Solicitud de Autorización de Repoblamiento de Recursos Hidrobiológicos
Solicitud para desarrollar actividades de repoblamiento de recursos hidrobiológicos en un cuerpo de agua ante PRODUCE, al amparo de la Ley 27460 y la Ley 27444.
Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE REPOBLAMIENTO DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS [LUGAR], [FECHA] Señores MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN (PRODUCE) Presente.- [NOMBRE_SOLICITANTE_ORGANIZACION], representada por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE], con domicilio en [DIRECCION_SOLICITANTE], ante usted me presento y expongo: I. PETITORIO Solicito se otorgue la AUTORIZACIÓN para desarrollar actividades de REPOBLAMIENTO del recurso hidrobiológico [ESPECIE_REPOBLAMIENTO], en el cuerpo de agua ubicado en [UBICACION_CUERPO_AGUA]. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El repoblamiento busca recuperar y sostener la población del recurso en la zona. 2. Se contará con semilla o alevines de procedencia acreditada. 3. La actividad se coordinará con la autoridad para su seguimiento. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO Amparo la solicitud en la Ley N° 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, y su Reglamento, así como en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, y en el TUPA de PRODUCE. IV. ANEXOS 1-A. Documento de la organización y vigencia de poder del representante. 1-B. Plan de repoblamiento del recurso. 1-C. Acreditación de la procedencia de la semilla o alevines. 1-D. Comprobante de pago de la tasa del TUPA, de corresponder. POR TANTO: Solicito acceder a lo peticionado por ser conforme a ley. _______________________________ [NOMBRE_REPRESENTANTE] En representación de [NOMBRE_SOLICITANTE_ORGANIZACION] DNI N° [DNI_REPRESENTANTE]
¿Qué es y para qué sirve?
La autorización de repoblamiento permite sembrar semilla o alevines de un recurso hidrobiológico en un cuerpo de agua para recuperar o sostener su población. Es una herramienta de manejo pesquero y acuícola orientada a la sostenibilidad del recurso.
¿Quién lo presenta y cuándo?
La presentan organizaciones de pescadores, comunidades o titulares interesados antes de iniciar las actividades de repoblamiento en la zona.
Base legal
Se sustenta en la Ley N° 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura, y su Reglamento, y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444. El procedimiento consta en el TUPA de PRODUCE.
¿Qué datos necesitas?
- Datos de la organización y de su representante.
- Especie hidrobiológica a repoblar.
- Ubicación del cuerpo de agua.
- Plan de repoblamiento.
- Procedencia de la semilla o alevines.
- Comprobante de pago de la tasa, de corresponder.
¿Cómo presentarlo paso a paso?
- Elabora el plan de repoblamiento con objetivos y cronograma.
- Acredita la procedencia de la semilla o alevines.
- Completa la solicitud con los datos de la organización.
- Paga la tasa del TUPA, si corresponde.
- Presenta el expediente por mesa de partes de PRODUCE.
- Atiende las observaciones dentro del plazo.
- Recoge la resolución de autorización.
Errores comunes
- No acreditar la procedencia sanitaria de la semilla o alevines.
- Repoblar con especies no aptas para el cuerpo de agua.
- Omitir el plan de seguimiento del repoblamiento.
¿Puedo repoblar con cualquier especie?
No. Debe ser una especie apta para el cuerpo de agua, evitando afectar el ecosistema.
¿Es lo mismo que acuicultura?
El repoblamiento busca recuperar poblaciones naturales; la acuicultura cultiva de forma controlada con fines productivos.
¿Habrá seguimiento?
Sí, es propio de estas actividades coordinar el monitoreo con la autoridad.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones de pescadores, comunidades o titulares con un plan de repoblamiento sustentado.
Cómo presentar solicitud de autorización de repoblamiento de recursos hidrobiológicos: paso a paso
- Identifica el acto administrativo que impugnas. Ubica la resolución o acto que afecta tus derechos, anota el número, fecha, autoridad emisora y fecha de notificación. Ese dato determina el plazo para recurrir.
- Verifica el plazo de impugnación. El plazo general para interponer recurso de reconsideración o apelación es 15 días hábiles desde la notificación del acto (Art. 218 TUO LPAG, D.S. 006-2026-JUS (antes D.S. 004-2019-JUS)). Presentarlo fuera de plazo lo hace improcedente.
- Elige el recurso correcto. Reconsideración: ante la misma autoridad, con nueva prueba (Art. 208 TUO LPAG). Apelación: ante el superior jerárquico, sin necesidad de nueva prueba (Art. 209 TUO LPAG). Revisión: cuando no hay subordinación (Art. 210 TUO LPAG).
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los datos del acto impugnado, la entidad destinataria, los fundamentos de hecho y de derecho, y la pretensión que pides que declare o resuelva.
- Presenta el recurso en la entidad. Entrega en la mesa de partes de la entidad pública dentro del plazo. Solicita cargo de recepción con sello, fecha y número de expediente asignado.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de autorización de repoblamiento de recursos hidrobiológicos
¿El modelo de solicitud de autorización de repoblamiento de recursos hidrobiológicos es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-autorizacion-de-repoblamiento-de-recursos-hidrobiologicos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de autorización de repoblamiento de recursos hidrobiológicos sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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