Recurso de Reconsideración ante la Comisión Ad Hoc del FONAVI por Exclusión del Padrón
Cuestiona la exclusión o no inclusión de tu nombre en el padrón de beneficiarios del FONAVI mediante recurso de reconsideración ante la Comisión Ad Hoc de la Ley 29625.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN POR EXCLUSIÓN DEL PADRÓN DE FONAVISTAS SUMILLA: Interpongo recurso de reconsideración contra mi exclusión del padrón de beneficiarios del FONAVI. SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN AD HOC DE LA LEY 29625 (SECRETARÍA TÉCNICA DEL FONAVI): Yo, [NOMBRE_COMPLETO], identificado(a) con DNI N° [DNI], con domicilio en [DIRECCION_COMPLETA], distrito de [DISTRITO], celular [TELEFONO] y correo [CORREO], ante usted expongo: I. PETITORIO Interpongo recurso de reconsideración contra el acto que dispuso mi exclusión o no inclusión en el padrón de beneficiarios del FONAVI, a fin de que se revoque dicha decisión y se me reconozca como fonavista con derecho a la devolución de aportes. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Mediante [REFERENCIA_RESOLUCION_O_RESPUESTA] de fecha [FECHA_ACTO] se determinó que no figuro como beneficiario en el padrón aprobado por la Comisión Ad Hoc. 2. Sin embargo, sí aporté al FONAVI durante el periodo [FECHA_INICIO_APORTES] a [FECHA_FIN_APORTES], lo que acredito con nueva prueba. 3. La omisión de mi nombre en el padrón vulnera mi derecho a la devolución reconocido por referéndum. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Amparo mi recurso en la Ley 29625 y su Reglamento, y en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444), que reconoce el recurso de reconsideración sustentado en nueva prueba ante la misma autoridad que emitió el acto. IV. NUEVA PRUEBA INSTRUMENTAL 1-A. Boletas de pago y certificados de trabajo que acreditan mis aportes al FONAVI. 1-B. Constancia o documento adicional que sustenta mi condición de fonavista. 1-C. Copia de mi DNI. POR LO EXPUESTO: Solicito declarar fundado el recurso y disponer mi inclusión en el padrón. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO] DNI N° [DNI]
Cuándo usar este modelo
Usa este recurso cuando la Comisión Ad Hoc del FONAVI te excluyó del padrón de beneficiarios o no te incluyó pese a haber aportado, y quieres que reconsidere esa decisión. El recurso de reconsideración es un medio impugnatorio del procedimiento administrativo, previsto en el artículo 218 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444, aprobado por D.S. 004-2019-JUS (actualizado por el D.S. 006-2026-JUS)), y se caracteriza por requerir nueva prueba que respalde tu pedido. Se dirige a la misma autoridad que emitió la decisión, en este caso la Comisión Ad Hoc de la Ley 29625.
Es útil cuando cuentas con documentos adicionales, como boletas de pago o certificados que no presentaste antes, y que acreditan tus aportes al FONAVI. El recurso debe presentarse dentro del plazo de quince días hábiles desde que te notificaron la exclusión.
Qué datos necesitas
- Nombres, DNI, domicilio y datos de contacto del recurrente.
- Identificación de la resolución o acto que dispuso tu exclusión del padrón.
- Fecha en que fuiste notificado de la decisión.
- Nueva prueba que sustente tus aportes: boletas, certificados o constancias.
- Fundamentos de hecho y de derecho por los que corresponde tu inclusión.
Paso a paso
- Identifica la decisión que te excluyó y la fecha de su notificación.
- Reúne la nueva prueba que sustente el recurso, requisito de la reconsideración.
- Redacta el recurso dirigido a la Comisión Ad Hoc de la Ley 29625, con petitorio claro.
- Preséntalo dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación.
- Conserva el cargo y da seguimiento hasta obtener el pronunciamiento.
Errores comunes
- Presentar el recurso sin nueva prueba, cuando la reconsideración la exige.
- Dejar vencer el plazo de quince días hábiles desde la notificación.
- Confundir la reconsideración con la apelación, que se resuelve por otra autoridad.
- No fundamentar el pedido con hechos y documentos concretos.
Preguntas frecuentes
¿Necesito nueva prueba para la reconsideración? Sí. El artículo 218 del TUO de la Ley 27444 exige acompañar nueva prueba para este recurso.
¿Cuál es el plazo para presentarlo? Quince días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación de la decisión que te excluyó.
¿Ante quién lo presento? Ante la misma Comisión Ad Hoc de la Ley 29625 que emitió la decisión impugnada.
¿Y si me lo deniegan? Puedes evaluar la apelación u otras vías; guarda todos los cargos y notificaciones del procedimiento.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de recurso de reconsideración ante la comisión ad hoc del fonavi por exclusión del padrón
¿El modelo de recurso de reconsideración ante la comisión ad hoc del fonavi por exclusión del padrón es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/recurso-de-reconsideracion-ante-la-comision-ad-hoc-del-fonavi-por-exclusion-del-padron/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de recurso de reconsideración ante la comisión ad hoc del fonavi por exclusión del padrón sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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Solicita a tu AFP la entrega de hasta el 95.5% del fondo de tu Cuenta Individual de Capitalización al cumplir la edad de jubilación, conforme a la Ley 30425.
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