¿Se puede revocar o cambiar un testamento ya firmado ante notario?
Publicado el 2026-07-18 · Modelo.pe
Datos rápidos
| ¿Se puede revocar? | Sí, siempre y sin dar motivos |
| Norma clave | Arts. 798 y 799 del Código Civil |
| Facultad de revocar | Irrenunciable (toda cláusula en contra es nula) |
| Formas de hacerlo | Otro testamento o escritura pública de revocación |
| Efecto de un testamento posterior | Revoca al anterior en lo que se le oponga |
| Costo referencial notarial | Desde S/ 250 a S/ 600 según notaría |
| ¿Requiere aviso a los herederos? | No |

Respuesta directa: sí, cuantas veces quieras
Sí. Un testamento no es una decisión definitiva. El artículo 798 del Código Civil dice que el testador no puede renunciar a la facultad de revocar sus disposiciones testamentarias, y que toda declaración en contrario carece de efecto. Es decir, aunque en tu testamento hayas escrito que es tu voluntad última e inmutable, la ley te permite cambiarlo mañana.
No necesitas dar motivos, ni pedir permiso a los herederos, ni avisarles. Mientras estés vivo y en pleno uso de tus facultades, puedes revocar o modificar tu testamento por escritura pública las veces que quieras.
Las dos formas de revocarlo (art. 799 CC)
El artículo 799 regula la revocación expresa. En la práctica notarial peruana tienes dos caminos:
| Forma | Cuándo conviene |
|---|---|
| Otorgar un nuevo testamento | Cuando además de anular el anterior quieres repartir distinto |
| Escritura pública de revocación | Cuando solo quieres dejar sin efecto el testamento, sin dictar uno nuevo |
Si tu objetivo es únicamente borrar el testamento anterior, la vía más limpia es una revocación de testamento ante notario. Si quieres reemplazarlo con un nuevo reparto, basta con firmar otro testamento: el posterior revoca al anterior en todo lo que se le oponga.
Revocación total vs. cambio parcial
No estás obligado a botar todo el testamento. Puedes:
- Revocarlo por completo: el testamento anterior queda sin ningún efecto.
- Modificar solo una parte: cambiar un legado, quitar a un legatario o ajustar la mejora, dejando el resto igual.
Un consejo práctico: cuando otorgues el nuevo documento, indica de forma expresa que revocas el testamento anterior con su fecha y número. Así evitas discusiones sobre qué disposición prima. Recuerda que la legítima de los herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres) no la puedes tocar libremente aunque revoques.
Paso a paso para revocar tu testamento
- Decide si vas a revocar todo o cambiar solo una parte.
- Ubica los datos del testamento anterior: notaría, fecha y número de escritura.
- Acude a la notaría con tu DNI vigente y en pleno uso de tus facultades.
- Otorga la escritura de revocación o el nuevo testamento por escritura pública, según lo que quieras.
- El notario inscribe el acto en el Registro de Testamentos de la SUNARP; desde ahí surte efecto frente a terceros.
Errores comunes al revocar un testamento
Estos descuidos generan pleitos entre herederos:
- Hacer el nuevo testamento sin mencionar el anterior: puede haber dudas sobre qué disposición vale. Sé explícito.
- Creer que romper el papel lo revoca: el testamento por escritura pública está inscrito; destruir tu copia no lo anula.
- Ignorar la legítima: si dejas sin nada a un heredero forzoso sin causal de desheredación, esa parte se puede impugnar mediante una demanda de nulidad de testamento.
- Revocar sin capacidad: si al firmar no estabas lúcido, el acto es atacable.
Si buscabas otra forma de testar, revisa también el testamento cerrado, útil cuando quieres mantener el contenido en reserva.
El rol del Registro de Testamentos de la SUNARP
Cuando otorgas un testamento por escritura pública, el notario lo comunica al Registro de Testamentos de la SUNARP. Ese registro es clave para la revocación: al momento de tu fallecimiento, quien tramite la sucesión pedirá una búsqueda registral y aparecerá el testamento vigente, no el que creíste haber cambiado por tu cuenta.
Por eso, romper o esconder tu copia del testamento no lo revoca: la matriz está en la notaría y el asiento en la SUNARP. La única forma segura de dejarlo sin efecto es otorgar el acto revocatorio ante notario e inscribirlo. Así, cuando alguien consulte el registro, encontrará la revocación o el nuevo testamento y no habrá dudas sobre cuál es tu última voluntad.
Guarda siempre los datos de la escritura de revocación junto con los del testamento original; agilizará el trámite a tus herederos.
Casos típicos en que conviene revocar
Revisar y actualizar el testamento no es desconfianza: es prudencia. Estos cambios de vida suelen justificar una revocación o modificación:
- Divorcio o nueva pareja: ya no quieres que tu ex cónyuge herede lo que le habías dejado.
- Nacimiento de hijos o nietos: aparecen nuevos herederos que quieres incluir.
- Fallecimiento de un beneficiario: hay que reasignar ese legado.
- Venta de un bien legado: el legado quedó sin objeto y conviene ajustarlo.
- Cambio de albacea: quieres nombrar a otra persona de confianza para ejecutar el testamento.
En cualquiera de estos casos, otorgar un nuevo testamento por escritura pública resuelve todo de una vez, ya que revoca al anterior en lo que se le oponga.
Un recordatorio importante: la libertad para revocar no borra los límites de la legítima. Aunque cambies tu testamento cuantas veces quieras, no puedes dejar sin su porción legítima a los herederos forzosos (hijos, cónyuge y, en su defecto, padres), salvo que exista una causal legal de desheredación debidamente expresada. Si revocas para reasignar bienes, distribuye solo la parte de libre disposición y respeta la legítima; de lo contrario, esa disposición puede ser impugnada tras tu fallecimiento y generar el pleito que justamente querías evitar. Ante la duda, deja constancia clara de tu voluntad y de la revocación del testamento anterior en la misma escritura.
Preguntas frecuentes
¿Puedo revocar mi testamento sin decirle a nadie?
Sí. No necesitas avisar ni pedir permiso a tus herederos ni a los beneficiarios. La revocación es un acto personal que otorgas ante notario; los demás recién se enteran cuando falleces y se abre la sucesión.
¿El testamento nuevo anula automáticamente al anterior?
El testamento posterior revoca al anterior en todo lo que se le oponga. Para evitar dudas, lo ideal es declarar de forma expresa que revocas el testamento previo, indicando su fecha y número de escritura.
¿Cuánto cuesta revocar un testamento ante notario?
Depende de la notaría, pero una escritura de revocación suele costar entre S/ 250 y S/ 600. Otorgar un nuevo testamento por escritura pública puede costar algo más por los derechos y la inscripción en la SUNARP.
¿Puedo cambiar solo una parte y dejar el resto igual?
Sí. La revocación puede ser parcial: cambias un legado o quitas a un beneficiario y el resto del testamento sigue vigente. Solo debes redactarlo con claridad para que no se contradiga con lo anterior.
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