Solicitud de Nacionalización de Mercancía
Solicitud de nacionalización de mercancía mediante importación para el consumo ante SUNAT, conforme al Art. 49 del D.Leg. 1053 (Ley General de Aduanas) y su Reglamento D.S. 010-2009-EF.
Actualizado al 18 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE NACIONALIZACIÓN DE MERCANCÍA SUMILLA: SOLICITA NACIONALIZACIÓN MEDIANTE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO SEÑOR INTENDENTE DE LA ADUANA DE [NOMBRE_ADUANA] - SUNAT [NOMBRE_SOLICITANTE], con RUC N° [NUMERO_RUC] y [TIPO_DOC] N° [NUMERO_DOC], con domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], ante usted digo: I. PETITORIO Al amparo del Art. 49 del Decreto Legislativo 1053 (Ley General de Aduanas), solicito la NACIONALIZACIÓN de la mercancía que se detalla, mediante su destinación al régimen de importación para el consumo, previo pago de los tributos aduaneros. II. DATOS DE LA MERCANCÍA Régimen precedente: [REGIMEN_PRECEDENTE] (por ejemplo: depósito aduanero, admisión temporal o mercancía en abandono) DAM o declaración previa N°: [NUMERO_DAM_PREVIA] Descripción: [DESCRIPCION_MERCANCIA] Cantidad y peso: [CANTIDAD_Y_PESO] Subpartida arancelaria: [SUBPARTIDA] Valor en aduana: [VALOR_ADUANA] III. FUNDAMENTOS DE HECHO Manifiesto mi voluntad de destinar la mercancía al consumo en el territorio nacional, asumiendo el pago de los tributos y recargos correspondientes. [DETALLE_HECHOS] IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. El Art. 49 del D.Leg. 1053 define la importación para el consumo como el régimen que permite el ingreso de mercancías para su uso o consumo definitivo, previo pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables. 2. La nacionalización procede con el cumplimiento de las formalidades y el pago de la deuda tributaria aduanera conforme al Reglamento D.S. 010-2009-EF. 3. La mercancía cumple las medidas de restricción y los requisitos no arancelarios aplicables. V. LIQUIDACIÓN Valor en aduana: [VALOR_ADUANA] Tributos a pagar: [TRIBUTOS_A_PAGAR] POR TANTO: Solicito autorizar la nacionalización y la liquidación de la deuda tributaria aduanera. PRIMER OTROSÍ: Adjunto la documentación de sustento [LISTA_ANEXOS]. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] RUC: [NUMERO_RUC]
Cuándo usar este modelo
Presenta esta solicitud cuando desees destinar tu mercancía al régimen de importación para el consumo, es decir, nacionalizarla para que circule libremente en el país tras el pago de los tributos y el cumplimiento de las formalidades aduaneras. Se sustenta en el artículo 49 del Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 010-2009-EF. La importación para el consumo es el régimen aduanero más común y permite el uso definitivo de la mercancía.
La nacionalización también procede sobre mercancía que estuvo en un régimen temporal o en depósito, cuando el titular decide destinarla definitivamente al consumo en el territorio nacional.
Qué datos necesitas
- Datos del solicitante: RUC, documento de identidad y domicilio fiscal.
- Descripción de la mercancía, partida arancelaria y valor en aduana.
- Documento de transporte, factura comercial y, de corresponder, certificado de origen.
- Liquidación de los tributos aplicables: derechos, IGV, IPM y percepciones.
- Permisos o certificaciones sectoriales cuando la mercancía los requiera.
Paso a paso
- Determina la clasificación arancelaria y el valor en aduana de la mercancía.
- Liquida y paga los tributos correspondientes a la importación para el consumo.
- Presenta la DAM y la solicitud invocando el artículo 49 del D.Leg. 1053.
- Obtén los permisos sectoriales exigibles y cumple el control aduanero.
- Solicita el levante para retirar la mercancía nacionalizada del terminal.
Errores comunes
- Clasificar mal la mercancía y liquidar tributos por debajo de lo debido.
- No tramitar los permisos sectoriales que condicionan el ingreso de ciertos bienes.
- Omitir percepciones o pagos a cuenta que la SUNAT exige en la importación.
- Dejar la mercancía en depósito hasta el abandono legal por no nacionalizarla a tiempo.
Preguntas frecuentes
Qué tributos se pagan al nacionalizar? Según la mercancía, se pagan derechos arancelarios, IGV, Impuesto de Promoción Municipal y, en su caso, percepciones e ISC.
Puedo nacionalizar mercancía en admisión temporal? Sí, antes del vencimiento del régimen temporal puedes destinarla a la importación para el consumo pagando los tributos e intereses.
Necesito agente de aduana? Para despachos que superan el monto establecido por la SUNAT es obligatorio el despachador de aduana; por debajo de ese límite puede no serlo.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de nacionalización de mercancía
¿El modelo de solicitud de nacionalización de mercancía es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-nacionalizacion-de-mercancia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de nacionalización de mercancía sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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