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Organizaciones Sociales

Reglamento Interno de Comedor Popular con Turnos y Aportes de Socias

Reglamento interno para comedores populares que ordena turnos de cocina, cuotas, raciones, casos sociales y sanciones, conforme a la Ley N.° 25307 y su reglamento.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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REGLAMENTO INTERNO DEL COMEDOR POPULAR [NOMBRE_DEL_COMEDOR]

Aprobado en Asamblea General de Socias realizada el [FECHA_DE_ASAMBLEA], en el local institucional ubicado en [DIRECCION_DEL_LOCAL], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [DEPARTAMENTO].

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente reglamento regula la organización interna, los turnos de cocina, los aportes económicos y el régimen disciplinario del Comedor Popular [NOMBRE_DEL_COMEDOR], organización social de base constituida al amparo de la Ley N.° 25307 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 041-2002-PCM.
Artículo 2.- El comedor tiene por finalidad brindar el servicio de apoyo alimentario a sus socias y familias beneficiarias, con prioridad en los casos sociales calificados por la Asamblea General.

TÍTULO II. DE LAS SOCIAS
Artículo 3.- Son socias activas las inscritas en el padrón general que cumplen sus turnos, asisten a las asambleas y están al día en sus cuotas. Tienen derecho a voz, voto y a adquirir raciones a precio de socia.
Artículo 4.- Son obligaciones de las socias: cumplir el rol de cocina, pagar la cuota mensual, participar en faenas y actividades acordadas, cuidar los bienes y el almacén del comedor y guardar respeto entre compañeras.

TÍTULO III. DE LOS TURNOS DE COCINA
Artículo 5.- El servicio se organiza en grupos de [NUMERO_DE_SOCIAS_POR_TURNO] socias por día, según el rol mensual que aprueba la Junta Directiva y se publica en el periódico mural. El turno comprende de [HORA_DE_INICIO] a [HORA_DE_TERMINO] horas e incluye la preparación, el servido y la limpieza total de la cocina y del menaje.
Artículo 6.- La socia que no pueda asistir a su turno deberá justificarlo con una anticipación mínima de veinticuatro horas o enviar a una reemplazante. La inasistencia injustificada genera una multa de S/ [MONTO_MULTA_TURNO].

TÍTULO IV. DE LOS APORTES Y LAS RACIONES
Artículo 7.- La cuota social mensual es de S/ [MONTO_CUOTA_MENSUAL]. La cuota de recuperación por ración es de S/ [MONTO_RACION_SOCIA] para socias y de S/ [MONTO_RACION_NO_SOCIA] para no socias.
Artículo 8.- La Asamblea General aprueba cada año la lista de casos sociales (madres solas, personas adultas mayores, personas con discapacidad o con enfermedad grave) que reciben ración exonerada, hasta el [PORCENTAJE_CASOS_SOCIALES] % del total de raciones diarias.

TÍTULO V. RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 9.- Según la gravedad de la falta, se aplican las siguientes medidas: amonestación verbal, amonestación escrita, multa, suspensión hasta por [NUMERO_MESES_SUSPENSION] meses o exclusión definitiva aprobada por la Asamblea General, previo ejercicio del derecho de defensa de la socia.
Artículo 10.- La acumulación de [NUMERO_DE_FALTAS] inasistencias injustificadas consecutivas a turnos o asambleas constituye causal de exclusión del padrón.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- Los casos no previstos son resueltos por la Asamblea General conforme al estatuto, a la Ley N.° 25307 y a las normas del programa municipal de apoyo alimentario.

[DISTRITO], [FECHA_DE_APROBACION].

_________________________
[NOMBRE_PRESIDENTA]
Presidenta – DNI [DNI_PRESIDENTA]

_________________________
[NOMBRE_SECRETARIA_DE_ACTAS]
Secretaria de Actas – DNI [DNI_SECRETARIA]
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Cuándo usar este modelo

Este reglamento interno sirve para ordenar la vida diaria de un comedor popular autogestionario: quién cocina cada día, cuánto se aporta, cómo se venden las raciones y qué pasa cuando una socia no cumple. Úsalo cuando el comedor recién se organiza, cuando los conflictos por turnos y cuotas se repiten, o cuando la municipalidad o el programa de apoyo alimentario piden acreditar normas internas claras. Complementa al estatuto: el estatuto define la estructura de la organización, mientras que este reglamento baja al detalle operativo de la cocina y del almacén.

Marco legal en el Perú

Los comedores populares son organizaciones sociales de base amparadas por la Ley N.° 25307, que declara de prioritario interés nacional su labor de apoyo alimentario, y por su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 041-2002-PCM, que regula su registro ante las municipalidades. La gestión de los insumos se vincula al Programa de Complementación Alimentaria que administran las municipalidades conforme a la Ley N.° 27767 y a las normas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. El reglamento interno se aprueba en asamblea general, órgano máximo de la organización, y obliga a todas las socias desde su aprobación.

Cómo completar la plantilla

Reúne primero los acuerdos reales de la asamblea: número de socias por turno, montos de cuotas y multas, y porcentaje de raciones para casos sociales. Luego completa los corchetes con esos datos exactos.

  • Verifica que el nombre del comedor coincida con el que figura en la resolución municipal de registro.
  • Fija montos realistas de cuota mensual y de multa por turno: montos excesivos suelen quedar en el papel.
  • Define el porcentaje de casos sociales según la capacidad real de la olla, y revisa esa lista cada año en asamblea.
  • Precisa cuántas inasistencias injustificadas generan exclusión y garantiza siempre el derecho de defensa.
  • Haz firmar el documento por la presidenta y la secretaria de actas y transcríbelo al libro de actas legalizado.

Preguntas frecuentes

¿El reglamento interno reemplaza al estatuto del comedor?

No. El estatuto es la norma principal de la organización y se presenta al registro municipal; el reglamento interno desarrolla su parte operativa (turnos, aportes, sanciones del día a día). Si hay contradicción entre ambos, prima el estatuto. Lo recomendable es aprobar el reglamento en asamblea general y dejar constancia en el libro de actas, para que ninguna socia alegue desconocimiento.

¿Se puede multar o excluir a una socia que no cumple sus turnos?

Sí, siempre que la sanción esté prevista en el reglamento aprobado por la asamblea y se respete el derecho de defensa: la socia debe ser citada, escuchada y la decisión debe constar en acta. La exclusión definitiva corresponde a la asamblea general, no a la junta directiva sola. Aplicar sanciones no escritas o sin citación previa es el error más común y genera impugnaciones ante la propia asamblea y reclamos ante la municipalidad.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de reglamento interno de comedor popular con turnos y aportes de socias

¿El modelo de reglamento interno de comedor popular con turnos y aportes de socias es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/reglamento-interno-de-comedor-popular-con-turnos-y-aportes-de-socias/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de reglamento interno de comedor popular con turnos y aportes de socias sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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