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Espectáculos y Entretenimiento

Cláusula de Sustitución o Reemplazo de Artista por Impedimento

Addendum de un contrato de actuación que regula la sustitución del artista principal por caso fortuito o fuerza mayor conforme al artículo 1315 del Código Civil, designando un artista sustituto y el ajuste de cachet correspondiente.

Actualizado al 6 de agosto de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CLÁUSULA DE SUSTITUCIÓN O REEMPLAZO DE ARTISTA POR IMPEDIMENTO

Conste por el presente documento el addendum de sustitución o reemplazo de artista, que forma parte integrante del contrato de actuación artística de fecha [FECHA_DEL_CONTRATO_PRINCIPAL], celebrado entre [NOMBRE_DEL_ARTISTA_PRINCIPAL], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_ARTISTA_PRINCIPAL], a quien en adelante se denominará EL ARTISTA PRINCIPAL; y [NOMBRE_DEL_CONTRATANTE_O_PROMOTOR], con RUC N.° [RUC_DEL_CONTRATANTE], a quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE; en los términos siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES
Las partes han celebrado un contrato de actuación artística para la presentación programada el [FECHA_DEL_EVENTO] en [LUGAR_DEL_EVENTO], por el cual EL ARTISTA PRINCIPAL se obligó a presentarse conforme a los términos allí pactados.

CLÁUSULA SEGUNDA.- SUPUESTO DE IMPEDIMENTO
Las partes acuerdan que, en caso de que EL ARTISTA PRINCIPAL se encuentre imposibilitado de cumplir con la presentación pactada por causa de caso fortuito o fuerza mayor, entendido conforme al artículo 1315 del Código Civil como el evento extraordinario, imprevisible e irresistible que impide el cumplimiento de la obligación, tales como [SUPUESTOS: enfermedad súbita acreditada con certificado médico, accidente, fallecimiento de familiar directo, desastre natural, restricción de viaje por causa ajena a su voluntad, u otro], EL ARTISTA PRINCIPAL comunicará dicha circunstancia a EL CONTRATANTE con la mayor prontitud posible.

CLÁUSULA TERCERA.- DESIGNACIÓN DEL ARTISTA SUSTITUTO
Ante la configuración del supuesto de impedimento señalado, EL ARTISTA PRINCIPAL propondrá a [NOMBRE_DEL_ARTISTA_SUSTITUTO], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_ARTISTA_SUSTITUTO], como artista sustituto para cubrir la presentación, quedando sujeta dicha sustitución a la aprobación previa y expresa de EL CONTRATANTE, quien podrá aceptar al sustituto propuesto o proponer uno alternativo de mutuo acuerdo.

CLÁUSULA CUARTA.- AJUSTE DE CACHET
En caso de sustitución aceptada, el cachet pactado originalmente para EL ARTISTA PRINCIPAL se ajustará a la suma de S/ [MONTO_DEL_CACHET_DEL_SUSTITUTO], correspondiente al artista sustituto, conforme a los términos que las partes acuerden, pudiendo pactarse una compensación adicional a favor de EL CONTRATANTE por la diferencia en la propuesta artística, si así lo acuerdan las partes.

CLÁUSULA QUINTA.- EFECTOS DE LA SUSTITUCIÓN NO ACEPTADA
Si EL CONTRATANTE no acepta al artista sustituto propuesto ni a uno alternativo dentro del plazo de [PLAZO_PARA_RESPUESTA] horas de comunicado el impedimento, el contrato principal quedará resuelto sin responsabilidad para ninguna de las partes por el caso fortuito o fuerza mayor acreditado, debiendo EL ARTISTA PRINCIPAL devolver los montos recibidos por adelantado, salvo los gastos ya incurridos y acreditados.

CLÁUSULA SEXTA.- ACREDITACIÓN DEL IMPEDIMENTO
EL ARTISTA PRINCIPAL se obliga a acreditar el supuesto de impedimento invocado mediante la documentación pertinente dentro de los [PLAZO_DE_ACREDITACIÓN] días siguientes a la comunicación inicial, bajo apercibimiento de que la ausencia sin sustitución válida se considere incumplimiento contractual sujeto a las penalidades del contrato principal.

