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Comunidades Campesinas y Nativas

Solicitud de reconocimiento oficial e inscripción de comunidad campesina ante la Dirección Regional Agraria

Escrito para pedir al Gobierno Regional el reconocimiento oficial e inscripción administrativa de una comunidad campesina, con censo, padrón, plano y acta de constitución.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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SUMILLA: SOLICITO RECONOCIMIENTO OFICIAL E INSCRIPCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA COMUNIDAD CAMPESINA [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD]

SEÑOR(A) DIRECTOR(A) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA DEL GOBIERNO REGIONAL DE [REGION]
(Dirección de Saneamiento Físico-Legal de la Propiedad Agraria / Área de Comunidades Campesinas)

[NOMBRE_COMPLETO_DEL_PRESIDENTE], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio real en [DIRECCION_DOMICILIO_REAL], sector [NOMBRE_DEL_SECTOR], centro poblado [CENTRO_POBLADO], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO], teléfono [NUMERO_TELEFONO]; actuando en mi calidad de PRESIDENTE DE LA DIRECTIVA COMUNAL elegida en la Asamblea General de Constitución de fecha [FECHA_ASAMBLEA_CONSTITUCION], en representación del grupo de familias que conforman la Comunidad Campesina [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD]; ante usted con el debido respeto me presento y digo:

I. PETITORIO

Solicito que su despacho disponga el RECONOCIMIENTO OFICIAL y la INSCRIPCIÓN ADMINISTRATIVA de la COMUNIDAD CAMPESINA [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD], ubicada en el distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], en el registro administrativo de comunidades campesinas a cargo de esa Dirección Regional Agraria, y que, una vez expedida la resolución de reconocimiento, se nos otorgue copia certificada de la misma y de sus antecedentes, a efectos de solicitar la inscripción de la personería jurídica comunal en el Libro de Comunidades Campesinas y Nativas del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N.° [NUMERO_ZONA_REGISTRAL] – Sede [SEDE_REGISTRAL] de la SUNARP.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. La Comunidad Campesina [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD] está integrada por [NUMERO_DE_FAMILIAS] familias y [NUMERO_TOTAL_DE_POBLADORES] pobladores, que ocupan de manera pacífica, pública y continua el territorio denominado [NOMBRE_DEL_TERRITORIO_COMUNAL], con una extensión aproximada de [AREA_EN_HECTAREAS] hectáreas, desde el año [AÑO_DE_OCUPACION_INICIAL].

2. Los integrantes de la comunidad estamos vinculados por lazos ancestrales, sociales, económicos y culturales, compartimos el idioma [IDIOMA_O_LENGUA_ORIGINARIA], mantenemos formas propias de organización, trabajo comunal y ayuda mutua ([DENOMINACION_LOCAL_DEL_TRABAJO_COMUNAL]) y desarrollamos actividades de [ACTIVIDADES_ECONOMICAS_PRINCIPALES] sobre las tierras que poseemos en común.

3. Con fecha [FECHA_ASAMBLEA_CONSTITUCION] se celebró la Asamblea General de Constitución, con la asistencia de [NUMERO_DE_ASISTENTES] jefes y jefas de familia, en la que se acordó por [MAYORIA_O_UNANIMIDAD] constituir la comunidad campesina, aprobar su estatuto, aprobar el padrón de comuneros y elegir a la Directiva Comunal, cuyo periodo es del [FECHA_INICIO_PERIODO] al [FECHA_FIN_PERIODO].

4. El territorio comunal colinda por el Norte con [COLINDANTE_NORTE]; por el Sur con [COLINDANTE_SUR]; por el Este con [COLINDANTE_ESTE]; y por el Oeste con [COLINDANTE_OESTE], conforme al plano perimétrico y a la memoria descriptiva elaborados por el ingeniero [NOMBRE_DEL_PROFESIONAL], con CIP N.° [NUMERO_CIP], que se acompañan.

5. La comunidad no se encuentra inscrita bajo ninguna otra forma asociativa ni existe reconocimiento previo a su favor, y sobre el territorio descrito no se ha detectado superposición con predios inscritos, salvo lo indicado en [DETALLE_DE_SUPERPOSICIONES_O_INDICAR_NINGUNA].

6. Cumplidos los requisitos exigidos por el TUPA de esa entidad, corresponde que se practique la inspección ocular, se verifique el expediente y se expida la resolución de reconocimiento.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El artículo 89 de la Constitución Política del Perú reconoce que las comunidades campesinas y nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas, y que son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras. El artículo 88 establece que la propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo el caso de abandono.

