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Procesal Civil

Recurso de Apelación contra el Auto que Declara el Abandono del Proceso

Recurso con efecto suspensivo contra el auto que declaró el abandono del proceso, fundado en error de cómputo del plazo (actos de impulso no considerados) o en causas de fuerza mayor y paralización imputable al juzgado, al amparo del Art. 353 del Código Procesal Civil.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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RECURSO DE APELACION CONTRA EL AUTO QUE DECLARA EL ABANDONO DEL PROCESO

EXPEDIENTE N.o : [NUMERO_EXPEDIENTE]
ESPECIALISTA LEGAL : [NOMBRE_ESPECIALISTA]
ESCRITO N.o : [NUMERO_ESCRITO]
SUMILLA : Interpongo apelacion con efecto suspensivo contra el auto que declara el abandono.

SENOR JUEZ DEL [NUMERO] JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI N.o [DNI_DEMANDANTE], en el proceso de [MATERIA_PROCESO] seguido contra [NOMBRE_DEMANDADO], senalando domicilio procesal en la casilla electronica SINOE N.o [NUMERO_CASILLA], ante usted respetuosamente digo:

I. RESOLUCION QUE SE IMPUGNA

Interpongo recurso de APELACION contra la resolucion N.o [NUMERO_RESOLUCION], de fecha [FECHA_RESOLUCION], notificada el [FECHA_NOTIFICACION], que declara el ABANDONO del presente proceso y su archivo.

II. EXPRESION DE AGRAVIOS

1. ERROR EN EL COMPUTO DEL PLAZO. La resolucion impugnada computa el plazo de cuatro meses de inactividad sin considerar los actos de impulso procesal que realice durante ese periodo, en especial el escrito de [ACTO_IMPULSO] presentado el [FECHA_ACTO_IMPULSO], el cual interrumpio el plazo de abandono. Al no haber transcurrido cuatro meses de real inactividad, el abandono no debio declararse.

2. PARALIZACION IMPUTABLE AL JUZGADO. La demora en el impulso del proceso obedecio a que se encontraba pendiente de resolver [ACTO_PENDIENTE], cuya expedicion correspondia al juzgado y no a las partes. Conforme al Articulo 350 del Codigo Procesal Civil, no hay abandono cuando el proceso se encuentra pendiente de una resolucion cuya demora es imputable al juez.

3. FUERZA MAYOR. La eventual inactividad tambien se justifica por [CAUSA_FUERZA_MAYOR], circunstancia ajena a mi voluntad que me impidio impulsar el proceso dentro del plazo.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Articulo 353 del Codigo Procesal Civil establece que la resolucion que declara el abandono es apelable con efecto suspensivo, y que el recurso solo puede fundarse en un error de computo o en causas de fuerza mayor, supuestos que se invocan en el presente caso.

2. El Articulo 350 del Codigo Procesal Civil enumera los supuestos de improcedencia del abandono, entre ellos los procesos pendientes de una resolucion cuya demora sea imputable al juez.

3. El Articulo 346 del Codigo Procesal Civil fija en cuatro meses el plazo de inactividad para el abandono, computo que en este caso no se ha cumplido por los actos de impulso acreditados.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

1. Copia del escrito de [ACTO_IMPULSO] presentado el [FECHA_ACTO_IMPULSO] con su cargo de recepcion.
2. Razon del especialista sobre el estado del proceso a la fecha de la declaracion de abandono.
3. [DOCUMENTO_FUERZA_MAYOR] que acredita la causa de fuerza mayor invocada.

POR TANTO:
Pido a usted, senor Juez, conceder la apelacion con efecto suspensivo y elevar los autos al superior para que revoque la declaracion de abandono y disponga la continuacion del proceso.

PRIMER OTROSI DIGO: Cumplo con fundamentar el agravio y precisar el error de hecho y de derecho conforme al Articulo 366 del Codigo Procesal Civil.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Adjunto los medios probatorios detallados y designo como abogado a [NOMBRE_ABOGADO].

[CIUDAD], [FECHA_ESCRITO]

_____________________________          _____________________________
   [NOMBRE_DEMANDANTE]                         [NOMBRE_ABOGADO]
     DNI [DNI_DEMANDANTE]                    Abogado - CAL [NUMERO_COLEGIATURA]

Cuándo usar este modelo

Usa este recurso cuando el juzgado ya declaró el abandono de tu proceso y su archivo. El Artículo 353 del Código Procesal Civil admite la apelación con efecto suspensivo, pero solo puede fundarse en un error de cómputo del plazo o en causas de fuerza mayor. A diferencia de la oposición previa, aquí el abandono ya fue declarado: debes demostrar actos de impulso no computados o una paralización imputable al juzgado. Si no apelas, pierdes el proceso y, si reincides, tu derecho.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente, juzgado y materia del proceso.
  • Número y fecha de la resolución que declara el abandono, y fecha de notificación.
  • Los actos de impulso que realizaste y sus cargos de recepción.
  • La resolución pendiente cuya demora sea imputable al juez, si la hubiera.
  • La causa de fuerza mayor que te impidió impulsar el proceso, con su sustento.

Paso a paso

  1. Revisa la resolución y verifica cómo computó el juez el plazo de cuatro meses.
  2. Identifica los escritos de impulso que interrumpieron ese plazo y reúne sus cargos.
  3. Descarga la plantilla y redacta los agravios: error de cómputo, paralización imputable al juzgado o fuerza mayor.
  4. Cita el Artículo 353 y el Artículo 350 del Código Procesal Civil como sustento.
  5. Presenta la apelación dentro del plazo y solicita que se conceda con efecto suspensivo.

Errores comunes

  • Fundar la apelación en argumentos distintos al error de cómputo o la fuerza mayor, que son los únicos admitidos.
  • No adjuntar los cargos de los actos de impulso que interrumpieron el plazo.
  • Ignorar que no hay abandono cuando el proceso está pendiente de una resolución del juez.
  • Dejar vencer el plazo de apelación del auto.

Preguntas frecuentes

¿Con qué efecto se concede la apelación? Con efecto suspensivo, conforme al Artículo 353 del Código Procesal Civil, de modo que el archivo no se ejecuta mientras el superior resuelve.

¿En qué puedo fundar el recurso? Solo en un error de cómputo del plazo o en causas de fuerza mayor. Un argumento común es que el juzgado no computó tus actos de impulso o que la demora era imputable al juez, según el Artículo 350.

¿Qué pasa si el abandono queda firme? Se archiva el proceso y no puedes iniciar otro con la misma pretensión sino después de un año; si el abandono se declara por segunda vez, se extingue tu derecho.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación contra el auto que declara el abandono del proceso

¿El modelo de recurso de apelación contra el auto que declara el abandono del proceso es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-contra-el-auto-que-declara-el-abandono-del-proceso/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación contra el auto que declara el abandono del proceso sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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