Solicitud de Levantamiento de Impedimento de Salida del País
Escrito dirigido al juez penal para solicitar el levantamiento del impedimento de salida del país impuesto en un proceso penal, conforme al artículo 295 y siguientes del Código Procesal Penal.
Actualizado al 18 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE IMPEDIMENTO DE SALIDA DEL PAÍS SUMILLA: Solicito levantamiento de impedimento de salida del país. SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO_PENAL] Yo, [NOMBRE_COMPLETO], identificado con DNI / Carné de Extranjería / pasaporte N° [NRO_DOCUMENTO], con domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica N° [CASILLA], en el Expediente N° [NRO_EXPEDIENTE], a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito el LEVANTAMIENTO del impedimento de salida del país dictado en mi contra mediante resolución de fecha [FECHA_RESOLUCION], al haber variado las circunstancias que lo justificaron, conforme al artículo 295 y siguientes del Código Procesal Penal (D.Leg. N° 957). II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. En el presente proceso se dispuso impedimento de salida del país por el plazo de [PLAZO_IMPUESTO]. 2. Han variado las circunstancias: [MOTIVO_VARIACION] (vencimiento del plazo, cumplimiento del fin de la medida, arraigo acreditado, necesidad de viaje justificada). 3. No existe peligro de fuga ni de obstaculización, pues cuento con arraigo domiciliario, laboral y familiar. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El artículo 295 del Código Procesal Penal regula el impedimento de salida como medida de coerción personal sujeta a plazo. 2. El artículo 296 del mismo código establece que la medida es temporal y revisable, y que procede su variación o cese. 3. Rigen los principios de proporcionalidad, provisionalidad y variabilidad de las medidas de coerción. IV. ANEXOS 1-A. Copia de la resolución que impuso el impedimento de salida. 1-B. Documentos de arraigo: [DOCUMENTOS_ARRAIGO]. 1-C. [SUSTENTO_VIAJE], de corresponder. POR TANTO: A usted pido declarar fundada la solicitud y disponer el levantamiento del impedimento de salida del país, oficiando a Migraciones. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_COMPLETO] Documento N° [NRO_DOCUMENTO] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado, Reg. CAL N° [NRO_COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Presenta este escrito ante el juez penal cuando pesa sobre ti un impedimento de salida del país dictado dentro de un proceso penal y necesitas que se deje sin efecto porque ha desaparecido el peligro de fuga, venció el plazo de la medida o han variado las circunstancias que la justificaron. El impedimento de salida es una medida de coerción procesal regulada en el artículo 295 y siguientes del Código Procesal Penal, cuya duración máxima general es de ocho meses para el proceso común, prorrogable en supuestos de criminalidad organizada. El levantamiento se pide invocando el principio de proporcionalidad y la ausencia de riesgo procesal.
Qué datos necesitas
- Número del expediente penal y el juzgado que dictó la medida.
- Nombres completos y número de DNI, Carné de Extranjería o pasaporte.
- Fecha en que se impuso el impedimento y su plazo de vigencia.
- Domicilio procesal y número de casilla electrónica.
- Hechos y pruebas que acreditan que ya no existe peligro de fuga.
Paso a paso
- Verifica el plazo de la medida y si ya venció o está por vencer conforme al artículo 296 del Código Procesal Penal.
- Reúne la prueba de arraigo laboral, familiar y domiciliario que descarta el riesgo de fuga.
- Redacta la sumilla y el petitorio pidiendo el levantamiento del impedimento de salida.
- Fundamenta la variación de circunstancias y la proporcionalidad de la medida.
- Presenta el escrito por Mesa de Partes del juzgado y solicita el pronunciamiento judicial.
Errores comunes
- Pedir el levantamiento sin acreditar arraigo ni variación de las circunstancias iniciales.
- Dirigir el escrito a Migraciones cuando la medida es judicial y solo el juez puede levantarla.
- No indicar el número de expediente, lo que retrasa la ubicación del pedido.
- Ignorar que un impedimento vencido debe declararse cesado formalmente ante el juez.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura el impedimento de salida? El plazo ordinario es de hasta ocho meses en el proceso común, prorrogable en casos de crimen organizado.
¿Puedo salir mientras el juez resuelve? No; el impedimento se mantiene vigente hasta que exista una resolución judicial que lo deje sin efecto.
¿Quién decide el levantamiento? Solo el juez penal a cargo del proceso; ninguna autoridad administrativa puede levantar una medida judicial.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de levantamiento de impedimento de salida del país
¿El modelo de solicitud de levantamiento de impedimento de salida del país es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-levantamiento-de-impedimento-de-salida-del-pais/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de levantamiento de impedimento de salida del país sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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