Solicitud de Interrupcion de la Ejecucion de la Pena por Trastorno Mental Sobrevenido del Condenado
Solicitud para interrumpir la ejecucion de la pena y disponer el internamiento del condenado en un centro hospitalario cuando sobreviene un trastorno mental durante el cumplimiento, conforme al Codigo Penal y al Codigo de Ejecucion Penal.
Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE INTERRUPCIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA POR TRASTORNO MENTAL SOBREVENIDO EXPEDIENTE N.° : [NUMERO_EXPEDIENTE] CUADERNO : Ejecución de sentencia SUMILLA : Solicito interrupción de la ejecución de la pena e internamiento por trastorno mental sobrevenido. SEÑOR JUEZ A CARGO DE LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DE [DISTRITO_JUDICIAL]: [NOMBRE_SOLICITANTE], en mi condición de [CALIDAD] del interno [NOMBRE_INTERNO], identificado con DNI N.° [DNI], recluido en el Establecimiento Penitenciario de [NOMBRE_PENAL], y/o la defensa técnica a cargo de [NOMBRE_ABOGADO], con Registro N.° [NUMERO_COLEGIATURA], con domicilio procesal en [DIRECCION] y casilla electrónica N.° [CASILLA], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que se declare la INTERRUPCIÓN DE LA EJECUCIÓN de la pena privativa de libertad y se disponga el traslado e internamiento del condenado en un establecimiento de salud mental adecuado, por haber sobrevenido un trastorno mental grave durante el cumplimiento de la condena. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El interno cumple pena impuesta por sentencia de fecha [FECHA] en el proceso de la referencia. 2. Con posterioridad al inicio del cumplimiento, y según el informe psiquiátrico de fecha [FECHA] emitido por [ENTIDAD_MEDICA], presenta [DIAGNOSTICO], trastorno mental que le impide comprender el sentido de la pena y compromete gravemente su salud. 3. El establecimiento penitenciario carece de las condiciones para brindar el tratamiento psiquiátrico especializado que su estado requiere. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 1 de la Constitución protege la dignidad de la persona, y el artículo 139, inciso 22, orienta la ejecución hacia la rehabilitación. 2. El Código Penal (Decreto Legislativo N.° 635) regula las medidas de seguridad y el internamiento en establecimiento adecuado cuando concurre grave alteración de las facultades mentales, criterio aplicable cuando el trastorno sobreviene durante la ejecución. 3. El Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N.° 957), Libro Sexto, artículos 491 y 493, faculta al Juez a resolver los incidentes de ejecución, incluida la interrupción por causa sobreviniente. 4. El Código de Ejecución Penal (Decreto Legislativo N.° 654) y su Reglamento (D.S. 015-2003-JUS) reconocen el derecho del interno a la atención de su salud mental. IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. Informe psiquiátrico de [ENTIDAD_MEDICA]. 2. Historia clínica y evaluaciones especializadas. 3. Copia de la sentencia y del cómputo de pena. POR TANTO: Solicito admitir la solicitud, disponer una pericia psiquiátrica oficial, correr traslado al Ministerio Público y, previa audiencia, ordenar la interrupción e internamiento. PRIMER OTROSÍ: Ofrezco los medios probatorios señalados. SEGUNDO OTROSÍ: Solicito pericia psiquiátrica de parte del Instituto de Medicina Legal. [CIUDAD], [FECHA] ______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] / [NOMBRE_ABOGADO] DNI [DNI] / Registro [NUMERO_COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Emplea esta solicitud cuando, ya iniciado el cumplimiento de la condena, el interno desarrolla un trastorno mental grave que le impide comprender el sentido de la pena. En estos casos el ordenamiento prevé interrumpir la ejecución y derivar al condenado a un centro de salud mental, aplicando por analogía el régimen de medidas de seguridad del Código Penal (Decreto Legislativo N.° 635) y los incidentes de ejecución del Código Procesal Penal.
Qué datos necesitas
- Identificación del interno y del solicitante o de la defensa técnica.
- Establecimiento penitenciario y número de expediente de ejecución.
- Informe psiquiátrico oficial con el diagnóstico del trastorno sobrevenido.
- Historia clínica y evaluaciones especializadas previas.
- Copia de la sentencia y del cómputo actualizado de la pena.
Paso a paso
- Reúne el informe psiquiátrico y la historia clínica que acrediten el trastorno.
- Redacta el petitorio precisando la interrupción y el internamiento en un centro adecuado.
- Solicita una pericia psiquiátrica oficial del Instituto de Medicina Legal.
- Fundamenta en el Código Penal, el Código Procesal Penal y el Código de Ejecución Penal.
- Presenta el escrito y participa en la audiencia con el Ministerio Público.
Errores comunes
- Confundir el trastorno sobrevenido con la inimputabilidad valorada en la sentencia.
- No pedir una pericia psiquiátrica oficial que respalde el informe de parte.
- Solicitar la libertad plena en lugar de la interrupción con internamiento terapéutico.
- Omitir la intervención del Ministerio Público en el incidente de ejecución.
Preguntas frecuentes
¿El condenado queda libre? No. La pena se interrumpe, pero el interno es derivado a un establecimiento de salud mental para su tratamiento.
¿Qué pasa si se recupera? Recuperada la salud, puede retomarse la ejecución de la pena, descontándose el tiempo de internamiento en los términos que fije el juez.
¿Basta un informe de parte? Es recomendable respaldarlo con una pericia psiquiátrica oficial, pues el juez suele ordenar una evaluación del Instituto de Medicina Legal.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de interrupcion de la ejecucion de la pena por trastorno mental sobrevenido del condenado
¿El modelo de solicitud de interrupcion de la ejecucion de la pena por trastorno mental sobrevenido del condenado es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-interrupcion-de-la-ejecucion-de-la-pena-por-trastorno-mental-sobrevenido-del-condenado/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de interrupcion de la ejecucion de la pena por trastorno mental sobrevenido del condenado sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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