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Pesquero

Recurso de apelación contra resolución de sanción pesquera

Recurso administrativo para impugnar ante el superior jerárquico la resolución que impone multa, decomiso o suspensión del permiso en el procedimiento sancionador pesquero o acuícola.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SUMILLA: INTERPONGO RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° [NUMERO_DE_RESOLUCION]

SEÑOR(A) [ORGANO_QUE_EMITIO_LA_RESOLUCION] - PARA SER ELEVADO AL SUPERIOR JERÁRQUICO

Expediente N° [NUMERO_DE_EXPEDIENTE]

[NOMBRES_Y_APELLIDOS_O_RAZON_SOCIAL_DEL_ADMINISTRADO], identificado(a) con DNI/CE N° [NUMERO_DOCUMENTO] / RUC N° [NUMERO_RUC], con domicilio procesal en [DIRECCION_PROCESAL], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], en el procedimiento administrativo sancionador de la referencia, ante usted digo:

I. PETITORIO

Dentro del plazo de ley, interpongo RECURSO DE APELACIÓN contra la Resolución N° [NUMERO_DE_RESOLUCION], de fecha [FECHA_DE_LA_RESOLUCION], notificada el [FECHA_DE_NOTIFICACION], que resolvió sancionarme con [SANCION_IMPUESTA: multa de MONTO_EN_UIT UIT, decomiso, suspensión del permiso de pesca por PLAZO], a fin de que el superior jerárquico la REVOQUE y, reformándola, declare no ha lugar a la sanción, archivando el procedimiento. En forma subordinada, solicito que se reduzca la sanción impuesta conforme a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

II. ACTO IMPUGNADO Y DIFERENTE INTERPRETACIÓN DE LAS PRUEBAS

El presente recurso se sustenta en una diferente interpretación de las pruebas producidas y en cuestiones de puro derecho, conforme al TUO de la Ley N.° 27444.

III. FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN

1. Indebida valoración del acta de inspección: la resolución impugnada otorga valor probatorio pleno al acta N° [NUMERO_DE_ACTA] pese a que esta [DEFECTO_DEL_ACTA], omitiendo pronunciarse sobre las observaciones que formulé en el mismo acto.
2. Indebida valoración del reporte SISESAT: la resolución concluye que la embarcación [NOMBRE_EMBARCACION], matrícula [NUMERO_MATRICULA], operó en zona prohibida, sin considerar el informe técnico que acredita [CAUSA_TECNICA: falla del equipo, interrupción de emisión no imputable, error de posicionamiento].
3. Falta de motivación: la resolución no expresa las razones por las que descarta los medios probatorios ofrecidos en mis descargos, incurriendo en vicio de motivación aparente, contrario al deber de motivación previsto en el TUO de la Ley N.° 27444.
4. Vulneración del principio de tipicidad: la conducta atribuida no se subsume en la infracción del cuadro de infracciones y sanciones del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas invocada en la resolución, pues [SUSTENTO_DE_LA_ATIPICIDAD].
5. Vulneración del principio de causalidad: los hechos obedecieron a [CAUSA_NO_IMPUTABLE], acreditada con [MEDIO_PROBATORIO].
6. Desproporción de la sanción: no se ha considerado la ausencia de daño al recurso hidrobiológico, la ausencia de beneficio ilícito, la conducta de subsanación voluntaria ni la inexistencia de reincidencia.
7. [DE_CORRESPONDER] Prescripción: a la fecha de inicio del procedimiento había transcurrido el plazo de prescripción de la potestad sancionadora, conforme al régimen del TUO de la Ley N.° 27444 y del Reglamento sectorial.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO

El recurso se ampara en el TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que reconoce el derecho de contradicción del administrado y regula el recurso de apelación, el deber de motivación y los principios de la potestad sancionadora. Es aplicable el Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2025-PRODUCE, así como el marco sustantivo del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE.

V. ANEXOS

6-A. Copia del documento de identidad o vigencia de poder.
6-B. Copia de la Resolución N° [NUMERO_DE_RESOLUCION] y de su cargo de notificación.
6-C. Copia de los descargos presentados y sus anexos.
6-D. Informe técnico sobre el equipo SISESAT.
6-E. Documentos que acreditan [CAUSA_NO_IMPUTABLE].
6-F. Comprobante de pago del derecho de trámite, de corresponder.

