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Municipal

Cartel de Prohibición de Venta de Bebidas Alcohólicas a Menores de 18 Años

El cartel que la Ley N.° 28681 exige en toda bodega, licorería o minimarket que vende alcohol para llevar. Incluye el texto obligatorio, los datos del local y las condiciones de exhibición que revisa el inspector municipal.

Actualizado al 14 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CARTEL DE PROHIBICIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS

[CIUDAD], [FECHA]

I. TEXTO QUE DEBE LUCIR EL CARTEL
(Letras grandes, alto mínimo de [MEDIDA_EN_CM] centímetros, legibles desde la calle)

"PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS"

"Si eres menor de edad, no puedes comprar ni consumir alcohol en este local."

"El que vende bebidas alcohólicas a un menor de edad responde por esa venta y es sancionado."

"PEDIMOS DNI A TODO CLIENTE QUE NO ACREDITE SER MAYOR DE EDAD."

II. DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
(Esta información va en la parte inferior del cartel, en letra pequeña)

Nombre del local: [NOMBRE_DEL_ESTABLECIMIENTO]
RUC: [RUC]
Dirección: [DOMICILIO]
Titular: [NOMBRE_COMPLETO], identificado con DNI [DNI]
Licencia de funcionamiento N.° [NUMERO_DE_LICENCIA]
Distrito: [DISTRITO]
Teléfono del local: [TELEFONO]
Correo: [CORREO]

III. CONDICIONES DE EXHIBICIÓN DEL CARTEL

1. El cartel se coloca en un lugar visible desde la puerta de ingreso y desde el mostrador de atención, a la altura de los ojos.

2. Se imprime en material resistente al agua, con letras legibles a una distancia mínima de [DISTANCIA_EN_METROS] metros.

3. No se cubre con otros avisos, publicidad de bebidas alcohólicas ni mercadería.

4. Se repone en un plazo máximo de [PLAZO_EN_DIAS] días calendario si se rompe, se moja o se desprende.

5. El vendedor pide el DNI a todo cliente del que tenga duda razonable sobre su edad y no cierra la venta si el cliente no lo acredita.

IV. FUNDAMENTO

La Ley N.° 28681 prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años y obliga a los establecimientos de venta de alcohol a exhibir un aviso visible con esa prohibición.

La Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, faculta a la Municipalidad de [DISTRITO] a fiscalizar este aviso y a sancionar su falta conforme a las normas de la entidad.

V. RESPONSABLE DE LA COLOCACIÓN

[NOMBRE_COMPLETO], titular del establecimiento, con DNI [DNI], es responsable de la colocación, conservación y reposición del cartel.


Firma: ______________________________

Nombre: [NOMBRE_COMPLETO]
DNI: [DNI]
RUC: [RUC]


Adjunto:

- Copia de la licencia de funcionamiento vigente.

- Copia del DNI del titular y del personal que atiende el mostrador.

- Constancia de pago de la tasa municipal o de la multa, si corresponde.

- Foto del cartel colocado, con la fecha visible, para el archivo del local.
¿Encontraste algo mal en este modelo?

Para qué sirve

Si tienes una bodega, licorería o minimarket y vendes cerveza o licor para llevar, un operativo municipal puede terminar en multa y clausura por no exhibir el aviso que prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años. Este cartel de prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años trae el texto exacto que pide la Ley N.° 28681, el tamaño de letra y el espacio para los datos de tu licencia de funcionamiento.

Se imprime en A3 o más grande, se plastifica y se pega junto a la puerta o al mostrador. No reemplaza la licencia de funcionamiento ni el certificado de defensa civil, pero es lo primero que mira el fiscalizador cuando entra al local, sobre todo en los operativos de viernes y sábado por la noche.

Cuándo conviene usarlo

  • Cuando abres una bodega, licorería o minimarket y tramitas la licencia de funcionamiento ante la municipalidad distrital.
  • Si un inspector te deja una papeleta por no exhibir el aviso de prohibición de venta de alcohol a menores.
  • Recibes una denuncia por vender cerveza a un adolescente y necesitas demostrar que el cartel estaba colocado.
  • Renuevas la licencia, cambias de giro o empiezas a vender licores para llevar.
  • Vendes el negocio y el comprador pide la documentación del local en orden.

