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Procesal Civil

Excepción de Representación Defectuosa o Insuficiente del Demandado

Modelo de escrito que deduce la excepción de representación defectuosa o insuficiente del demandado, contemplada en el inciso 3 del Art. 446 del Código Procesal Civil, cuando el poder con que se comparece es defectuoso o insuficiente.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESCRITO QUE DEDUCE EXCEPCIÓN DE REPRESENTACIÓN DEFECTUOSA O INSUFICIENTE

EXPEDIENTE N.° [EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA LEGAL: [ESPECIALISTA]
CUADERNO: EXCEPCIONES
ESCRITO N.° [NUMERO]
SUMILLA: DEDUZCO EXCEPCIÓN DE REPRESENTACIÓN DEFECTUOSA O INSUFICIENTE

SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDADO], identificado con DNI N.° [DNI], con domicilio procesal en la Casilla Electrónica N.° [CASILLA], en el proceso sobre [MATERIA] seguido por [NOMBRE_DEMANDANTE]; a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Que, dentro del plazo de ley, DEDUZCO EXCEPCIÓN DE REPRESENTACIÓN DEFECTUOSA O INSUFICIENTE, al amparo del inciso 3 del artículo 446 del Código Procesal Civil, solicitando que se declare FUNDADA por adolecer de vicios el poder con que se comparece en autos.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
2.1. Quien interviene en representación de la parte [PARTE_REPRESENTADA] lo hace invocando el poder contenido en [DOCUMENTO_PODER].
2.2. Dicho poder resulta defectuoso e insuficiente, toda vez que [DEFECTO_DEL_PODER], razón por la cual no faculta válidamente para los actos procesales realizados.
2.3. Las facultades especiales para demandar, contestar o realizar actos de disposición de derechos sustantivos requieren mención expresa, la que en el presente caso no aparece otorgada.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículo 446, inciso 3, del Código Procesal Civil: excepción de representación defectuosa o insuficiente del demandante o del demandado.
- Artículo 74 del Código Procesal Civil: facultades generales de representación.
- Artículo 75 del Código Procesal Civil: facultades especiales, que requieren otorgamiento expreso.
- Artículo 451, inciso 2, del Código Procesal Civil: suspensión del proceso hasta la subsanación del defecto.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
4.1. El mérito de [DOCUMENTO_PODER] cuestionado.
4.2. La copia literal de la partida registral de poderes de [REGISTRO], de fecha [FECHA].

POR TANTO:
Solicito a usted admitir la excepción, correr el traslado de ley y, en su oportunidad, declararla FUNDADA, suspendiendo el proceso hasta que se subsane el defecto anotado.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Ofrezco los medios probatorios señalados.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Otorgo las facultades del artículo 80 del Código Procesal Civil a mi abogado defensor.

[CIUDAD], [FECHA]

______________________________          ______________________________
     [NOMBRE_DEMANDADO]                       ABOGADO - CAL N.° [COLEGIATURA]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta excepción cuando la persona que comparece en representación de una de las partes lo hace con un poder defectuoso o insuficiente, es decir, sin las facultades necesarias para el acto procesal realizado. Se deduce con base en el inciso 3 del artículo 446 del Código Procesal Civil y busca depurar la relación procesal antes de que continúe el trámite. Es frecuente cuando el poder no contiene las facultades especiales del artículo 75 o cuando ha sido otorgado sin las formalidades de ley.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente, juzgado y materia del proceso.
  • Identificación del apoderado y de la parte que dice representar.
  • Documento de poder cuestionado y la partida registral respectiva.
  • Descripción precisa del defecto o insuficiencia del poder.
  • Casilla electrónica y colegiatura del abogado.

Paso a paso

  1. Revisa el poder incorporado al expediente y coteja sus facultades con los actos realizados.
  2. Redacta el petitorio invocando el inciso 3 del artículo 446 del Código Procesal Civil.
  3. Detalla el defecto: falta de facultades especiales, poder no inscrito o formalidad incumplida.
  4. Cita los artículos 74 y 75 sobre facultades generales y especiales de representación.
  5. Ofrece como prueba el poder cuestionado y la copia literal de la partida de poderes.
  6. Presenta el escrito dentro del plazo y solicita el traslado de la excepción.

Errores comunes

  • No precisar en qué consiste el defecto del poder, dejando la excepción genérica.
  • Confundir la insuficiencia del poder con la falta de legitimidad para obrar.
  • Olvidar acompañar la partida registral que demuestra el alcance del poder.
  • Pedir la nulidad de todo lo actuado cuando el efecto es la suspensión hasta subsanar.

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si se ampara la excepción? Según el inciso 2 del artículo 451 del Código Procesal Civil, el proceso se suspende hasta que se subsane el defecto o insuficiencia de la representación.

¿Puede plantearla el demandante contra el demandado? Sí. El inciso 3 alcanza tanto la representación del demandante como la del demandado.

¿Sirve si el apoderado no es abogado? La exigencia de facultades es distinta de la defensa cautiva; aquí se cuestiona el alcance del poder, no la firma del abogado.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de excepción de representación defectuosa o insuficiente del demandado

¿El modelo de excepción de representación defectuosa o insuficiente del demandado es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/excepcion-de-representacion-defectuosa-o-insuficiente-del-demandado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de excepción de representación defectuosa o insuficiente del demandado sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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