Poder Especial para Suscribir Minuta y Escritura Pública de Compraventa de Inmueble
Poder especial por escritura pública, según el artículo 156 del Código Civil, para que un apoderado firme la minuta y escritura de compraventa de un inmueble en tu nombre.
Actualizado al 25 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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PODER ESPECIAL PARA SUSCRIBIR MINUTA Y ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escrituras Públicas una en la que conste el poder especial que otorga: PODERDANTE: [NOMBRE_DEL_PODERDANTE], identificado con DNI N.° [DNI_PODERDANTE], de estado civil [ESTADO_CIVIL], con domicilio en [DOMICILIO_PODERDANTE], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO]. PRIMERO.- OBJETO DEL PODER. Por el presente instrumento, el PODERDANTE otorga PODER ESPECIAL, amplio y suficiente, de conformidad con el artículo 156 del Código Civil, a favor de: APODERADO: [NOMBRE_DEL_APODERADO], identificado con DNI N.° [DNI_APODERADO], con domicilio en [DOMICILIO_APODERADO], para que, en su nombre y representación, suscriba la minuta y la escritura pública de compraventa del inmueble ubicado en [DIRECCION_DEL_INMUEBLE], inscrito en la Partida Electrónica N.° [NUMERO_DE_PARTIDA] del Registro de Predios de la Zona Registral N.° [ZONA_REGISTRAL] de la SUNARP, a favor de [NOMBRE_DEL_COMPRADOR], identificado con DNI N.° [DNI_COMPRADOR], por el precio de S/ [MONTO_EN_SOLES] ([MONTO_EN_LETRAS] Y 00/100 SOLES). SEGUNDO.- FACULTADES ESPECÍFICAS. El APODERADO queda expresamente facultado para: a) Suscribir la minuta de compraventa del inmueble antes descrito, pactando la forma de pago del precio. b) Suscribir la escritura pública correspondiente ante Notario Público. c) Recibir el pago total o parcial del precio pactado y otorgar la cancelación respectiva. d) Suscribir cuantos documentos, aclaraciones o rectificaciones sean necesarios para la inscripción de la transferencia ante el Registro de Predios de la SUNARP. e) Realizar el pago de tributos municipales (Impuesto de Alcabala) y derechos registrales vinculados a la transferencia. TERCERO.- BASE LEGAL. El presente poder especial se sujeta al artículo 156 del Código Civil, que exige poder especial por escritura pública, bajo sanción de nulidad, para todo acto de disposición de la propiedad; al artículo 1529 del Código Civil sobre el contrato de compraventa; y al Decreto Legislativo N.° 1049, Ley del Notariado, en lo referido a la formalidad del instrumento. CUARTO.- VIGENCIA Y REVOCATORIA. El presente poder tiene una vigencia de [PLAZO_DE_VIGENCIA], contado desde su otorgamiento, y podrá ser revocado en cualquier momento por el PODERDANTE conforme al artículo 149 del Código Civil, surtiendo efecto la revocatoria desde que es conocida por el APODERADO o inscrita en el registro correspondiente. Agregue usted, señor Notario, las demás cláusulas de estilo y sírvase cursar los partes al Registro de Personas Naturales (Mandatos y Poderes) de la SUNARP para su inscripción. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO] _________________________________ [NOMBRE_DEL_PODERDANTE] DNI N.° [DNI_PODERDANTE]
Cuándo usar este modelo
Usa este poder especial cuando no puedas estar presente para firmar la minuta y la escritura pública de compraventa de tu inmueble y necesites que otra persona de tu confianza lo haga en tu nombre. El artículo 156 del Código Civil exige que este tipo de poder, por tratarse de un acto de disposición de la propiedad, conste en escritura pública ante notario; un poder simple o una carta poder no bastan y el notario o el registrador los rechazará de plano.
Qué datos necesitas
Antes de acudir a la notaría reúne los datos del poderdante (DNI, domicilio, estado civil), los datos del apoderado (DNI, domicilio), la partida electrónica del inmueble y los datos de la operación: precio, forma de pago y datos del comprador si ya está identificado. Si el poderdante es casado, evalúa si se requiere la intervención del cónyuge según el régimen patrimonial vigente en su matrimonio.
Paso a paso
1) Completa el formato con los datos exactos del poderdante, apoderado e inmueble. 2) Acude a una notaría con tu DNI original. 3) El notario redactará el kardex y extenderá la escritura de poder. 4) Firma ante el notario. 5) Solicita que el notario curse el parte registral al Registro de Personas Naturales, Rubro de Mandatos y Poderes, de la SUNARP para que quede inscrito y sea oponible frente a terceros que negocien con tu apoderado.
Errores comunes
El error más frecuente es otorgar un poder genérico, "para todo acto de disposición", sin detallar el inmueble específico, lo que genera observaciones registrales al momento de la compraventa. También es común olvidar fijar un plazo de vigencia o no prever expresamente la facultad de recibir el precio y otorgar cancelación, lo que obliga a otorgar un poder adicional después, con el consiguiente costo y demora.
Preguntas frecuentes
¿El poder debe inscribirse obligatoriamente? No es obligatorio para que sea válido entre las partes, pero sí muy recomendable para que sea oponible a terceros y para que el notario que celebre la compraventa lo verifique con facilidad en el registro. ¿Puedo revocarlo después de otorgado? Sí, en cualquier momento, conforme al artículo 149 del Código Civil, comunicando la revocatoria al apoderado y, si estaba inscrito, inscribiendo también la revocatoria para que surta efectos frente a terceros.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder especial para suscribir minuta y escritura pública de compraventa de inmueble
¿El modelo de poder especial para suscribir minuta y escritura pública de compraventa de inmueble es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-especial-para-suscribir-minuta-y-escritura-publica-de-compraventa-de-inmueble/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de poder especial para suscribir minuta y escritura pública de compraventa de inmueble sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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