Pensión 65: cómo afiliarse y requisitos 2026
Publicado el 2026-06-09 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| Programa | Pensión 65 (MIDIS) |
| Monto | S/ 350 bimestral |
| Edad | 65 años o más |
| Requisito | Pobreza extrema (SISFOH) |
| Restricción | No recibir pensión ONP, AFP ni EsSalud |

Requisitos y cómo afiliarte a Pensión 65 en 2026
Para afiliarte a Pensión 65 en 2026 necesitas: tener 65 años o más, DNI vigente, no recibir pensión de la ONP, AFP ni EsSalud, y contar con clasificación de pobreza extrema en el SISFOH. El programa entrega S/ 350 bimestrales a través del Banco de la Nación. El trámite se inicia en la municipalidad de tu localidad.
Pensión 65 es un programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) que da una subvención económica a adultos mayores en extrema pobreza sin ninguna pensión. Es un apoyo, no una jubilación: no exige haber aportado, sino estar en situación de vulnerabilidad.
Tabla de requisitos
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Edad | 65 años cumplidos o más |
| Documento | DNI vigente |
| Clasificación | Pobreza extrema en el SISFOH |
| Restricción | No recibir pensión de ONP, AFP ni EsSalud |
| Monto | S/ 350 cada dos meses |
Los requisitos son conjuntos: si te falta uno, no calificas. Si recibes cualquier otra pensión, quedas fuera del programa.
La clasificación SISFOH: el requisito más exigente
El paso que más trámite exige es la clasificación de pobreza extrema según el Padrón General de Hogares del SISFOH (Sistema de Focalización de Hogares). Es lo que determina si tu hogar califica como en extrema pobreza.
Si todavía no tienes esa clasificación, debes solicitarla en la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de tu municipalidad. Allí un empadronador evalúa tu situación socioeconómica y, con esa información, se determina tu clasificación antes de que puedas afiliarte. Sin clasificación de pobreza extrema, la afiliación no procede.
Cómo afiliarte paso a paso
- Verifica que tengas la clasificación de pobreza extrema en el SISFOH (o solicítala en la ULE de tu municipalidad).
- Acércate a la municipalidad de tu localidad o a la sede de Pensión 65 más cercana.
- Presenta tu DNI e inicia el trámite de afiliación.
- El MIDIS verifica que no recibas otra pensión y te incorpora al padrón de beneficiarios.
Como parte del trámite pueden pedirte una declaración jurada de domicilio para acreditar dónde vives. Una vez en el padrón, consultas el cronograma de pagos con tu DNI.
Cuándo y cómo se cobra
El pago es bimestral (seis veces al año) a través del Banco de la Nación. Puedes cobrar en agencias del banco o mediante carritos pagadores del programa en zonas alejadas donde no hay agencia. El cronograma se publica por bimestre y se consulta con el DNI del beneficiario.
Si el beneficiario no puede movilizarse, evalúa otorgar una carta poder para el cobro según las reglas del programa. Para poderes simples de otros trámites cotidianos existe también la carta poder simple.
Qué hacer si te rechazan o te suspenden el pago
Si tu afiliación fue rechazada, lo más común es que tu clasificación en el SISFOH no sea de pobreza extrema o que figures recibiendo alguna pensión. En ese caso:
- Solicita la reevaluación de tu clasificación en la ULE si tu situación cambió.
- Verifica en la ONP y en tu AFP que no figures como pensionista por error.
- Si te suspendieron el pago, acércate a la sede de Pensión 65 para conocer la causa y regularizar tus datos.
Actualiza siempre tu DNI y tu domicilio: muchos rechazos se deben a datos desactualizados.
Errores frecuentes que retrasan la afiliación
Muchos trámites de Pensión 65 se traban por detalles evitables:
- DNI caduco o con domicilio desactualizado: renuévalo antes de iniciar el trámite.
- No tener clasificación de pobreza extrema en el SISFOH: es el requisito que más rechazos causa; solicítala en la ULE.
- Figurar como pensionista por error en la ONP o una AFP: verifica y corrige tu situación previsional.
- Datos personales mal registrados (nombres, fecha de nacimiento) que no coinciden con el RENIEC.
Antes de acercarte a la municipalidad, confirma que tu DNI esté vigente, que tu clasificación en el SISFOH sea de pobreza extrema y que no aparezcas recibiendo pensión. Si tu situación económica empeoró y tu clasificación no lo refleja, pide una reevaluación en la ULE: es tu derecho y puede ser la diferencia entre calificar o no. Mantener tus datos al día es la mejor forma de evitar suspensiones de pago una vez que ya estás en el padrón.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga Pensión 65 en 2026?
Entrega S/ 350 bimestrales a los adultos mayores beneficiarios, mediante el Banco de la Nación, con seis transferencias al año.
¿Quiénes pueden afiliarse a Pensión 65?
Adultos mayores de 65 años con DNI vigente, en situación de pobreza extrema según el SISFOH, que no reciban pensión de la ONP, AFP ni EsSalud.
¿Qué es la clasificación SISFOH y cómo la obtengo?
Es la clasificación socioeconómica del Padrón General de Hogares. Si no la tienes, la solicitas en la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de tu municipalidad.
¿Dónde me afilio a Pensión 65?
En la municipalidad de tu localidad o en la sede de Pensión 65 más cercana, presentando tu DNI.
¿Puedo recibir Pensión 65 si cobro una pensión de la ONP?
No. Uno de los requisitos es no recibir pensión del sector público ni privado, incluyendo ONP, AFP y EsSalud.
¿Qué pasa si tengo 65 años pero no soy pobre extremo?
No calificas a Pensión 65. El programa está reservado para adultos mayores en situación de pobreza extrema según el SISFOH. Si crees que tu clasificación está desactualizada, pide una reevaluación en la ULE.
¿Puedo afiliar a mi padre si vive en otra región?
El trámite se inicia en la municipalidad del lugar donde reside el adulto mayor. Debe contar con su DNI vigente y con la clasificación de pobreza extrema en el SISFOH de esa localidad.
¿Cada cuánto se cobra Pensión 65?
Cada dos meses (bimestral), con seis pagos al año a través del Banco de la Nación. El cronograma se publica por bimestre y se consulta con el DNI del beneficiario.
¿Qué pasa cuando fallece un beneficiario de Pensión 65?
El derecho a la subvención es personal y no se hereda: al fallecer el beneficiario, deja de recibirse. Los familiares deben comunicar el fallecimiento al programa para actualizar el padrón. Si quedó un pago pendiente de cobro, consulta en la sede de Pensión 65 las reglas aplicables para ese caso concreto.
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