Solicitud de Suministro Continuo de Medicamentos y Tratamiento para el Interno
Solicitud para exigir a la administración penitenciaria el suministro continuo y oportuno de medicamentos y tratamiento del interno, garantizando su derecho a la salud conforme al Art. 7 de la Constitución y el D.L. 654.
Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITUD DE SUMINISTRO CONTINUO DE MEDICAMENTOS Y TRATAMIENTO PARA EL INTERNO SUMILLA: SOLICITO PROVISIÓN CONTINUA E ININTERRUMPIDA DE MEDICAMENTOS Y TRATAMIENTO SEÑOR DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO [ESTABLECIMIENTO_ACTUAL] [NOMBRE_SOLICITANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI], en mi condición de [PARENTESCO] del interno [NOMBRE_INTERNO], con registro penitenciario N° [NUMERO_REGISTRO], recluido en el Pabellón [PABELLON], ante usted respetuosamente me presento y expongo: I. PETITORIO Solicito se disponga el suministro continuo, oportuno e ininterrumpido de los medicamentos y del tratamiento prescrito al interno para su enfermedad [DIAGNOSTICO], consistente en [MEDICAMENTO] en la dosis y frecuencia indicadas por el médico tratante, así como los controles periódicos que su patología requiere. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El interno padece de [DIAGNOSTICO] y cuenta con prescripción médica de [MEDICAMENTO], según receta e informe de fecha [FECHA]. 2. Se han producido interrupciones en la entrega de la medicación, lo que agrava su estado de salud y pone en riesgo su vida e integridad. 3. La continuidad del tratamiento es indispensable para controlar la enfermedad y evitar complicaciones. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO - Artículo 7 de la Constitución Política del Perú: derecho a la protección de la salud. - Artículo 2 inciso 1 de la Constitución: derecho a la vida y a la integridad. - Código de Ejecución Penal (Decreto Legislativo N° 654), que obliga a la Administración Penitenciaria a proveer al interno la atención médica y los medicamentos necesarios para mantener o recuperar su salud. - Reglamento del Código de Ejecución Penal (Decreto Supremo N° 015-2003-JUS) sobre los servicios de salud penitenciarios. - Regla 24 de las Reglas Nelson Mandela: el Estado es responsable de la atención de la salud de los reclusos, con el mismo nivel que en la comunidad. IV. MEDIOS PROBATORIOS a) Receta y prescripción médica vigente del interno. b) Historia clínica que acredita el diagnóstico [DIAGNOSTICO]. c) Copia del DNI del interno y del solicitante. POR TANTO: Solicito a usted admitir la presente y disponer que el área de salud garantice el suministro continuo de la medicación y el tratamiento, bajo responsabilidad. [LUGAR], [FECHA] _______________________________ [NOMBRE_SOLICITANTE] DNI N° [DNI] Correo: [CORREO_ELECTRONICO] - Teléfono: [TELEFONO]
Cuándo usar este modelo
Usa esta solicitud cuando el interno tenga una enfermedad con tratamiento prescrito y la entrega de sus medicamentos se interrumpa o no sea oportuna dentro del penal. Sirve para exigir el suministro continuo e ininterrumpido de la medicación. Se ampara en el derecho a la salud y a la vida de los artículos 7 y 2 inciso 1 de la Constitución y en el deber de la Administración Penitenciaria de proveer atención médica y medicamentos, reconocido en el Código de Ejecución Penal.
Qué datos necesitas
- Datos del interno y del solicitante con DNI.
- Registro penitenciario y pabellón.
- Diagnóstico y medicamento prescrito con dosis y frecuencia.
- Receta e informe médico vigente.
- Detalle de las interrupciones ocurridas en la entrega.
Paso a paso
- Consigue la receta y el informe médico que prescriben el tratamiento.
- Completa el modelo en Word con el medicamento, dosis y frecuencia.
- Describe las interrupciones y su impacto en la salud del interno.
- Presenta la solicitud dirigida al Director por mesa de partes.
- Pide que se disponga el suministro continuo bajo responsabilidad.
Errores comunes
- No adjuntar la receta ni la prescripción médica vigente.
- No detallar las fechas ni la frecuencia de las interrupciones.
- Omitir la dosis y la frecuencia del medicamento requerido.
- No solicitar la atención bajo responsabilidad de la administración.
Preguntas frecuentes
¿El Estado debe entregar los medicamentos? Sí. La Regla 24 de las Reglas Nelson Mandela y el Código de Ejecución Penal responsabilizan al Estado de la atención de la salud del interno con el mismo nivel que en la comunidad.
¿Qué hago si continúan las interrupciones? Puedes reiterar la solicitud y, de persistir la afectación, acudir a la Defensoría del Pueblo o a la vía constitucional de tutela de derechos.
¿La familia puede llevar la medicación? Puede coadyuvar previa autorización del área de salud, pero ello no libera a la administración de su deber.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de solicitud de suministro continuo de medicamentos y tratamiento para el interno
¿El modelo de solicitud de suministro continuo de medicamentos y tratamiento para el interno es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/solicitud-de-suministro-continuo-de-medicamentos-y-tratamiento-para-el-interno/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de solicitud de suministro continuo de medicamentos y tratamiento para el interno sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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