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Agrario

Acta de Asamblea Comunal de Adjudicación de Parcela en Usufructo a Comunero

Acta de asamblea general de comunidad campesina que adjudica una parcela de tierra comunal en usufructo familiar a un comunero calificado, con linderos, condiciones de reversión y fundamento en la Ley 24656 y el D.S. 008-91-TR. Es la distribución interna de tierras, distinta de la disposición a terceros de la Ley 26505.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE ADJUDICACIÓN DE PARCELA EN USUFRUCTO A COMUNERO

En la comunidad campesina de [NOMBRE_COMUNIDAD], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], siendo las [HORA] horas del [FECHA], reunidos en asamblea general los comuneros calificados en el local comunal, bajo la presidencia de [NOMBRE_PRESIDENTE], presidente de la Junta Directiva Comunal, y actuando como secretario [NOMBRE_SECRETARIO], se dio inicio a la sesión previa verificación del quórum reglamentario.

I. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM
Registrada la asistencia en el padrón comunal, se constató la presencia de [NUMERO] comuneros calificados de un total de [TOTAL] hábiles, cumpliéndose el quórum exigido por el estatuto de la comunidad y el Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas (D.S. 008-91-TR), por lo que la asamblea quedó válidamente constituida.

II. AGENDA
Punto único: Adjudicación de parcela de terreno comunal en usufructo familiar a favor del comunero [NOMBRE_COMUNERO].

III. DELIBERACIÓN
El presidente expuso que el comunero [NOMBRE_COMUNERO], identificado con DNI N.° [NUMERO_DNI], comunero calificado inscrito en el padrón, solicitó la adjudicación en usufructo de la parcela ubicada en el sector [SECTOR], con un área de [AREA] hectáreas, cuyos linderos son: por el norte, [LINDERO_NORTE]; por el sur, [LINDERO_SUR]; por el este, [LINDERO_ESTE]; y por el oeste, [LINDERO_OESTE]. Se dejó constancia de que la parcela forma parte del territorio comunal y de que su adjudicación es en USUFRUCTO FAMILIAR, sin transferir la propiedad, que permanece en cabeza de la comunidad.

IV. ACUERDO
Sometido a votación, la asamblea general, por [MAYORIA_O_UNANIMIDAD], ACORDÓ:
1. Adjudicar en usufructo familiar al comunero [NOMBRE_COMUNERO] la parcela descrita, para su explotación agrícola y/o pecuaria de manera directa, personal y continua.
2. El usufructo se sujeta al estatuto comunal: el comunero no podrá transferir, arrendar ni gravar la parcela a favor de terceros; su abandono o el incumplimiento de las obligaciones comunales dará lugar a la reversión a la comunidad.
3. Registrar la adjudicación en el padrón de uso de tierras de la comunidad y entregar copia certificada de la presente acta al comunero como constancia de su derecho.

V. FUNDAMENTO LEGAL
El presente acuerdo se ampara en el artículo 89 de la Constitución Política, que reconoce a las comunidades campesinas autonomía en el uso y la libre disposición de sus tierras; en los artículos 7 y 11 de la Ley N.° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, que reservan a la asamblea general la distribución interna de las tierras comunales en usufructo entre los comuneros; y en el Reglamento aprobado por D.S. N.° 008-91-TR. Esta adjudicación interna es distinta de la disposición de tierras comunales a terceros, que exige las mayorías calificadas de la Ley N.° 26505.

No habiendo otro punto que tratar, se levantó la sesión siendo las [HORA_CIERRE] horas, firmando los asistentes en señal de conformidad.

_____________________________
[NOMBRE_PRESIDENTE]
Presidente de la Comunidad Campesina

_____________________________
[NOMBRE_SECRETARIO]
Secretario

_____________________________
[NOMBRE_COMUNERO]
Comunero adjudicatario - DNI N.° [NUMERO_DNI]

Cuándo usar este modelo

Usa esta acta cuando la asamblea general de tu comunidad campesina va a adjudicar una parcela de tierra comunal en usufructo familiar a un comunero calificado. Los artículos 7 y 11 de la Ley 24656 (Ley General de Comunidades Campesinas) y su Reglamento (D.S. 008-91-TR) reservan a la asamblea general la distribución interna de las tierras comunales en usufructo. Es un acto distinto de la disposición o venta de tierras a terceros, que exige las mayorías calificadas de la Ley 26505: aquí no se transfiere la propiedad, que sigue siendo de la comunidad, sino el derecho de uso.

Qué datos necesitas

  • Nombre de la comunidad, distrito, provincia y departamento.
  • Datos del presidente y del secretario de la junta directiva comunal.
  • Nombre y DNI del comunero adjudicatario y su condición de calificado.
  • Ubicación, sector, área en hectáreas y los cuatro linderos de la parcela.
  • Quórum de la asamblea y el resultado de la votación.

Paso a paso

  1. Convoca la asamblea general con la agenda de adjudicación y verifica el quórum en el padrón comunal.
  2. Describe con precisión la parcela: sector, área y linderos por los cuatro puntos cardinales.
  3. Somete a votación la adjudicación en usufructo y deja constancia del acuerdo.
  4. Fija las condiciones: uso directo, prohibición de vender o gravar y reversión por abandono.
  5. Registra la adjudicación en el padrón de uso de tierras y entrega copia certificada al comunero.

Errores comunes

  • Redactar la adjudicación como si fuera una venta o transferencia de propiedad: solo es usufructo.
  • No describir los linderos, lo que genera conflictos posteriores con otros comuneros.
  • Adjudicar a quien no es comunero calificado inscrito en el padrón.
  • Olvidar la cláusula de reversión por abandono o incumplimiento de las obligaciones comunales.

Preguntas frecuentes

¿El comunero se vuelve dueño de la parcela? No. La propiedad de la tierra sigue siendo de la comunidad; el comunero solo recibe el usufructo, es decir, el derecho de usar y aprovechar la parcela mientras cumpla sus obligaciones.

¿Puede venderla o alquilarla a un tercero? No, salvo que el estatuto lo permita. El usufructo es familiar y personal; su transferencia o abandono suele dar lugar a la reversión de la parcela a la comunidad.

¿Qué diferencia hay con la disposición de tierras de la Ley 26505? Esa ley regula la venta o gravamen de tierras comunales a terceros, que exige mayorías calificadas; esta acta es una distribución interna en usufructo entre comuneros, competencia de la asamblea según la Ley 24656.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de acta de asamblea comunal de adjudicación de parcela en usufructo a comunero

¿El modelo de acta de asamblea comunal de adjudicación de parcela en usufructo a comunero es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/acta-de-asamblea-comunal-de-adjudicacion-de-parcela-en-usufructo-a-comunero/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de acta de asamblea comunal de adjudicación de parcela en usufructo a comunero sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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