2. El artículo 135 del Código Civil (Decreto Legislativo N.° 295) exige, para la existencia legal de la comunidad, además de la inscripción en el registro respectivo, su reconocimiento oficial; y los artículos 138 y 139 regulan a la Asamblea General como órgano supremo y el padrón general de comuneros.

3. La Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 008-91-TR, regulan el reconocimiento e inscripción de las comunidades campesinas, la condición de comunero calificado, el padrón comunal, la Asamblea General y la Directiva Comunal.

4. Conforme al artículo 51 de la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el reconocimiento de comunidades campesinas y nativas es competencia transferida al Gobierno Regional, que la ejerce a través de la Dirección Regional Agraria con arreglo a su TUPA.

5. El Convenio 169 de la OIT, aprobado por Resolución Legislativa N.° 26253 y en vigor para el Perú desde el 2 de febrero de 1995, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a mantener sus instituciones propias y a la propiedad y posesión de las tierras que tradicionalmente ocupan.

6. El TUO de la Ley N.° 27444 rige el procedimiento administrativo, en especial los principios de impulso de oficio, celeridad y presunción de veracidad.

IV. ANEXOS

1-A. Copia del DNI del presidente de la Directiva Comunal y de los demás directivos.
1-B. Acta de la Asamblea General de Constitución de fecha [FECHA_ASAMBLEA_CONSTITUCION], en copia certificada.
1-C. Estatuto de la comunidad aprobado en asamblea.
1-D. Censo de población comunal y padrón de comuneros con nombre, actividad, domicilio y fecha de admisión.
1-E. Plano perimétrico y memoria descriptiva del territorio comunal, suscritos por profesional colegiado y habilitado.
1-F. Croquis de ubicación y acceso al territorio comunal.
1-G. Constancia o certificación de la autoridad local [AUTORIDAD_LOCAL_QUE_CERTIFICA] sobre la existencia y ocupación del grupo.
1-H. Comprobante de pago de la tasa administrativa por S/ [MONTO_DE_LA_TASA], recibo N.° [NUMERO_DE_RECIBO].
1-I. Declaración jurada de no encontrarse inscrita bajo otra forma asociativa.

POR TANTO:

A usted, señor(a) Director(a), solicito admitir la presente solicitud, disponer la inspección ocular y demás actuaciones que correspondan, y expedir la resolución de reconocimiento oficial e inscripción administrativa de la Comunidad Campesina [NOMBRE_DE_LA_COMUNIDAD].

OTROSÍ DIGO: Autorizo que las notificaciones se cursen al correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y designo como persona autorizada para el seguimiento del expediente a [NOMBRE_DE_LA_PERSONA_AUTORIZADA], con DNI N.° [DNI_PERSONA_AUTORIZADA].

[CIUDAD], [DIA] de [MES] de [AÑO].

____________________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEL_PRESIDENTE]
Presidente de la Directiva Comunal
DNI N.° [NUMERO_DNI]

BASE LEGAL
- Constitución Política del Perú de 1993, artículos 88, 89 y 149.
- Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas.
- Decreto Supremo N.° 008-91-TR, Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas.
- Decreto Legislativo N.° 295, Código Civil, artículos 134, 135, 138 y 139.
- Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo 51.
- Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N.° 038-2013-SUNARP/SN, Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas (Libro de Comunidades Campesinas y Nativas).
- Convenio 169 de la OIT, aprobado por Resolución Legislativa N.° 26253, en vigor para el Perú desde el 2 de febrero de 1995.
- TUO de la Ley N.° 27444.

NOTA: Los requisitos, tasas y plazos del procedimiento de reconocimiento constan en el TUPA de cada Gobierno Regional y varían por región; deben verificarse antes de presentar el expediente.
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Para qué sirve

Las familias llevan generaciones en el mismo territorio, tienen su junta directiva, sus faenas y sus acuerdos de asamblea. El problema aparece el día que una entidad pide un documento. La municipalidad quiere saber quién representa a la comunidad y el banco pide una partida registral que no existe. Sin reconocimiento oficial, para el Estado la comunidad todavía no existe.

Este escrito pide a la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional que reconozca oficialmente a la comunidad campesina y la inscriba en el registro administrativo a su cargo. Se sustenta con el acta de la asamblea general de constitución, el censo de la población, el padrón de comuneros y el plano del territorio. La resolución que sale de ahí es el documento con el que después se inscribe la personería jurídica en el Libro de Comunidades Campesinas y Nativas de SUNARP.

