Solicitud de Libertad por Pena Cumplida con Redención de Pena por Trabajo o Educación
Escrito ante el juzgado de ejecución para que se declare cumplida la pena sumando el tiempo de carcelería efectiva y los días redimidos por trabajo o educación, y se ordene la excarcelación, al amparo de los artículos 44 a 47 del Código de Ejecución Penal y el Decreto Legislativo 1296.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE LIBERTAD POR PENA CUMPLIDA CON REDENCIÓN DE PENA POR TRABAJO O EDUCACIÓN SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO [JUZGADO] DE [DISTRITO_JUDICIAL] — EJECUCIÓN DE SENTENCIA Expediente N.° [NUMERO_EXPEDIENTE] SUMILLA: SOLICITO SE DECLARE CUMPLIDA LA PENA COMPUTANDO LA REDENCIÓN Y SE ORDENE MI EXCARCELACIÓN Yo, [NOMBRE_INTERNO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], interno(a) del Establecimiento Penitenciario [NOMBRE_PENAL], en el proceso seguido en mi contra por el delito de [DELITO], ante usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que, sumando el tiempo de pena efectivamente cumplido y los días redimidos por trabajo y/o educación, se declare CUMPLIDA la pena privativa de libertad que me fue impuesta y se ordene mi inmediata excarcelación. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Por sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA] se me impuso [ANIOS_PENA] años de pena privativa de libertad, con vencimiento originalmente previsto para el [FECHA_VENCIMIENTO]. 2. He permanecido recluido(a) de manera efectiva desde el [FECHA_INGRESO], acumulando [DIAS_EFECTIVOS] días de carcelería efectiva. 3. He desarrollado actividad laboral y/o educativa registrada por el INPE, redimiendo [DIAS_REDIMIDOS] días, conforme a las constancias de cómputo que adjunto. 4. La suma del tiempo efectivo más los días redimidos iguala o supera el total de la condena, por lo que la pena se encuentra cumplida y corresponde mi excarcelación. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Artículos 44, 45, 46 y 47 del Código de Ejecución Penal (Decreto Legislativo 654), que regulan la redención de la pena por el trabajo y por la educación y su cómputo. - Decreto Legislativo 1296 y el Reglamento del Código de Ejecución Penal (Decreto Supremo 015-2003-JUS). - Artículo 139 inciso 22 de la Constitución Política del Perú, que orienta el régimen penitenciario a la reeducación y reinserción del interno. IV. MEDIOS PROBATORIOS 1. Constancia de cómputo laboral penitenciario emitida por el INPE. 2. Certificado de cómputo educativo penitenciario. 3. Hoja penológica actualizada. POR TANTO: Pido a usted declarar cumplida la pena y ordenar mi excarcelación, oficiando al Director del establecimiento. [DISTRITO_JUDICIAL], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_INTERNO] — DNI N.° [NUMERO_DNI] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] — Abogado defensor, Reg. N.° [NUMERO_COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Usa este escrito cuando la suma del tiempo de carcelería efectiva y los días redimidos por trabajo o educación iguala o supera el total de tu condena. Los artículos 44 a 47 del Código de Ejecución Penal (Decreto Legislativo 654) y el Decreto Legislativo 1296 permiten que la redención adelante la fecha de cumplimiento de la pena, de modo que la excarcelación se dispone al declararse cumplida la condena. A diferencia de la excarcelación por cumplimiento total sin beneficios, aquí la libertad se anticipa sumando los días redimidos.
Qué datos necesitas
- Número de expediente, fecha de sentencia y años de pena impuesta.
- Fecha de ingreso efectivo y días de carcelería acumulados.
- Días redimidos por trabajo y/o educación, con las constancias del INPE.
- Nombre del establecimiento penitenciario y del juzgado de ejecución.
- Datos del abogado defensor, de contar con uno.
Paso a paso
- Solicita al INPE la constancia de cómputo laboral y el certificado de cómputo educativo.
- Pide la hoja penológica actualizada para verificar el saldo de la pena.
- Suma el tiempo efectivo más los días redimidos y compáralo con el total de la condena.
- Presenta el escrito ante el juzgado de ejecución con los documentos que sustentan el cómputo.
- Solicita que, verificado el cumplimiento, se ordene la excarcelación oficiando al Director del penal.
Errores comunes
- Contar días redimidos sin las constancias oficiales del INPE, que son la prueba del cómputo.
- Ignorar que ciertos delitos tienen reglas especiales o restringen la redención.
- Presentar la solicitud sin la hoja penológica actualizada, lo que impide verificar el saldo.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden sumar la redención por trabajo y por educación a la vez? No de forma simultánea por el mismo periodo; el Código de Ejecución Penal no permite acumular ambas cuando se realizan al mismo tiempo.
¿Todos los delitos permiten esta redención? No. Algunos delitos graves están excluidos o sujetos a cómputos especiales; conviene revisar el régimen aplicable a tu caso.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de libertad por pena cumplida con redención de pena por trabajo o educación
¿El modelo de solicitud de libertad por pena cumplida con redención de pena por trabajo o educación es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-libertad-por-pena-cumplida-con-redencion-de-pena-por-trabajo-o-educacion/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de libertad por pena cumplida con redención de pena por trabajo o educación sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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