Descargos por resultado analítico adverso y solicitud de análisis de la muestra B
Escrito del deportista ante el tribunal disciplinario antidopaje competente, por intermedio de la ONAP: pide el análisis de la muestra B dentro del plazo de la carta de notificación, la presencia en la apertura, la documentación del laboratorio y presenta descargos conforme al Código Mundial Antidopaje.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SUMILLA: PRESENTO DESCARGOS Y SOLICITO EL ANÁLISIS DE LA MUESTRA B DENTRO DEL PLAZO DE LA NOTIFICACIÓN ADVERTENCIA SOBRE EL PLAZO: la solicitud de análisis de la muestra B debe presentarse dentro del plazo que fija la propia carta de notificación del resultado analítico adverso. Ese plazo es breve, se cuenta en días desde la recepción de la notificación y su vencimiento hace perder el derecho al contraanálisis. Antes de usar este modelo, revisa la carta de notificación, identifica la fecha límite y el canal de presentación que allí se indican, y presenta el escrito con cargo de recepción o por el correo institucional señalado en esa comunicación. Los plazos administrativos generales del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444 no son aplicables a este procedimiento y usarlos como referencia puede llevar a una presentación extemporánea. SEÑORES MIEMBROS DEL [TRIBUNAL_O_COMISION_DISCIPLINARIA_ANTIDOPAJE_COMPETENTE] Por intermedio de la Organización Nacional Antidopaje del Perú (ONAP), a cargo de la gestión de resultados Presente.- [NOMBRE_COMPLETO_DEL_DEPORTISTA], identificado con [DNI_O_CARNE_DE_EXTRANJERIA] N.° [NUMERO_DOCUMENTO], deportista de la disciplina de [DISCIPLINA_DEPORTIVA], afiliado a [FEDERACION_DEPORTIVA_NACIONAL] y al club [NOMBRE_DEL_CLUB], con domicilio real en [DIRECCION_COMPLETA] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y teléfono [NUMERO_TELEFONO]; en el procedimiento de gestión de resultados derivado del control antidopaje con código de muestra N.° [CODIGO_DE_MUESTRA], expediente N.° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE], notificado el [FECHA_DE_NOTIFICACION]; ante ustedes con el debido respeto digo: I. PETITORIO 1) Solicito que se disponga el ANÁLISIS DE LA MUESTRA B correspondiente al código N.° [CODIGO_DE_MUESTRA], en el laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje que corresponda, dejando constancia de que formulo esta solicitud dentro del plazo señalado en la carta de notificación del resultado analítico adverso. 2) Solicito que se me reconozca el derecho a ESTAR PRESENTE en la apertura y en el análisis de la muestra B, personalmente o a través del representante y del perito que designo en el anexo respectivo, con comunicación previa y oportuna de la fecha, la hora y el lugar en que se practicará la apertura. 3) Solicito que se me entregue el PAQUETE DE DOCUMENTACIÓN DEL LABORATORIO relativo al análisis de la muestra A, que comprende los datos brutos, los cromatogramas, los registros de calibración, los controles de calidad y la cadena de custodia completa, así como los formularios del control de dopaje. 4) Solicito que se tengan por presentados los presentes DESCARGOS y que, en su oportunidad, se declare que no se ha cometido infracción de las normas antidopaje o, de manera subordinada, se reconozca la ausencia de culpa o negligencia o la ausencia de culpa o negligencia significativa de mi parte, con la reducción de la consecuencia que corresponda. 5) Solicito que se me conceda audiencia ante el órgano disciplinario competente antes de que se adopte decisión alguna sobre el fondo del asunto. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 2.1. El [FECHA_DEL_CONTROL] fui sometido a control antidopaje [EN_COMPETICION_O_FUERA_DE_COMPETICION] durante [EVENTO_O_LUGAR], suscribiendo el formulario de control N.° [NUMERO_DE_FORMULARIO]. 2.2. Mediante comunicación de fecha [FECHA_DE_NOTIFICACION] se me notificó un resultado analítico adverso por la presencia de [SUSTANCIA_DETECTADA], clasificada en la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos vigente. Esa comunicación fija como fecha límite para solicitar el análisis de la muestra B el [FECHA_LIMITE_MUESTRA_B]. 2.3. Declaro que no he consumido conscientemente la sustancia señalada. El origen probable del hallazgo es [ORIGEN_ALEGADO], conforme detallo a continuación: [DESCRIPCION_DEL_ORIGEN_ALEGADO]. 2.4. En el formulario de control declaré el uso de los siguientes productos: [MEDICAMENTOS_Y_SUPLEMENTOS_DECLARADOS], prescritos por [NOMBRE_DEL_MEDICO_TRATANTE], con colegiatura N.° [NUMERO_DE_COLEGIATURA] y diagnóstico de [DIAGNOSTICO], según receta de fecha [FECHA_DE_RECETA]. 2.5. Con fecha [FECHA_DE_LA_SOLICITUD_AUT] presenté solicitud de autorización de uso terapéutico respecto de [SUSTANCIA_O_METODO], cuyo trámite se encuentra en estado de [ESTADO_DEL_TRAMITE_AUT], extremo que corresponde considerar en la gestión de resultados. 2.6. Observo, además, las siguientes incidencias del procedimiento de toma de muestra y de custodia: [INCIDENCIAS_OBSERVADAS], las cuales pueden haber afectado la integridad del resultado y deben examinarse a la luz de los estándares internacionales aplicables. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3.1. El Código Mundial Antidopaje reconoce al deportista el derecho a solicitar oportunamente el análisis de la muestra B, a presenciar su apertura y análisis o a hacerse representar en ese acto, a acceder al paquete de documentación del laboratorio, a ser oído en audiencia ante un órgano disciplinario independiente y a que se evalúen los supuestos de ausencia de culpa o negligencia y de ausencia de culpa o negligencia significativa. 