencia de la infracción de marca, aquí lo que se protege es la transparencia del mercado y el derecho del consumidor a no ser engañado sobre el origen.

Base legal

Se rige por el Decreto Legislativo N.º 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. El artículo 9 tipifica los actos de confusión: aquellos que tengan por efecto, real o potencial, inducir a error sobre el origen empresarial de la actividad, el establecimiento, las prestaciones o los productos. La cláusula general del artículo 6 prohíbe toda conducta contraria a la buena fe empresarial. La autoridad competente es la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi, que puede ordenar medidas cautelares y correctivas e imponer multas de hasta 700 UIT. La segunda instancia corresponde a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia.

Qué datos y documentos necesitas

  • Datos del denunciante y del competidor denunciado (nombre, RUC o domicilio).
  • Descripción de tu imagen comercial: presentación, empaque, colores, eslogan, decoración.
  • Pruebas del acto de confusión: fotos comparativas, empaques, publicidad, capturas, actas notariales.
  • Explicación de por qué la imitación induce a error sobre el origen empresarial.
  • El petitorio: cese del acto, medidas correctivas y multa.
  • Comprobante de pago de la tasa del TUPA del Indecopi y poder si actúas por representante.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Documenta tu imagen comercial y reúne pruebas comparativas frente a la del competidor.
  2. Identifica con precisión el acto de confusión y por qué genera riesgo de error en el consumidor.
  3. Redacta la denuncia citando el artículo 9 del D.Leg. 1044 y precisando tu petitorio.
  4. Solicita medidas cautelares de cese si el daño es urgente.
  5. Paga la tasa y presenta la denuncia ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal.
  6. Sigue el procedimiento; la Comisión puede sancionar con multa de hasta 700 UIT y dictar medidas correctivas.

Errores comunes a evitar

  • Confundir competencia desleal con infracción de marca: son vías y autoridades distintas dentro del Indecopi.
  • No probar el riesgo de confusión con material comparativo claro y, de preferencia, constatación notarial.
  • Describir la imitación de forma genérica sin señalar los elementos concretos copiados.
  • Olvidar pedir medidas cautelares cuando el acto desleal causa un daño que crece día a día.

Preguntas frecuentes

¿Necesito tener una marca registrada para denunciar?

No. La competencia desleal protege la transparencia del mercado, no solo las marcas registradas. El artículo 9 del D.Leg. 1044 sanciona la imitación que induce a error sobre el origen empresarial, aunque el imitador no use exactamente tu marca registrada.

¿Qué es un acto de confusión?

Es toda conducta que tenga por efecto, real o potencial, inducir a error sobre el origen empresarial de la actividad, el establecimiento, las prestaciones o los productos, según el artículo 9 del D.Leg. 1044. Por ejemplo, copiar el empaque o la apariencia de tu producto.

¿Cuánto puede ser la multa?

La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal puede imponer multas de hasta 700 UIT, graduadas según la gravedad del acto, además de ordenar el cese y medidas correctivas. El monto exacto depende del caso y del daño al mercado.

¿En qué se diferencia de denunciar por infracción de marca?

La infracción de marca (D.Leg. 1075) protege un signo registrado y la resuelve la Dirección de Signos Distintivos. La competencia desleal (D.Leg. 1044) protege la buena fe y al consumidor frente a la confusión, y la ve la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal.

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Cómo presentar denuncia por competencia desleal por actos de confusión ante indecopi: paso a paso

  1. Verifica disponibilidad de la marca o signo. Busca en la base de datos de INDECOPI (búsqueda fonética y figurativa) si existe una marca registrada igual o confundible en la misma clase de la Clasificación de Niza. Una marca confundible puede generar denegación.
  2. Identifica la clase y el procedimiento. Cada tipo de producto o servicio tiene una clase de Niza asignada (45 clases en total). La solicitud de registro se presenta ante la Comisión de Signos Distintivos de INDECOPI con el formulario y pago de tasa (D.Leg. 1075).
  3. Reúne los documentos requeridos. Prepara el formulario de solicitud, reproducción del signo (logotipo o denominación), descripción de productos o servicios, poder de representación si actúas a través de tercero, y comprobante de pago de tasa (aprox. S/ 534.99 por clase).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del titular (persona natural o jurídica, DNI o RUC), descripción exacta del signo, clases de Niza y uso previsto.
  5. Presenta la solicitud ante INDECOPI. Ingresa la solicitud en la Plataforma Virtual de INDECOPI o en la oficina presencial. Una vez publicada en el diario oficial El Peruano, tienes 30 días para oposición de terceros antes del examen de fondo.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia por competencia desleal por actos de confusión ante indecopi

¿El modelo de denuncia por competencia desleal por actos de confusión ante indecopi es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-por-competencia-desleal-por-actos-de-confusion-ante-indecopi/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de denuncia por competencia desleal por actos de confusión ante indecopi sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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