Qué hacer si chocan tu auto en Perú: pasos legales
Publicado el 2026-06-06 · Actualizado 2026-07-06 · Modelo.pe
Datos rápidos
| SOAT cubre | Lesiones y muerte (no daños materiales) |
| Denuncia | Comisaría / Policía de tránsito |
| Atestado policial | Prueba clave de responsabilidad |
| Daños materiales | Negociación, conciliación o demanda |
| Norma | Art. 1969-1985 Código Civil |

Qué hacer si chocan tu auto: los primeros pasos
Si te chocan el auto, lo primero es resguardar a las personas y activar el SOAT, que cubre lesiones y muerte sin importar la culpa; luego haz la denuncia policial, reúne pruebas y reclama los daños materiales por negociación, conciliación o demanda. Actuar en ese orden y en caliente es lo que después te permite cobrar. Estos son los primeros pasos en el lugar:
- Verifica si hay heridos y llama a emergencias.
- No muevas los vehículos si hay lesionados graves, salvo riesgo mayor.
- Activa el SOAT: cubre gastos médicos, incapacidad y muerte de las personas, sin importar quién tuvo la culpa.
- Señaliza la zona para evitar un segundo accidente.
Denuncia policial y atestado
Llama a la Policía de tránsito para que constate el accidente. La denuncia policial y el posterior atestado o informe policial son la prueba clave de cómo ocurrieron los hechos y de quién fue el responsable. Pide copia certificada. Si el otro conductor se da a la fuga, registra placa, modelo, color y testigos, y presenta de inmediato una denuncia policial por los hechos para dejar constancia oficial.
Reúne pruebas en el lugar
Antes de que se borre la evidencia:
- Toma fotos y videos de los daños, la posición final de los vehículos y la vía.
- Anota datos del otro conductor: nombre, DNI, placa, SOAT y aseguradora.
- Consigue los datos de testigos (nombre y teléfono).
- Si tienes seguro vehicular propio, repórtalo de inmediato.
Un acta de constatación notarial puede reforzar la prueba del estado del vehículo si necesitas dejarla fija antes de repararlo.
Qué cubre y qué no cubre el SOAT
| Concepto | SOAT |
|---|---|
| Gastos médicos por lesiones | Sí (hasta el tope de ley por persona) |
| Incapacidad o invalidez | Sí |
| Muerte | Sí (indemnización a los deudos) |
| Daños al vehículo | No |
| Daños a bienes o infraestructura | No |
El SOAT es un seguro de personas, no de cosas. Por eso, para la reparación de tu auto necesitas otra vía distinta al SOAT.
Cómo cobrar los daños materiales
El SOAT no cubre los daños al vehículo, solo a las personas. Para los daños materiales tienes tres caminos, de menor a mayor conflicto:
- Negociación directa con el responsable o su aseguradora, sustentada con presupuestos de taller.
- Conciliación extrajudicial, que evita el juicio y produce un acuerdo con valor de título ejecutivo. Usa la solicitud de conciliación extrajudicial.
- Demanda de responsabilidad civil si no hay acuerdo.
La demanda por responsabilidad civil
Si no logras un acuerdo, puedes demandar la indemnización por daños y perjuicios. La conducción de un vehículo es una actividad riesgosa, lo que facilita atribuir responsabilidad al conductor (Art. 1970 del Código Civil). Usa la demanda por accidente de tránsito o, de forma más general, la demanda de indemnización por daños y perjuicios. Si el auto siniestrado era una compra reciente, revisa también nuestra guía sobre cómo comprar un vehículo usado seguro.
Errores comunes tras un choque
- Retirarte sin denuncia policial: pierdes la prueba principal de responsabilidad.
- Aceptar un pago en el momento sin documento: sin acta firmada, no puedes exigir el saldo si el daño resulta mayor.
- Reparar antes de peritar: borra la evidencia del daño y debilita tu reclamo.
- No anotar la aseguradora del otro: te complica cobrar por la vía del seguro.
- Dejar pasar el plazo: la acción por daños prescribe a los 2 años desde el hecho (Art. 2001 CC), así que no demores el reclamo.
Qué reclamar y cómo sustentar el monto
Para que tu reclamo prospere no basta con decir cuánto te costó: hay que sustentar cada concepto con documentos. Estos son los rubros que puedes exigir:
- Daño emergente: el costo real de reparar el vehículo, acreditado con proformas y facturas del taller.
- Lucro cesante: lo que dejaste de ganar si usabas el auto para trabajar, sustentado con recibos por honorarios, contratos o historial de ingresos.
- Daño moral: procede cuando el accidente causó una afectación personal seria, no por el simple golpe material.
- Gastos conexos: grúa, peritaje y transporte alternativo mientras el auto estuvo en el taller.
Reúne fotos, atestado policial, presupuestos y comprobantes antes de negociar o demandar: un expediente sólido presiona al responsable a acordar y le da fuerza a tu pretensión ante el juez.
Preguntas frecuentes
¿Qué cubre el SOAT en un accidente?
Cubre lesiones, incapacidad y muerte de las personas, sin importar quién tuvo la culpa. No cubre los daños materiales del vehículo.
¿Debo hacer denuncia policial si me chocan?
Sí. La denuncia y el atestado policial son la prueba principal de cómo ocurrió el accidente y de la responsabilidad.
¿Cómo cobro los daños a mi auto?
Por negociación con el responsable o su aseguradora, por conciliación extrajudicial o, si no hay acuerdo, mediante demanda de responsabilidad civil.
¿Qué hago si el otro conductor se fuga?
Registra placa, modelo y testigos, toma fotos y denúncialo de inmediato. El SOAT del vehículo identificado puede cubrir a los heridos.
¿Qué pasa si el causante no tiene SOAT?
Existe un fondo de compensación para víctimas de vehículos no asegurados, además de la responsabilidad civil del causante por los daños.
¿Cuánto puedo reclamar por los daños?
El daño emergente (reparación), el lucro cesante y, según el caso, el daño moral. Conviene sustentarlo con presupuestos y peritajes.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar los daños del choque?
La acción por responsabilidad extracontractual prescribe a los 2 años desde la fecha del accidente (Art. 2001 del Código Civil). Conviene iniciar la conciliación o la demanda mucho antes de ese plazo para no quedarte sin derecho a cobrar.
¿Puedo reclamar el lucro cesante si mi auto es de trabajo?
Sí. Además del costo de reparación (daño emergente), puedes reclamar el lucro cesante: lo que dejaste de ganar mientras el vehículo estuvo inoperativo, sustentado con documentos como recibos por honorarios o contratos de servicio.
¿Qué hago si el causante no tiene SOAT?
Existe un fondo de compensación para víctimas de vehículos no identificados o sin seguro que cubre a las personas. Los daños materiales igual los reclamas al causante por responsabilidad civil, en la vía de conciliación o judicial.
Modelos relacionados (descarga gratis)
Demanda de Responsabilidad Extracontractual por Accidente de Tránsito
Demanda de indemnización por daños causados en accidente de tránsito. Art. 1969 y 1970 CC, D.Leg. 1049.
CivilSolicitud de Conciliación Extrajudicial
Solicitud ante Centro de Conciliación autorizado. Ley 26872 y D.S. 014-2008-JUS. Requisito de procedibilidad para demandas civiles.
NotarialActa de Constatación Notarial
Solicitud al notario para que constate y deje constancia de hechos, situaciones o circunstancias mediante acta extraprotocolar (Art. 94 del D.Leg. 1049, Ley del Notariado).