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Pesquero

Solicitud de Devolución de Artes de Pesca Incautadas en Fiscalización Pesquera

Modelo para pedir la devolución de redes, aparejos o equipos de pesca retenidos o incautados en una intervención de fiscalización, acreditando propiedad y ausencia de infracción.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE ARTES DE PESCA INCAUTADAS EN FISCALIZACIÓN PESQUERA

SUMILLA: Solicito devolución de artes y aparejos de pesca retenidos.

SEÑOR [AUTORIDAD_PRODUCE_O_DIREPRO]

[NOMBRE_DEL_SOLICITANTE], identificado con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DOMICILIO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], pescador artesanal con carné N.° [NUMERO_DE_CARNE], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Solicito la DEVOLUCIÓN de los siguientes bienes de mi propiedad, retenidos o incautados en la intervención de fiscalización realizada el [FECHA_DE_LA_INTERVENCION] en [LUGAR_DE_LA_INTERVENCION], según acta N.° [NUMERO_DE_ACTA]: [DESCRIPCION_DE_LAS_ARTES_REDES_APAREJOS_EQUIPOS].

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Soy propietario de los bienes descritos, conforme acredito con [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_PROPIEDAD], y los destino a la pesca artesanal que constituye mi actividad de subsistencia y la de mi familia.
2. En la intervención citada, el personal fiscalizador dispuso la retención de los bienes por [MOTIVO_CONSIGNADO_EN_EL_ACTA]. Sin embargo, [EXPLICACION_POR_QUE_NO_HAY_INFRACCION_O_YA_CONCLUYO_EL_PROCEDIMIENTO].
3. Las artes retenidas son de uso permitido para la pesca artesanal y no se encuentran comprendidas entre los aparejos prohibidos, siendo su retención una medida provisional que ha perdido justificación, pues su mantenimiento me causa un perjuicio económico grave al impedirme faenar.
4. [SITUACION_DEL_PROCEDIMIENTO_SANCIONADOR: archivado, con descargo presentado, o sin inicio formal pese al tiempo transcurrido].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Conforme a la Ley General de Pesca, Decreto Ley N.° 25977, su Reglamento y las normas de fiscalización y sanción de las actividades pesqueras y acuícolas, las medidas sobre bienes son provisionales, instrumentales y deben mantenerse solo mientras subsista su justificación.
2. El TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, exige que toda medida de esta naturaleza respete los principios de legalidad, proporcionalidad y razonabilidad, y reconoce el derecho del administrado a obtener la restitución de sus bienes cuando no exista infracción declarada o el procedimiento haya concluido sin disponer el decomiso definitivo.
3. La retención indefinida sin resolución configura una afectación patrimonial carente de título, susceptible de generar responsabilidad de la administración.

IV. ANEXOS
1-A. Copia del acta de intervención o retención.
1-B. [DOCUMENTO_QUE_ACREDITA_PROPIEDAD].
1-C. Copia de mi DNI y de mi carné de pescador artesanal.
1-D. Copia de la resolución de archivo o del estado del expediente, de contarse con ella.

POR LO EXPUESTO:
Solicito disponer la devolución inmediata de los bienes descritos, señalando fecha, hora y lugar para su entrega bajo inventario.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_DEL_SOLICITANTE]
DNI N.° [DNI]
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Cuándo usar este modelo

Usa esta solicitud cuando en una intervención de fiscalización pesquera te hayan retenido redes, espineles, trampas, compresoras u otros aparejos y quieras recuperarlos. Es común que la medida se adopte en el momento de la intervención y que luego el expediente avance con lentitud o simplemente no se formalice, mientras el pescador queda sin sus herramientas de trabajo. La devolución procede con claridad en tres escenarios: cuando el procedimiento sancionador concluyó sin disponer el decomiso definitivo, cuando se archivó la imputación, y cuando la retención se prolonga sin que exista procedimiento formalmente iniciado. El escrito exige la restitución bajo inventario y deja constancia del perjuicio que causa la demora.

Marco legal en el Perú

Las medidas sobre bienes en la fiscalización pesquera se amparan en la Ley General de Pesca, Decreto Ley N.° 25977, su Reglamento y las normas de fiscalización y sanción de las actividades pesqueras y acuícolas, que distinguen entre la retención provisional y el decomiso como sanción. El TUO de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, exige que toda medida provisional sea proporcional, se mantenga solo mientras subsista su justificación y se levante al desaparecer las razones que la motivaron. Los aparejos permitidos de un pescador artesanal no pueden quedar retenidos indefinidamente sin resolución que lo sustente.

Cómo completar la plantilla

Reconstruye primero el rastro documental de la intervención; sin el número de acta, la administración tardará en ubicar tus bienes:

  • Copia del acta la fecha, el lugar y el número de la intervención, y describe los bienes exactamente como fueron inventariados.
  • Acredita la propiedad con facturas, boletas, contratos o declaración jurada acompañada de testigos de la caleta.
  • Explica la situación del procedimiento: archivado, con descargos presentados y sin resolución, o nunca formalizado.
  • Destaca que las artes son permitidas para la pesca artesanal; si alguna estuviera cuestionada, limita el pedido a las no prohibidas.
  • Cuantifica el perjuicio: días sin faenar y sustento familiar afectado refuerzan la proporcionalidad del pedido.
  • Pide fecha, hora y lugar de entrega bajo inventario, para verificar el estado de los bienes al recibirlos.

Preguntas frecuentes

¿Y si los bienes se dañaron o perdieron mientras estaban retenidos?

Deja constancia detallada en el acta de entrega y presenta luego un reclamo por los daños, pues la administración responde por la custodia de los bienes que retiene. Fotografía las artes al recibirlas y consigue la firma del funcionario que entrega; sin esa constancia inmediata, probar el deterioro después es casi imposible.

¿Procede la devolución si el procedimiento sigue en trámite?

Puede pedirse el levantamiento de la medida demostrando que su mantenimiento es innecesario o desproporcionado, por ejemplo cuando las artes son permitidas y la imputación versa sobre otro aspecto. La autoridad evaluará; si mantiene la retención, esa decisión debe estar motivada y puede impugnarse con los recursos administrativos.

¿Qué hago si simplemente no responden?

Vencido el plazo legal sin respuesta, puedes dar por denegado el pedido por silencio administrativo negativo e interponer los recursos correspondientes, o presentar queja por defecto de tramitación. La presión formal por escrito, con cargos sellados, es lo que mueve los expedientes detenidos.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de devolución de artes de pesca incautadas en fiscalización pesquera

¿El modelo de solicitud de devolución de artes de pesca incautadas en fiscalización pesquera es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-devolucion-de-artes-de-pesca-incautadas-en-fiscalizacion-pesquera/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de devolución de artes de pesca incautadas en fiscalización pesquera sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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