3.2. El Estándar Internacional para la Gestión de Resultados de la Agencia Mundial Antidopaje regula la notificación del resultado analítico adverso, el plazo y la forma de la solicitud de análisis de la muestra B, la entrega de la documentación del laboratorio y el desarrollo de la audiencia. El plazo aplicable es el que la organización antidopaje consigna en la carta de notificación, según lo previsto en dicho estándar. 3.3. El Reglamento Antidopaje de la Organización Nacional Antidopaje del Perú desarrolla esas reglas en el ámbito nacional y determina el órgano disciplinario competente para resolver, ante el cual se dirige el presente escrito. 3.4. El Decreto Legislativo N.° 1681 modificó los artículos 6, 8, 29 y 30 de la Ley N.° 28036 y derogó sus artículos 31 y 32, adecuando la normativa nacional al Código Mundial Antidopaje y a la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte de la UNESCO del año 2005, y reconoció a la Organización Nacional Antidopaje del Perú como asociación civil sin fines de lucro. El Instituto Peruano del Deporte la supervisa en el uso de los recursos públicos que se le asignan, del mismo modo que a las federaciones deportivas nacionales, al Comité Olímpico Peruano y a la Asociación Nacional Paralímpica del Perú. 3.5. El Decreto Supremo N.° 018-2004-PCM, Reglamento de la Ley N.° 28036, modificado por el Decreto Supremo N.° 004-2025-MINEDU, obliga a la Organización Nacional Antidopaje del Perú a incorporar las normas técnicas de la Agencia Mundial Antidopaje, entre ellas los estándares internacionales invocados en este escrito. 3.6. El Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se invoca únicamente como referencia supletoria en materia de garantías del debido procedimiento, derecho de defensa y motivación, sin que sus plazos administrativos generales rijan la gestión de resultados antidopaje, que se sujeta a las normas técnicas antes citadas. IV. MEDIOS PROBATORIOS 4.1. Copia del formulario de control antidopaje N.° [NUMERO_DE_FORMULARIO] suscrito el día del control. 4.2. Copia íntegra de la carta de notificación del resultado analítico adverso, con su cargo de recepción. 4.3. Receta médica, historia clínica y certificado del médico tratante [NOMBRE_DEL_MEDICO_TRATANTE], sobre el tratamiento seguido. 4.4. Etiquetas, números de lote y análisis del producto [PRODUCTO_INVOLUCRADO], cuando el origen alegado sea la contaminación de un suplemento. 4.5. Informe pericial de [NOMBRE_DEL_PERITO], especialista en [ESPECIALIDAD], sobre el resultado y su interpretación. 4.6. Constancia de los controles antidopaje previos con resultado negativo practicados durante los últimos años. V. ANEXOS 1-A. Copia legible del documento de identidad del deportista que suscribe el presente escrito. 1-B a 1-F. Los documentos señalados en el rubro cuarto de este escrito, en el orden allí indicado. 1-G. Carta de designación del representante y del perito que asistirán a la apertura de la muestra B. 1-H. Copia de la carta de notificación con el sello o cargo que acredita la fecha de su recepción. POR LO EXPUESTO: Solicito acceder a lo peticionado, disponiendo el análisis de la muestra B y la entrega de la documentación del laboratorio antes de cualquier decisión sobre el fondo. PRIMER OTROSÍ DIGO: Asumo el costo del análisis de la muestra B cuando la normativa aplicable lo exija al deportista. SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Solicito la reserva y confidencialidad del procedimiento conforme al Código Mundial Antidopaje. TERCER OTROSÍ DIGO: Señalo como medio de notificación el correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y el domicilio procesal indicado en el exordio. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. ____________________________________ [NOMBRE_COMPLETO_DEL_DEPORTISTA] [DNI_O_CARNE_DE_EXTRANJERIA] N.° [NUMERO_DOCUMENTO] NOTA DE PRESENTACIÓN: antes de presentar el escrito conviene verificar en la carta de notificación cuál es el órgano disciplinario competente, cuál es el canal de presentación habilitado y cuál es la fecha exacta de vencimiento del plazo para el contraanálisis, y conservar el cargo de recepción como prueba de la presentación oportuna. BASE LEGAL - Código Mundial Antidopaje de la Agencia Mundial Antidopaje, sobre el derecho al análisis de la muestra B, la presencia del deportista o de su representante, el acceso a la documentación del laboratorio, la audiencia y los supuestos de ausencia de culpa o negligencia. - Estándar Internacional para la Gestión de Resultados de la Agencia Mundial Antidopaje, sobre la notificación del resultado analítico adverso, el plazo de solicitud del contraanálisis y el procedimiento de audiencia. - Reglamento Antidopaje de la Organización Nacional Antidopaje del Perú, que determina el órgano disciplinario competente y el trámite nacional. - Decreto Legislativo N.° 1681 (publicado el 02/10/2024), que modifica los artículos 6, 8, 29 y 30 y deroga los artículos 31 y 32 de la Ley N.° 28036 para adecuar la normativa nacional al Código Mundial Antidopaje. - Decreto Supremo N.° 018-2004-PCM, Reglamento de la Ley N.° 28036, modificado por el Decreto Supremo N.° 004-2025-MINEDU. - Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte (UNESCO, 2005). - Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, invocado solo como referencia supletoria de garantías.
