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Trámites desde el Extranjero

Permiso de trabajo para extranjeros en Perú 2026: cómo tramitarlo

Publicado el 2026-06-20 · Modelo.pe

Datos rápidos

NormaDecreto Legislativo 689
Sistema de registroSIVICE (Ministerio de Trabajo)
Límite de personal20% de la planilla
Límite remunerativo30% de la masa salarial
Duración del contratoHasta 3 años, prorrogable

Dos permisos en uno: laboral y migratorio

Para que un extranjero trabaje formalmente en Perú se necesitan dos elementos en orden. Primero, la calidad migratoria habilitante, que es la condición que otorga Migraciones y que autoriza a realizar actividad laboral dependiente. Segundo, un contrato de trabajo aprobado por el Ministerio de Trabajo a través del Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros (SIVICE).

Sin alguno de los dos, la relación laboral es irregular y expone al empleador a fuertes sanciones.

El marco legal: Decreto Legislativo 689

La contratación de personal extranjero se rige por el Decreto Legislativo 689, Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros. Sus reglas principales son:

  • El número de trabajadores extranjeros no puede exceder el 20% del total de la planilla de la empresa.
  • Su remuneración no puede superar el 30% del total de la masa salarial.
  • El contrato de personal extranjero es a plazo fijo, con una duración máxima de 3 años, prorrogable.

Excepciones a los límites

La norma contempla casos de exoneración y excepción a los porcentajes. Por ejemplo, quedan exceptuados el personal profesional o técnico especializado, así como quienes ocupan cargos de dirección o gerencia en nuevas actividades empresariales o en procesos de reestructuración, entre otros supuestos.

También existen tratados y convenios (como los de la Comunidad Andina o el Mercosur) que pueden flexibilizar estos límites según la nacionalidad del trabajador.

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Pasos para contratar a un extranjero

  1. Verifica que el extranjero tenga una calidad migratoria habilitante para trabajar.
  2. Firma el contrato de trabajo cumpliendo los requisitos del D.L. 689.
  3. Registra el contrato en el SIVICE del Ministerio de Trabajo para su aprobación.
  4. Con el contrato aprobado, el trabajador gestiona ante Migraciones la visa o calidad migratoria que le permita laborar.
  5. Registra al trabajador en la planilla electrónica respetando los límites de personal y remuneración.

Puedes basarte en el modelo de contrato de trabajo de personal extranjero y, para la visa, en la carta del empleador para visa de trabajo.

Sanciones por incumplir

El incumplimiento de las obligaciones sobre contratación de extranjeros puede calificar como infracción muy grave, con multas que escalan según el número de trabajadores afectados y la UIT vigente (S/ 5,500 en 2026). Por eso conviene formalizar todo desde el inicio y mantener la documentación en regla.

Si necesitas cambiar la calidad migratoria del trabajador, revisa la solicitud de cambio de calidad migratoria a trabajador.

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Preguntas frecuentes

¿Qué necesita un extranjero para trabajar formalmente en Perú?

Una calidad migratoria habilitante de Migraciones y un contrato de trabajo aprobado por el Ministerio de Trabajo a través del sistema SIVICE.

¿Cuántos extranjeros puede contratar una empresa?

Por regla general, hasta el 20% del total de la planilla, y su remuneración no puede superar el 30% de la masa salarial, según el Decreto Legislativo 689.

¿Cuánto dura el contrato de un trabajador extranjero?

Es a plazo fijo, con una duración máxima de 3 años, prorrogable conforme al D.L. 689.

¿Hay excepciones a los límites del 20% y 30%?

Sí. Quedan exceptuados el personal especializado y los cargos de dirección o gerencia, entre otros. También aplican convenios internacionales según la nacionalidad.

¿Qué es el SIVICE?

Es el Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros del Ministerio de Trabajo, donde se registra y aprueba el contrato de trabajo del personal extranjero.

¿Qué pasa si contrato sin cumplir las reglas?

Puede calificar como infracción muy grave, con multas que se calculan según la UIT vigente (S/ 5,500 en 2026) y el número de trabajadores afectados.

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