Solicitud de Capital de Defunción ante la ONP
Solicitud de capital de defunción ante la ONP cuando el asegurado o pensionista fallece sin dejar beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia; se paga por orden de prelación conforme al Decreto Ley 19990.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE CAPITAL DE DEFUNCIÓN ANTE LA ONP Señores OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL - ONP Presente.- Yo, [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_SOLICITANTE], con domicilio en [DOMICILIO_SOLICITANTE], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA] y departamento de [DEPARTAMENTO], en mi condición de [VÍNCULO_CON_EL_CAUSANTE] del asegurado/pensionista fallecido [NOMBRE_CAUSANTE], con DNI N.° [DNI_CAUSANTE], ante ustedes respetuosamente expongo: I. PETITORIO Solicito el pago del CAPITAL DE DEFUNCIÓN que corresponde por el fallecimiento del asegurado/pensionista, al no existir beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia, según el orden de prelación previsto por ley. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 2.1. El causante tuvo la condición de asegurado o pensionista del Sistema Nacional de Pensiones y falleció el [FECHA_FALLECIMIENTO], según el acta de defunción adjunta. 2.2. A su fallecimiento no dejó cónyuge, conviviente supérstite, hijos ni ascendientes con derecho a pensión de sobrevivencia. 2.3. Me corresponde el capital de defunción por ser [PRELACIÓN: cónyuge, hijos, padres o hermanos] y por haber asumido los gastos que originó el sepelio. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 3.1. El Decreto Ley N.° 19990 dispone que, cuando el asegurado o pensionista fallece sin dejar beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia, se paga un capital de defunción a quien corresponda. 3.2. El pago se efectúa por orden de prelación excluyente: en primer lugar al cónyuge, en su defecto a los hijos, luego a los padres y, a falta de estos, a los hermanos. 3.3. El monto del capital de defunción equivale al importe fijado en el Decreto Ley N.° 19990 y sus normas reglamentarias, calculado sobre la remuneración o pensión de referencia del causante. IV. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS 1-A. Copia de mi DNI. 1-B. Acta de defunción del causante. 1-C. Documento que acredita mi vínculo y mi ubicación en el orden de prelación. 1-D. Declaración jurada de inexistencia de beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia. 1-E. Comprobantes de los gastos de sepelio asumidos. POR TANTO: Solicito a la ONP admitir la presente y disponer el pago del capital de defunción que me corresponde. [CIUDAD], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N.° [DNI_SOLICITANTE]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando un asegurado o pensionista de la ONP fallece SIN dejar beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia (sin viuda, conviviente, hijos ni ascendientes con derecho). En ese caso el Decreto Ley N.° 19990 no paga pensión, sino un capital de defunción por una sola vez, a favor de quien corresponda según un orden de prelación. Es una prestación propia del Sistema Nacional de Pensiones, distinta de los gastos de sepelio de la AFP y del subsidio por sepelio de EsSalud.
Qué datos necesitas
- Acta de defunción del asegurado o pensionista.
- Documento que acredite tu vínculo y tu lugar en el orden de prelación (cónyuge, hijos, padres o hermanos).
- Declaración jurada de inexistencia de beneficiarios con derecho a pensión de sobrevivencia.
- Comprobantes de los gastos de sepelio que asumiste.
- Tu DNI y datos de contacto.
Paso a paso
- Confirma que el causante no dejó beneficiarios con derecho a pensión: solo así procede el capital de defunción.
- Determina tu posición en la prelación: cónyuge, luego hijos, luego padres y, a falta de ellos, hermanos.
- Completa el modelo con los datos del causante y tu vínculo.
- Adjunta el acta de defunción, la declaración jurada y los comprobantes de sepelio.
- Presenta la solicitud en la ONP y realiza el seguimiento del pago.
Errores comunes
- Pedir capital de defunción cuando sí hay beneficiarios con derecho a pensión: en ese caso corresponde la pensión de sobrevivencia, no el capital.
- Confundirlo con los gastos de sepelio de la AFP o el subsidio de EsSalud, que son prestaciones diferentes y pueden solicitarse aparte.
- Presentar la solicitud sin respetar el orden de prelación, lo que genera observaciones.
Preguntas frecuentes
Quién cobra el capital de defunción? Se paga por orden de prelación excluyente: primero el cónyuge, luego los hijos, después los padres y, a falta de ellos, los hermanos.
Es lo mismo que los gastos de sepelio? No. El capital de defunción es una prestación del Decreto Ley N.° 19990 que solo procede cuando no hay beneficiarios con derecho a pensión.
Cuánto se paga? El monto lo fija el Decreto Ley N.° 19990 y sus normas reglamentarias, tomando como base la remuneración o pensión de referencia del causante.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de capital de defunción ante la onp
¿El modelo de solicitud de capital de defunción ante la onp es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-capital-de-defuncion-ante-la-onp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de capital de defunción ante la onp sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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