CLÁUSULA SÉTIMA.- VIGENCIA DEL ADDENDUM
La presente cláusula forma parte integrante e inseparable del contrato de actuación artística de fecha [FECHA_DEL_CONTRATO_PRINCIPAL] y mantiene su vigencia durante todo el plazo de dicho contrato.

CLÁUSULA OCTAVA.- DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Las partes señalan como sus domicilios los indicados en el contrato principal, sometiéndose a la competencia de los jueces de [CIUDAD] para cualquier controversia derivada de su ejecución.

En señal de conformidad, las partes suscriben el presente addendum en dos ejemplares de igual tenor, en la ciudad de [LUGAR], a los [DÍA] días del mes de [MES] de [AÑO].

_________________________
[NOMBRE_DEL_ARTISTA_PRINCIPAL]
EL ARTISTA PRINCIPAL
DNI N.° [DNI_DEL_ARTISTA_PRINCIPAL]

_________________________
[NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DEL_CONTRATANTE]
EL CONTRATANTE

Cuándo usar este modelo

Usa esta cláusula como addendum de un contrato de actuación artística cuando quieras prever qué ocurre si el artista principal no puede presentarse por un impedimento real, como una enfermedad súbita o un accidente. Ningún contrato de actuación cubre por sí solo el supuesto de sustitución del artista, por lo que este addendum llena ese vacío.

Es especialmente útil en eventos con boletaje vendido, donde la cancelación total generaría pérdidas mayores que sustituir al artista principal por otro de perfil similar.

Qué datos necesitas

Reúne los datos del artista principal y del contratante del evento, la fecha y lugar de la presentación original, y define con anticipación qué se entiende por un impedimento válido para activar la sustitución.

Si ya existe un artista sustituto de respaldo, ten a la mano sus datos y el cachet que correspondería pagarle en caso de activarse la cláusula.

Paso a paso

1. Define los supuestos de impedimento que activan la cláusula, conforme al caso fortuito o fuerza mayor del artículo 1315 del Código Civil.

2. Establece el procedimiento y plazo para que el artista principal comunique el impedimento al contratante.

3. Designa, de ser posible, un artista sustituto de respaldo y su cachet correspondiente.

4. Pacta el plazo que tiene el contratante para aceptar o rechazar al sustituto propuesto.

5. Define las consecuencias si el contratante no acepta ningún sustituto dentro del plazo pactado.

6. Incorpora esta cláusula como parte integrante del contrato de actuación principal.

Errores comunes

No definir con precisión qué se entiende por impedimento válido, dejando la cláusula sujeta a interpretaciones abusivas.

Omitir el plazo para que el contratante acepte o rechace al sustituto propuesto, generando incertidumbre en un momento urgente.

No prever el ajuste del cachet cuando se activa la sustitución, lo que puede generar disputas económicas de último momento.

No exigir la acreditación documental del impedimento invocado, debilitando la posición del contratante ante un abuso de la cláusula.

Preguntas frecuentes

¿Cualquier motivo permite activar la sustitución? No, solo los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor conforme al artículo 1315 del Código Civil, es decir, eventos extraordinarios, imprevisibles e irresistibles.

¿El contratante está obligado a aceptar cualquier sustituto propuesto? No, la sustitución queda sujeta a su aprobación previa y expresa, pudiendo proponer un sustituto alternativo de mutuo acuerdo.

¿Qué pasa si no se logra acordar un sustituto? El contrato principal queda resuelto sin responsabilidad para ninguna de las partes por el caso fortuito acreditado, procediendo la devolución de los montos ya pagados, salvo gastos acreditados.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de cláusula de sustitución o reemplazo de artista por impedimento

¿El modelo de cláusula de sustitución o reemplazo de artista por impedimento es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/clausula-de-sustitucion-o-reemplazo-de-artista-por-impedimento/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de cláusula de sustitución o reemplazo de artista por impedimento sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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