Cuándo conviene usarlo

  • Cuando un grupo de familias ya funciona como comunidad de hecho, con asamblea y directiva, pero nunca obtuvo la resolución de reconocimiento.
  • Cuando necesitan personería jurídica inscrita para abrir una cuenta, firmar convenios, recibir un proyecto o presentarse ante una entidad.
  • Cuando quieren iniciar el saneamiento físico legal de su territorio y les piden primero acreditar la existencia legal de la comunidad.
  • Cuando un tercero pide una concesión sobre el área que la comunidad ocupa y hace falta representación reconocida para intervenir.
  • Solo para comunidades campesinas. Las comunidades nativas de la selva se reconocen bajo su propio régimen y con otro procedimiento de por medio.

Cómo llenarlo

  1. Celebra primero la asamblea general de constitución y levanta su acta. El escrito llega después. Muchos expedientes se caen porque el pedido entra sin un acuerdo comunal previo que lo respalde y que elija a la directiva que firma.
  2. Cuadra el censo con el padrón. Es el error más repetido. Si el censo cuenta ciento veinte familias y el padrón lista ochenta y cinco comuneros sin explicar la diferencia, el expediente vuelve para subsanación.
  3. Adjunta el plano del territorio con memoria descriptiva, linderos y colindantes. Las observaciones por planos incompletos o por superposición con predios vecinos son las que más demoran este trámite.
  4. Escribe el nombre de la comunidad y su ubicación exactamente igual en todas las piezas: sector, centro poblado, distrito, provincia y departamento. Una letra distinta entre el acta y el plano obliga a corregirlo todo.
  5. Pide en el mismo escrito la copia certificada de la resolución y de sus antecedentes. La vas a necesitar para el trámite registral.

Base legal

La Constitución reconoce la existencia legal y la personería jurídica de las comunidades campesinas y nativas. El reconocimiento oficial y la inscripción administrativa corresponden a la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional, a través del área de comunidades campesinas o de saneamiento físico legal de la propiedad agraria, conforme a la Ley General de Comunidades Campesinas y su reglamento. La personería jurídica se inscribe luego en el Libro de Comunidades Campesinas y Nativas del Registro de Personas Jurídicas de SUNARP.

¿El reconocimiento me entrega el título de las tierras?

No. El reconocimiento acredita que la comunidad existe y quién la representa. La titulación del territorio comunal es un trámite aparte, con su propio expediente técnico.

¿Sirve este mismo escrito para una comunidad nativa?

Conviene no mezclar los dos regímenes. Las comunidades nativas tienen su propia ley y su propio procedimiento de reconocimiento e inscripción. Usar el formato de comunidad campesina para una comunidad nativa termina casi siempre en observación.

¿Qué hago si observan el expediente?

Revisa la notificación, identifica qué pieza falta y subsana dentro del plazo con un escrito que se remita al número de expediente. Guardar el cargo de cada presentación evita discusiones sobre fechas.

Cómo presentar solicitud de reconocimiento oficial e inscripción de comunidad campesina ante la dirección regional agraria: paso a paso

  1. Identifica el acto y el plazo. Ubica la resolución, notificación o hecho que motiva tu escrito y anota su número y fecha. Los plazos administrativos corren en días hábiles desde el día siguiente de notificado.
  2. Reúne los medios probatorios. Junta copia del documento impugnado, tu DNI o poder de representación, y toda la documentación que sustente lo que pides.
  3. Completa el escrito. Descarga el formato en Word y llena los campos entre corchetes: datos del administrado, número de expediente, fundamentos de hecho y lo que solicitas de forma concreta.
  4. Presenta por mesa de partes. Ingrésalo por la mesa de partes de la entidad, física o virtual. Conserva el cargo con número de registro y fecha: es tu prueba de haber cumplido el plazo.
  5. Haz seguimiento. Revisa el estado del expediente en el portal de la entidad. Si vence el plazo legal sin respuesta, evalúa el silencio administrativo o el recurso que corresponda.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de reconocimiento oficial e inscripción de comunidad campesina ante la dirección regional agraria

¿El modelo de solicitud de reconocimiento oficial e inscripción de comunidad campesina ante la dirección regional agraria es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-reconocimiento-oficial-e-inscripcion-de-comunidad-campesina-ante-la-direccion-regional-agraria/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de solicitud de reconocimiento oficial e inscripción de comunidad campesina ante la dirección regional agraria sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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