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Inmobiliario

Testamento por Escritura Pública

Testamento otorgado ante Notario Público con dos testigos. Arts. 696-703 del Código Civil. Forma más segura y difícil de impugnar.

Actualizado al 26 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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TESTAMENTO POR ESCRITURA PÚBLICA

SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE [CIUDAD]:

Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas un TESTAMENTO, que otorga:

EL TESTADOR / LA TESTADORA:
  Nombre completo  : [NOMBRE_COMPLETO_TESTADOR]
  DNI N.°          : [DNI]
  Estado civil     : [ESTADO_CIVIL]
  Cónyuge          : [NOMBRE_CÓNYUGE] (si corresponde)
  Domicilio        : [DOMICILIO]
  Lugar de nacimiento: [LUGAR_NACIMIENTO]
  Fecha de nacimiento: [FECHA_NACIMIENTO]

Comparezco ante Ud. y los testigos [NOMBRE_TESTIGO_1], DNI N.° [DNI_T1] y [NOMBRE_TESTIGO_2], DNI N.° [DNI_T2], para otorgar mi TESTAMENTO, hallándome en pleno uso de mis facultades mentales, en los siguientes términos:

DECLARACIÓN PRIMERA.- ESTADO CIVIL Y FAMILIA
[Soy soltero(a) / casado(a) / viudo(a) / divorciado(a)]. [Tengo los siguientes hijos: [NOMBRE_HIJO_1] ([FECHA_NACIMIENTO]), [NOMBRE_HIJO_2] ([FECHA_NACIMIENTO]).]

DECLARACIÓN SEGUNDA.- LIBRE DISPOSICIÓN Y TERCIO DE LIBRE DISPOSICIÓN
[Si tiene herederos forzosos:] Conforme al artículo 725° del Código Civil, el [TERCIO / DOS TERCIOS] de libre disposición de mis bienes lo distribuyo de la siguiente manera:

DECLARACIÓN TERCERA.- INSTITUCIÓN DE HEREDEROS
Instituyo como mis herederos voluntarios / legatarios a:
1. [NOMBRE_HEREDERO_1], identificado(a) con DNI N.° [DNI], en la proporción de [PORCENTAJE]% de [MIS BIENES / EL BIEN IDENTIFICADO A CONTINUACIÓN].
2. [NOMBRE_HEREDERO_2], DNI N.° [DNI], en la proporción de [PORCENTAJE]%.
3. [NOMBRE_HEREDERO_3], DNI N.° [DNI], en la proporción de [PORCENTAJE]%.

DECLARACIÓN CUARTA.- LEGADOS ESPECÍFICOS
Dispongo los siguientes legados:
a) Lego a [NOMBRE_LEGATARIO_1], DNI N.° [DNI], el bien [DESCRIPCIÓN DEL BIEN ESPECÍFICO: inmueble en ___ / vehículo ___ / acciones en ___].
b) Lego a [NOMBRE_LEGATARIO_2] la suma de S/ [MONTO].

DECLARACIÓN QUINTA.- BIENES MATERIA DEL TESTAMENTO
Los bienes que son objeto del presente testamento son:
1. [BIEN_1: Inmueble ubicado en ___, Partida Registral N.° ___]
2. [BIEN_2: Vehículo placa ___, año ___]
3. [BIEN_3: Cuentas bancarias en ___, acciones en ___]
4. [BIEN_4: Cualquier otro bien que forme parte de mi patrimonio al momento del fallecimiento]

DECLARACIÓN SEXTA.- ALBACEA
Designó como ALBACEA TESTAMENTARIO a [NOMBRE_ALBACEA], DNI N.° [DNI_ALBACEA], con las facultades que establece el artículo 787° del Código Civil, con un plazo de [1 / 2] año(s) para la ejecución del testamento.

DECLARACIÓN SÉPTIMA.- DISPOSICIONES ADICIONALES
[DISPOSICIONES SOBRE FUNERAL / DONACIÓN DE ÓRGANOS / INSTRUCCIONES ESPECIALES].

DECLARACIÓN OCTAVA.- REVOCACIÓN
El presente testamento revoca y deja sin efecto todo testamento u otra disposición testamentaria anterior que hubiera otorgado.

En fe de lo cual, el testador firma el presente testamento en presencia del Notario y de los testigos.

_________________________
       EL TESTADOR
  [NOMBRE_TESTADOR]
  DNI: [DNI]

_________________________    _________________________
    TESTIGO 1                      TESTIGO 2
[NOMBRE_TESTIGO_1]            [NOMBRE_TESTIGO_2]
DNI: [DNI_T1]                  DNI: [DNI_T2]

Base legal: Artículos 686° al 773° del Código Civil Peruano.

Cuándo conviene este testamento

El testamento por escritura pública es la forma más segura de dejar ordenada tu herencia. Se otorga ante notario y queda protocolizado, así que es difícil de perder y difícil de impugnar. Conviene cuando tienes varios bienes, hijos de distintas relaciones, un negocio, o cuando quieres nombrar albacea y evitar pleitos entre herederos. Se regula en los artículos 696 al 703 del Código Civil.

Requisitos de forma

El artículo 696 del Código Civil exige que el testador, el notario y dos testigos hábiles estén reunidos en un solo acto, desde el principio hasta el final. El testador dicta o entrega su voluntad, el notario la redacta, se lee en voz alta y todos firman. El testador debe estar en pleno uso de sus facultades y ser mayor de edad. Si no puede firmar, lo hace un testigo a su ruego. Cumplir cada formalidad importa: un defecto puede anular el testamento.

La legítima y la libre disposición

No puedes repartir todo a tu gusto si tienes herederos forzosos (hijos, padres o cónyuge). La ley reserva para ellos la legítima. Si tienes hijos o descendientes, la legítima es dos tercios de la herencia y solo el tercio restante es de libre disposición (artículos 725 y 729 del Código Civil). Si solo tienes padres u otros ascendientes, la legítima es la mitad. Quien no respeta la legítima abre la puerta a que el testamento se reduzca en juicio.

Cómo se revoca o modifica

Un testamento posterior revoca al anterior en lo que sea incompatible. Puedes cambiarlo cuantas veces quieras mientras vivas y estés lúcido. Conviene avisar al albacea dónde está el testamento vigente. El notario inscribe el otorgamiento en el Registro de Testamentos de la SUNARP, lo que facilita ubicarlo cuando llegue el momento.

Errores frecuentes

  • Repartir el 100% entre los hijos en partes desiguales sin respetar la legítima.
  • Usar testigos no hábiles (parientes cercanos del testador o del notario).
  • Dejar bienes que ya no existen o que son de la sociedad conyugal sin aclararlo.
  • No nombrar albacea, lo que vuelve más lenta la ejecución de la herencia.

Base legal citada

  • Arts. 696 a 703 CC: formalidades del testamento por escritura pública.
  • Art. 724 CC: herederos forzosos.
  • Arts. 725 y 729 CC: legítima y porción de libre disposición.
  • Art. 798 CC: revocación del testamento.
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Preguntas frecuentes sobre el modelo de testamento por escritura pública

¿El modelo de testamento por escritura pública es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/testamento-por-escritura-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de testamento por escritura pública sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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