Ir al contenido principal
Derecho Civil

¿Es legal cobrar intereses sobre los intereses (anatocismo)?

Publicado el 2026-07-18 · Modelo.pe

Datos rápidos

Regla generalProhibido pactar anatocismo al firmar (CC art. 1249)
Excepción 1Cuentas bancarias, mercantiles o similares
Excepción 2Convenio escrito posterior (CC art. 1250)
Requisito del convenioPor escrito y no menos de 1 año de atraso
Anatocismo indebidoInexigible, se descuenta de la deuda
Tasa de referenciaInterés legal fijado por el BCRP
Dónde reclamarEmpresa/prestamista, Indecopi o vía judicial
¿Es legal cobrar intereses sobre los intereses (anatocismo)? — guía legal civil Perú 2026

Respuesta directa: por regla general, no

Por regla general no se puede cobrar intereses sobre los intereses. El Código Civil (art. 1249) prohíbe pactar la capitalización de intereses al momento de contraer la obligación, es decir, al firmar el préstamo. Esa capitalización es lo que se llama anatocismo. La única forma de volverlo válido es un convenio celebrado por escrito después de contraída la deuda, siempre que haya pasado no menos de un año de atraso en el pago de los intereses (art. 1250).

Hay una excepción importante: en las cuentas bancarias, mercantiles y similares la capitalización periódica sí está permitida por la propia naturaleza de esos productos. Por eso tu tarjeta de crédito o tu cuenta de ahorros capitalizan sin infringir la ley. Si tú vas a prestar con un pacto de capitalización, hazlo con un contrato de mutuo con pacto de capitalización de intereses redactado dentro de la ley.

Publicidad

Qué es el anatocismo, en simple

El anatocismo es sumar los intereses vencidos al capital para que, a partir de ahí, ellos también generen intereses. Es el famoso interés compuesto: el interés que produce interés. En un préstamo normal, si te prestan S/ 10,000, los intereses se calculan sobre esos S/ 10,000. En un pacto de capitalización, los intereses no pagados se agregan al capital y el mes siguiente el cálculo corre sobre una base mayor, lo que hace crecer la deuda mucho más rápido.

Por ese efecto multiplicador, la ley peruana lo mira con recelo y solo lo admite en casos acotados. No confundas capitalización con interés moratorio: el moratorio es una penalidad por no pagar a tiempo y se calcula sobre el capital, no sobre intereses acumulados. Si tienes una deuda vencida, conviene ordenar los conceptos con una liquidación de intereses compensatorios y moratorios.

Cuándo es válido y cuándo no

SituaciónBase legal¿Válido?
Pactar capitalización al firmar el préstamoCC art. 1249No
Cuentas bancarias, mercantiles o similaresCC art. 1249 (excepción)
Convenio escrito posterior con 1 año de atrasoCC art. 1250
Convenio verbal o sin el año de atrasoCC art. 1250No
Sumar intereses al capital sin acuerdoCC art. 1249No

La clave del art. 1250 es doble: el convenio debe ser posterior a la deuda y por escrito, y debe existir un atraso real de al menos un año en el pago de esos intereses. Si falta cualquiera de esas condiciones, la capitalización no se puede exigir.

El caso de los bancos y las cuentas mercantiles

La excepción del art. 1249 explica por qué tu banco sí capitaliza. En los productos financieros (tarjetas, créditos revolventes, cuentas) la capitalización periódica es parte del sistema y está permitida, pero no es ilimitada: la Ley 31143 impone topes de tasa a los créditos de consumo y a las MYPE, y ningún cobro puede superar la tasa máxima que publica el BCRP. Es decir, el banco puede capitalizar, pero dentro del tope; si lo excede, la parte que pasa del máximo es nula.

Entre particulares, en cambio, no hay cuenta mercantil: aplica la regla estricta. Un prestamista informal que te capitaliza intereses desde el primer mes está cobrando algo que la ley no reconoce, y esa porción es inexigible aunque figure en un papel firmado.

Publicidad

Cómo pactar la capitalización dentro de la ley

  1. Primero constituye la deuda con un préstamo normal, sin capitalización, usando un contrato de mutuo claro.
  2. Espera a que exista un atraso efectivo en el pago de los intereses de al menos un año.
  3. Recién ahí firma un convenio escrito de capitalización, indicando desde cuándo se capitaliza y a qué tasa (dentro del tope del BCRP).
  4. Deja constancia del saldo de intereses vencidos que se incorpora al capital.
  5. Recalcula el cronograma sobre la nueva base y entrégalo firmado a ambas partes.

Saltarte el año de atraso o pactarlo al inicio hace que el convenio no surta efecto, y el deudor podrá negarse a pagar la parte capitalizada.

Qué hacer si te cobraron anatocismo ilegal

Si te capitalizaron intereses sin cumplir los arts. 1249 y 1250, reclama por escrito exigiendo que recalculen la deuda sin la capitalización indebida. Ante una entidad financiera puedes acudir a Indecopi por cobro indebido, y si es un prestamista particular puedes oponerte al pago o discutirlo en la vía judicial. Presenta un reclamo por capitalización indebida de intereses con el detalle del cálculo correcto.

Reúne el contrato, los estados de cuenta y el cronograma para mostrar cómo se infló la deuda. La carga de probar que el convenio cumplió la ley es de quien cobra; si no lo demuestra, la capitalización cae y solo quedas obligado al capital más los intereses simples pactados válidamente.

Ejemplo: cómo el anatocismo infla la deuda

Un ejemplo aclara por qué la ley es tan cuidadosa. Imagina un préstamo de S/ 10,000 con un interés mensual. En un préstamo sin capitalización, el interés se calcula siempre sobre esos S/ 10,000: la deuda crece de forma lineal y previsible. En cambio, si se capitalizan los intereses, cada mes los intereses no pagados se suman al capital y al mes siguiente el cálculo corre sobre una base mayor. La deuda ya no crece en línea recta, sino en curva, y en pocos meses puede duplicarse.

Por ese efecto, cuando alguien te muestra un saldo que no cuadra con lo prestado, revisa si te aplicaron capitalización sin cumplir los arts. 1249 y 1250. Si fue así, esa parte es inexigible y puedes pedir el recálculo con un reclamo por capitalización indebida de intereses, dejando la deuda solo en el capital más los intereses simples válidos.

Publicidad

Preguntas frecuentes

¿Un prestamista puede capitalizar intereses desde el primer mes?

No entre particulares. El art. 1249 prohíbe pactar capitalización al firmar. Solo cabe por convenio escrito posterior con al menos un año de atraso en el pago de intereses (art. 1250).

¿Por qué mi banco sí capitaliza y no es ilegal?

Porque las cuentas bancarias y mercantiles son la excepción del art. 1249. Aun así, la tasa no puede superar el tope máximo del BCRP ni los límites de la Ley 31143.

¿El interés moratorio es lo mismo que anatocismo?

No. El moratorio es una penalidad por pagar tarde y se calcula sobre el capital. El anatocismo suma intereses al capital para que generen más intereses; solo vale en los supuestos legales.

¿Qué pasa con la capitalización que ya me cobraron mal?

Es inexigible. Puedes pedir que recalculen la deuda sin esa parte y reclamar la devolución de lo pagado de más ante Indecopi o en la vía judicial, según quién cobró.

Modelos relacionados (descarga gratis)