Para qué sirve
La carta llega y el reloj empieza a correr ese mismo día. Un resultado analítico adverso abre un procedimiento que puede terminar en años de suspensión, y el derecho a pedir el análisis de la muestra B se pierde si la solicitud no entra dentro del plazo que fija esa misma carta. Este escrito hace las dos cosas a la vez: solicita el contraanálisis dentro de plazo y presenta los descargos del deportista. Además pide lo que después resulta decisivo para defenderse: estar presente en la apertura de la muestra B y recibir la documentación completa del laboratorio, el paquete de datos analíticos que permite revisar si el procedimiento se hizo como corresponde.
Cuándo conviene usarlo
- Recibes la notificación de un resultado analítico adverso y quieres ejercer el derecho al análisis de la muestra B.
- Necesitas dejar constancia de tu versión desde el primer momento, antes de que el procedimiento avance.
- Quieres asegurar tu presencia, o la de tu representante, en la apertura y el análisis de la muestra B.
- Pides la documentación del laboratorio para revisar la cadena de custodia y el procedimiento analítico.
Cómo llenarlo
- Lee la carta de notificación antes que este modelo y anota la fecha límite y el canal de presentación que ella indica. Ese plazo manda sobre cualquier otro. Los plazos generales del procedimiento administrativo no se aplican aquí, y usarlos de referencia es la vía más rápida a la extemporaneidad.
- Copia el código de muestra y el número de expediente exactamente como figuran en la notificación. Un dígito cambiado hace que el escrito no se asocie a tu caso.
- Sé preciso al describir lo que consumiste: medicamentos con receta, suplementos con marca y lote, tratamientos recibidos y fechas. La vaguedad en este punto juega en contra cuando toca explicar el origen de la sustancia.
- Pide de forma expresa tu presencia o la de tu representante en la apertura de la muestra B, y la entrega de la documentación del laboratorio. Lo que no se pide por escrito, no se otorga.
- Presenta con cargo de recepción o por el correo institucional que la notificación señale, y conserva la constancia de envío con fecha y hora.
Base legal
El procedimiento se rige por el Código Mundial Antidopaje y las normas que lo desarrollan en el Perú, cuya gestión de resultados está a cargo de la Organización Nacional Antidopaje del Perú. El derecho del deportista a solicitar el análisis de la muestra B, a estar presente en su apertura y a recibir la documentación del laboratorio forma parte de ese marco. El plazo para pedir el contraanálisis lo fija la carta de notificación del resultado analítico adverso y queda fuera de los plazos generales del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, precisión que el propio modelo advierte al inicio.
¿Qué pasa si dejo vencer el plazo de la muestra B?
Se entiende que renuncias al contraanálisis y el procedimiento continúa con el resultado de la muestra A. Ese es el efecto más grave y el más frecuente, porque la notificación llega en un momento de desconcierto y la reacción se demora unos días de más.
¿Puedo estar presente cuando abren la muestra B?
Tienes derecho a asistir personalmente o a designar un representante, y conviene pedirlo por escrito en el mismo documento. La presencia de un profesional de tu confianza en esa diligencia sirve para observar el procedimiento mientras ocurre.
¿Presentar descargos me perjudica?
Tu versión queda registrada desde el inicio y eso ordena toda la defensa posterior. Lo que sí conviene es evitar afirmaciones que no puedas sostener con documentos, porque las contradicciones entre lo que declaraste al comienzo y lo que alegas después pesan en la decisión final.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de descargos por resultado analítico adverso y solicitud de análisis de la muestra b
¿El modelo de descargos por resultado analítico adverso y solicitud de análisis de la muestra b es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/descargos-por-resultado-analitico-adverso-y-solicitud-de-analisis-de-la-muestra-b/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de descargos por resultado analítico adverso y solicitud de análisis de la muestra b sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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