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Poderes

Poder Notarial para Suscribir y Resolver Contratos de Arrendamiento en Representación del Propietario

Poder especial para que un apoderado celebre, administre y resuelva contratos de arrendamiento en nombre del propietario, conforme a los Arts. 145, 155 y 1666 del Código Civil.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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MINUTA DE PODER ESPECIAL PARA ARRENDAMIENTO

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase extender en su registro de escrituras públicas una de PODER ESPECIAL que otorgo yo, [NOMBRE_PODERDANTE], identificado con DNI N° [DNI_PODERDANTE], con domicilio en [DOMICILIO_PODERDANTE], a favor de [NOMBRE_APODERADO], identificado con DNI N° [DNI_APODERADO], en los términos siguientes:

PRIMERA: EL PODERDANTE declara ser propietario del inmueble ubicado en [DIRECCION_INMUEBLE], inscrito en la Partida N° [PARTIDA_REGISTRAL] de SUNARP.

SEGUNDA: De conformidad con los artículos 145, 155 y 1666 del Código Civil, EL PODERDANTE confiere a EL APODERADO poder especial para administrar el arrendamiento del inmueble descrito, facultándolo para:
a) Celebrar, suscribir y renovar contratos de arrendamiento, fijando la renta, plazo y demás condiciones.
b) Cobrar la renta, la garantía y los conceptos accesorios, y otorgar los recibos correspondientes.
c) Requerir el pago, constituir en mora y resolver el contrato por incumplimiento conforme al artículo 1697 del Código Civil.
d) Cursar cartas notariales de requerimiento y de resolución, y suscribir actas de entrega y recepción del inmueble.

TERCERA: El presente poder no comprende facultad de disposición ni de gravamen del inmueble, las cuales requieren poder expreso conforme al artículo 156 del Código Civil.

CUARTA: El presente poder es revocable en cualquier momento conforme al artículo 149 del Código Civil.

Agregue usted, señor Notario, la introducción y conclusión de ley.

[CIUDAD], [FECHA].


____________________________
EL PODERDANTE
[NOMBRE_PODERDANTE]
DNI N° [DNI_PODERDANTE]

Cuándo usar este modelo

Este poder especial habilita a un apoderado para celebrar, administrar y resolver contratos de arrendamiento en nombre del propietario. El arrendamiento está regulado por el Art. 1666 del Código Civil, y la representación por los Arts. 145 y 155. Es un acto de administración cuando se limita a alquilar y cobrar la renta, pero conviene facultar expresamente para resolver el contrato, desalojar y firmar adendas.

Se usa cuando el dueño de uno o varios inmuebles reside lejos, viaja con frecuencia o delega la gestión inmobiliaria en un familiar o administrador que buscará inquilinos, firmará los contratos y velará por el cumplimiento del pago.

Qué datos necesitas

  • Datos del poderdante propietario y del apoderado: nombres, DNI y domicilio.
  • Identificación registral del inmueble o inmuebles a arrendar.
  • Rango de renta autorizada, plazo máximo de los contratos y moneda.
  • Facultades: fijar renta, suscribir el contrato, cobrar, exigir garantías, resolver por incumplimiento y requerir la restitución del bien.
  • Si se autoriza o no la legalización notarial del contrato para desalojo exprés.

Paso a paso

  1. Redacta la minuta detallando facultades de administración y de resolución, según los Arts. 145, 155 y 1666 del Código Civil.
  2. Eleva la minuta a escritura pública ante notario, conforme al D.Leg. 1049.
  3. Inscribe el poder en el Registro de Mandatos y Poderes de la SUNARP.
  4. El apoderado celebra el contrato de arrendamiento con el inquilino y cobra la renta.
  5. Ante incumplimiento, el apoderado resuelve el contrato y gestiona la restitución del inmueble.

Errores comunes

  • Facultar solo para alquilar y olvidar la facultad de resolver el contrato o desalojar.
  • No fijar plazo máximo ni renta mínima, dejando margen a arriendos desfavorables.
  • Omitir la facultad de cobrar, con lo que el inquilino puede negarse a pagar al apoderado.
  • No prever la rendición de cuentas de las rentas percibidas.

Preguntas frecuentes

¿El apoderado puede subir la renta? Solo si el poder lo faculta y dentro del rango autorizado por el propietario.

¿Sirve para el desalojo exprés? Sí, si el poder incluye suscribir contratos con firmas legalizadas y cláusula de allanamiento futuro conforme a la normativa de arrendamiento.

¿Es un acto de disposición? Arrendar por plazos ordinarios es administración; arrendar por más de seis años se considera acto que requiere facultad especial.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder notarial para suscribir y resolver contratos de arrendamiento en representación del propietario

¿El modelo de poder notarial para suscribir y resolver contratos de arrendamiento en representación del propietario es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-notarial-para-suscribir-y-resolver-contratos-de-arrendamiento-en-representacion-del-propietario/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de poder notarial para suscribir y resolver contratos de arrendamiento en representación del propietario sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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