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Penal

Escrito de Constitución en Actor Civil

Escrito para constituirse en actor civil dentro del proceso penal y reclamar la reparación civil por el daño del delito. Regulado en los Arts. 98 al 101 del NCPP.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITO CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL

SUMILLA: Solicito ser constituido en actor civil.

SEÑOR JUEZ DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE [DISTRITO_JUDICIAL]

EXPEDIENTE N° [NUMERO_EXPEDIENTE]

Yo, [NOMBRE_AGRAVIADO], identificado con DNI N° [DNI_AGRAVIADO], con domicilio real en [DIRECCION_AGRAVIADO] y domicilio procesal en [DIRECCION_PROCESAL], en la investigación seguida contra [NOMBRE_IMPUTADO] por el delito de [DELITO], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Solicito ser CONSTITUIDO EN ACTOR CIVIL en el presente proceso, al amparo de los Arts. 98, 100 y 101 del Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957), por haber sido directamente perjudicado por el delito materia de investigación.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

PRIMERO: Como consecuencia del delito de [DELITO], cometido en mi agravio con fecha [FECHA_HECHOS], he sufrido un daño consistente en [DESCRIPCION_DAÑO].

SEGUNDO: El daño causado asciende a la suma de S/ [MONTO_REPARACION] por concepto de daño emergente, lucro cesante y daño a la persona, conforme se acreditará en su oportunidad.

TERCERO: Mi solicitud se presenta antes de la conclusión de la investigación preparatoria, dentro del plazo legal.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El Art. 98 del NCPP establece que la acción reparatoria en el proceso penal solo podrá ser ejercitada por quien resulte perjudicado por el delito. El Art. 100 fija los requisitos de la solicitud y el Art. 101 la oportunidad para constituirse en actor civil, antes de la culminación de la investigación preparatoria.

IV. REQUISITOS (Art. 100 NCPP)

1. Mis generales de ley, indicadas en el encabezado.
2. La indicación del nombre del imputado: [NOMBRE_IMPUTADO].
3. El relato del hecho y el daño sufrido.
4. La prueba documental que acredita mi calidad de agraviado: [DOCUMENTO_ACREDITA].

POR LO EXPUESTO:
Solicito tener por constituido en actor civil al recurrente.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________
[NOMBRE_AGRAVIADO]
DNI N° [DNI_AGRAVIADO]

_______________________
ABOGADO - CAL N° [NUMERO_CAL]
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Qué es constituirse en actor civil

Constituirte en actor civil es el acto por el cual la víctima de un delito ingresa formalmente al proceso penal para reclamar la reparación civil por el daño sufrido. Mientras no te constituyas, el fiscal puede pedir la reparación, pero como actor civil adquieres la condición de parte: puedes ofrecer pruebas, intervenir en las audiencias, impugnar resoluciones y sustentar directamente el monto de la reparación. El Art. 98 NCPP reconoce este derecho al agraviado.

Cuándo usar este modelo

Usa este escrito cuando seas víctima de un delito y quieras participar activamente en el proceso para asegurar una reparación adecuada. Debes presentarlo durante la investigación preparatoria, antes de que esta concluya, conforme al Art. 101 NCPP. Si esperas demasiado pierdes la oportunidad de constituirte y quedas reducido al rol de simple agraviado, sin las facultades de parte.

Qué debe contener el escrito

  • Tus datos completos como agraviado y los del investigado.
  • El número de carpeta fiscal o del proceso penal.
  • El relato del hecho y la indicación del daño sufrido.
  • El fundamento de tu pretensión de reparación civil y su monto.
  • Los medios de prueba que acreditan el daño y su cuantía.

Ante quién y plazos

Se presenta ante el Juez de la Investigación Preparatoria, mientras dure esa etapa (Art. 101 NCPP). El juez corre traslado a las partes y resuelve si admite tu constitución. Una vez admitido, eres parte plena del proceso. No dejes pasar el plazo: concluida la investigación preparatoria ya no puedes constituirte en actor civil.

Qué ganas como actor civil

Como actor civil puedes ofrecer y actuar pruebas sobre el daño, intervenir en las audiencias, sustentar el monto de la reparación civil e impugnar las resoluciones que te perjudiquen, incluso la sentencia en el extremo de la reparación. Esto eleva mucho tus posibilidades de obtener una indemnización justa frente a dejar todo en manos del fiscal.

Base legal citada literal

  • Art. 98 NCPP: constitución y derechos del actor civil.
  • Art. 100 NCPP: requisitos de la solicitud de constitución.
  • Art. 101 NCPP: oportunidad para constituirse en actor civil.
  • Art. 104 y 105 NCPP: facultades del actor civil.

Errores frecuentes

  • Presentar el escrito fuera de plazo, cuando ya concluyó la investigación preparatoria.
  • No sustentar ni cuantificar el daño, dejando el monto de la reparación al criterio del fiscal.
  • No ofrecer medios de prueba que acrediten el perjuicio sufrido.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio constituirse? No, pero te da facultades de parte y mejora tus opciones de obtener una reparación adecuada.

¿Hasta cuándo puedo hacerlo? Solo durante la investigación preparatoria, antes de que concluya (Art. 101 NCPP).

¿Y si el imputado se opone? El juez resuelve tras el traslado. Conoce el contexto en la oposición a la constitución en actor civil.

Cómo presentar escrito de constitución en actor civil: paso a paso

  1. Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
  2. Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
  3. Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
  5. Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de escrito de constitución en actor civil

¿El modelo de escrito de constitución en actor civil es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escrito-de-constitucion-en-actor-civil/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de escrito de constitución en actor civil sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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Escrito para constituirse en actor civil dentro del proceso por omisión a la asistencia familiar (Art. 149 del Código Penal), acreditando la legitimación con el acta de nacimiento del hijo y cuantificando la reparación con la liquidación de pensiones devengadas. Se ampara en los Arts. 98 a 101 del NCPP.

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Escrito de Constitución en Actor Civil por Lesiones Culposas en Accidente de Tránsito

Escrito para constituirse en actor civil por lesiones culposas en un accidente de tránsito (Art. 124 del Código Penal), incluyendo al tercero civilmente responsable (propietario del vehículo o empresa de transporte) conforme al Art. 111 del NCPP, y sustentando el daño con el certificado médico legal y los días de incapacidad.

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Oposición a la Constitución en Actor Civil (Art. 102 NCPP)

Escrito del imputado u otra parte para oponerse a la solicitud de constitución en actor civil, por falta de legitimidad u oportunidad, en el trámite del Art. 102 del NCPP.

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Escrito con el que el actor civil se opone al requerimiento fiscal de sobreseimiento durante el control de la etapa intermedia y solicita investigación suplementaria, conforme al artículo 345 del NCPP.

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