POR TANTO:

Solicito tener por interpuesto el recurso de apelación y elevar el expediente al superior jerárquico dentro del plazo de ley.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Solicito el uso de la palabra en informe oral ante el superior jerárquico.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Solicito que, mientras se resuelve la apelación, se abstenga de ejecutar la sanción impuesta conforme a las reglas de ejecutoriedad del acto administrativo.

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

____________________________
[NOMBRES_Y_APELLIDOS_DEL_ADMINISTRADO]
DNI/CE N° [NUMERO_DOCUMENTO]

____________________________
[NOMBRE_DEL_ABOGADO]
Abogado - Registro N° [NUMERO_DE_COLEGIATURA]

BASE LEGAL
- TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2025-PRODUCE.
- Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca.
- Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Reglamento de la Ley General de Pesca.
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Para qué sirve

Llega la notificación con una resolución que impone multa en unidades impositivas tributarias, decomiso de lo extraído o suspensión del permiso de pesca. El primer impulso es guardarla y pensarlo con calma, y ese es exactamente el error, porque el plazo para apelar empieza a correr al día siguiente. Este recurso sirve para que el superior jerárquico revise la resolución y la deje sin efecto, o para que al menos reduzca la sanción.

La apelación se presenta ante el mismo órgano que emitió la resolución, que la eleva sin pronunciarse sobre el fondo. El recurso se apoya en una distinta interpretación de las pruebas producidas o en cuestiones de puro derecho, y trae un petitorio principal de revocación y uno subordinado de reducción por razonabilidad. Ese pedido subordinado importa: cuando el hecho está probado, la discusión útil pasa a ser el monto, la gradualidad y las circunstancias que la primera instancia no valoró.

Cuándo conviene usarlo

  • El acta de inspección tiene defectos de forma, no recoge tus observaciones o describe hechos que no ocurrieron así.
  • La resolución no responde los descargos que presentaste y se limita a repetir el contenido del acta.
  • La sanción se calculó sobre una base equivocada, por ejemplo un volumen de recurso que no corresponde al desembarque real.
  • La multa resulta desproporcionada frente a la gravedad del hecho, la ausencia de daño y la falta de antecedentes.

Cómo llenarlo

  1. Verifica el plazo antes que nada. Se cuenta en días hábiles desde el día siguiente de la notificación y la propia resolución lo indica, así que confía en ese texto antes que en lo que te digan de palabra.
  2. Identifica el acto impugnado con número, fecha de emisión y fecha de notificación. Un recurso contra una resolución mal identificada se declara inadmisible sin entrar al fondo.
  3. Ataca prueba por prueba en lugar de escribir un descargo general. Señala qué dice el acta, qué defecto tiene y qué documento tuyo la contradice, con el número de folio del expediente.
  4. Mantén el pedido subordinado de reducción. Muchos apelantes solo piden la revocación total, y cuando el hecho está acreditado el superior confirma la multa completa.
  5. Adjunta lo que sustente cada afirmación: reportes de desembarque, bitácoras, fotografías fechadas y copia de tus descargos con cargo de recepción.

Base legal

El recurso se sustenta en el TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que regula la apelación cuando la impugnación descansa en una diferente interpretación de las pruebas o en cuestiones de puro derecho, y que impone los principios de razonabilidad, tipicidad y debido procedimiento en materia sancionadora. Las infracciones y sanciones específicas del sector provienen de la Ley General de Pesca, de su reglamento y del régimen de fiscalización y sanción pesquera y acuícola aplicable al hecho imputado.

¿Tengo que pagar la multa antes de apelar?

La apelación administrativa no exige pago previo para ser admitida. Conviene revisar si la resolución quedó en cobranza, porque el recurso y la ejecución avanzan por carriles distintos y a veces hay que pedir la suspensión.

¿Puedo ofrecer pruebas nuevas en la apelación?

Puedes presentar documentos que sustenten tu versión, sobre todo si aparecieron después de tu descargo. Explica por qué recién los presentas, para que el superior no los descarte por extemporáneos.

¿Qué pasa si dejo vencer el plazo?

La resolución queda firme y la discusión administrativa se cierra. A partir de ahí solo quedan vías excepcionales o la impugnación judicial, ambas mucho más largas que este recurso.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de apelación contra resolución de sanción pesquera

¿El modelo de recurso de apelación contra resolución de sanción pesquera es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-apelacion-contra-resolucion-de-sancion-pesquera/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de recurso de apelación contra resolución de sanción pesquera sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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