Cómo llenarlo

  1. Descargar en Word el formato y reemplaza el nombre del local, el RUC y el número de licencia que figuran en tu resolución municipal.
  2. Imprime en A3 y plastifica. El error más común es imprimir en A4 y pegar el aviso en la trastienda, donde el inspector no lo ve desde la puerta.
  3. Cuelga el cartel a la altura de los ojos, en la puerta o en el mostrador de caja, sin publicidad de cerveza encima.
  4. Pide el DNI a quien atiende el mostrador cuando la edad del cliente no esté clara. Vender sin verificar el documento agrava la sanción.
  5. Guarda una foto del cartel colocado, con la fecha visible, junto a tu plantilla de la licencia de funcionamiento.
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Base legal

La Ley N.° 28681 regula la comercialización, el consumo y la publicidad de bebidas alcohólicas. Prohíbe vender alcohol a menores de 18 años y obliga al establecimiento a exhibir un aviso visible con esa prohibición. El incumplimiento se sanciona con multa y con clausura del local, y la sanción recae sobre el titular de la licencia de funcionamiento.

La Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, le da a la municipalidad distrital la función de fiscalizar y sancionar estas conductas dentro de su jurisdicción. Por eso el monto de la multa, los días de clausura y el plazo para presentar el descargo son los que fija la municipalidad de tu distrito en su escala de infracciones y en las normas de la entidad.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no tengo el cartel y me fiscalizan?

La municipalidad distrital te impone una multa en soles y puede ordenar la clausura del local. El monto lo fija la escala de infracciones de cada comuna, así que varía entre distritos y es más alto donde existe ordenanza propia de alcohol. La papeleta consigna el monto exacto y la fecha límite para pagar o presentar tu descargo.

¿Dónde debo colocar el cartel?

En un lugar visible para el público y para el inspector desde la puerta de ingreso, por lo general junto a la puerta o detrás del mostrador de caja. Debe verse completo, sin mercadería ni afiches de cerveza encima. Si el local tiene dos accesos, coloca un cartel en cada uno.

¿Necesito abogado para responder una papeleta por venta de alcohol a menores?

No. Puedes presentar tu descargo por escrito ante la municipalidad, con el cartel colocado y las fotos como prueba, dentro del plazo que indique la papeleta. Si el caso deriva en una investigación por venta a un menor de edad, conviene que te asesore un abogado.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de cartel de prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años

¿El modelo de cartel de prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/cartel-de-prohibicion-de-venta-de-bebidas-alcoholicas-a-menores-de-18-anos/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de cartel de prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

Modelos relacionados

Descargo ante Sanción Municipal por Venta de Bebidas Alcohólicas Fuera del Horario Autorizado

Escrito de descargo dirigido a la municipalidad para desvirtuar la imputación de venta de bebidas alcohólicas fuera del horario autorizado, invocando la Ley 28681 y las garantías del procedimiento administrativo sancionador del TUO de la Ley 27444; pide archivar el procedimiento y dejar sin efecto la multa.

Solicitud de Autorización Municipal para Venta de Bebidas Alcohólicas Envasadas en Bodega

Es el escrito con el que pides a tu municipalidad distrital que autorice la venta de bebidas alcohólicas envasadas para llevar en tu bodega o minimarket, sin consumo dentro del local. Sirve para regularizar el giro, evitar clausuras y presentar el trámite completo ante la subgerencia de licencias.

Acta de Negativa de Venta de Alcohol por no Acreditar Mayoría de Edad

Acta con la que tu bodega, minimarket o bar deja constancia de que se negó a vender alcohol a una persona que no acreditó ser mayor de 18 años. Sirve como prueba de tu control de edad ante un operativo municipal o un reclamo posterior.

Solicitud de Revocatoria de Autoridad Municipal o Regional

Solicitud de iniciativa de revocatoria de alcalde, regidor, gobernador o consejero regional ante el JNE, conforme a la Ley 26300 (Art. 20 al 25) y al Art. 31 de la Constitución.

Solicitud de Rendición de Cuentas a Autoridad Municipal

Demanda de rendición de cuentas sobre ejecución presupuestal y uso de recursos de un gobierno municipal o regional, según la Ley 26300 (Art. 31 al 36) y el Art. 31 de la Constitución.

Demanda de Nulidad de Elección ante el JEE

Demanda de nulidad de un proceso electoral o de votación de mesa ante el Jurado Electoral Especial, conforme a la Ley 26859 (Art. 363 y siguientes), Ley Orgánica de Elecciones.

Ver los 118 modelos de Electoral y Municipal →

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