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Empleo Público

Comunicación de Declaración de Huelga de Servidores Públicos ante la Autoridad

Comunicación de declaración de huelga de servidores públicos dirigida a la entidad y a la autoridad de trabajo, con el ámbito, motivo, fecha, duración y servicios mínimos (Ley N.° 30057 y D.S. 003-82-PCM). Word editable.

Actualizado al 16 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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COMUNICACIÓN DE DECLARACIÓN DE HUELGA DE SERVIDORES PÚBLICOS

SUMILLA: COMUNICO DECLARACIÓN DE HUELGA

SEÑOR(A) TITULAR DE [ENTIDAD] Y SEÑOR(A) DIRECTOR(A) DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE TRABAJO

[SINDICATO], organización sindical de servidores públicos con registro N.° [REGISTRO_SINDICAL], representada por su Secretario General [DIRIGENTE], identificado con DNI N.° [DNI], con domicilio en [DIRECCION]; cumplimos con comunicar lo siguiente:

I. DECLARACIÓN

Comunicamos la DECLARACIÓN DE HUELGA acordada por nuestra organización, con las siguientes precisiones exigidas por ley:
- Ámbito: [AMBITO].
- Motivo o causa determinante: [MOTIVO].
- Fecha y hora de inicio: [FECHA_INICIO], a las [HORA] horas.
- Duración: [DURACION].
- Modalidad: [MODALIDAD].

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. En asamblea general de fecha [FECHA_ASAMBLEA] se acordó la medida de huelga por decisión mayoritaria de los afiliados, conforme consta en el acta que se adjunta.
2.2. La presente comunicación se cursa con una anticipación no menor a cinco (5) días hábiles, y de diez (10) días hábiles tratándose de servicios públicos esenciales, a fin de garantizar los servicios mínimos indispensables.
2.3. Se garantiza el mantenimiento de [SERVICIOS_MINIMOS] durante el desarrollo de la medida.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1. Constitución Política del Perú, artículo 28 inciso 3 y artículo 42, que reconocen el derecho de huelga de los servidores públicos.
3.2. Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM.
3.3. Decreto Supremo N.° 003-82-PCM, sobre las organizaciones sindicales de los servidores públicos.
3.4. Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2003-TR, de aplicación supletoria en cuanto a los requisitos y la comunicación de la huelga y los servicios esenciales.

IV. ANEXOS

1-A. Copia del acta de asamblea que acordó la huelga.
1-B. Nómina de afiliados asistentes y votación.
1-C. Copia del registro de la organización sindical.

POR TANTO:

Solicitamos tener por comunicada la declaración de huelga conforme a ley.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[DIRIGENTE]
Secretario General - [SINDICATO]
DNI N.° [DNI]

Cuándo usar este modelo

Usa esta comunicación cuando la organización sindical de servidores públicos ha acordado en asamblea declarar una huelga y debe ponerla en conocimiento de la entidad y de la autoridad administrativa de trabajo con la anticipación que exige la ley. El derecho de huelga de los servidores públicos está reconocido en la Constitución (artículos 28 y 42), la Ley N.° 30057 y su Reglamento (Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM), el Decreto Supremo N.° 003-82-PCM y, de forma supletoria, el TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (Decreto Supremo N.° 010-2003-TR).

Qué datos necesitas

  • Datos de la organización sindical, su registro y su representante.
  • Entidad y autoridad de trabajo a las que se dirige la comunicación.
  • Ámbito de la huelga y su motivo o causa determinante.
  • Fecha, hora de inicio, duración y modalidad de la medida.
  • Fecha del acta de asamblea que acordó la huelga.
  • Servicios mínimos que se garantizarán durante la medida.

Paso a paso

  1. Verifica que la huelga fue acordada en asamblea por decisión mayoritaria.
  2. Define con precisión el ámbito, motivo, fecha, duración y modalidad.
  3. Calcula la anticipación: al menos cinco días hábiles, o diez en servicios esenciales.
  4. Redacta la declaración con todos los datos exigidos por ley.
  5. Detalla los servicios mínimos indispensables que se mantendrán.
  6. Fundamenta en los artículos 28 y 42 de la Constitución y la Ley N.° 30057.
  7. Adjunta el acta de asamblea y presenta a la entidad y a la autoridad de trabajo.

Errores comunes

  • Comunicar la huelga sin la anticipación mínima legal, lo que puede tornarla improcedente.
  • No garantizar los servicios mínimos en actividades esenciales.
  • Omitir el acta de asamblea que acredita la decisión mayoritaria.
  • No precisar el ámbito, la duración o la modalidad de la medida.
  • Dirigir la comunicación solo a la entidad y olvidar a la autoridad de trabajo.

Preguntas frecuentes

¿Con cuánta anticipación se comunica la huelga? La comunicación debe cursarse con una anticipación no menor a cinco días hábiles, que se amplía a diez días hábiles cuando se trata de servicios públicos esenciales, para asegurar los servicios mínimos.

¿Qué son los servicios mínimos? Son las prestaciones indispensables que deben mantenerse durante la huelga para no afectar gravemente a la población, especialmente en salud, seguridad y otros servicios esenciales.

¿La huelga suspende la remuneración? Durante la huelga se suspende la relación de trabajo y, en principio, el pago de la remuneración por los días no laborados, salvo lo que se acuerde en la solución del conflicto.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de comunicación de declaración de huelga de servidores públicos ante la autoridad

¿El modelo de comunicación de declaración de huelga de servidores públicos ante la autoridad es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/comunicacion-de-declaracion-de-huelga-de-servidores-publicos-ante-la-autoridad/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de comunicación de declaración de huelga de servidores públicos ante la autoridad sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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