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Deportivo

Contrato de Cesión de Derechos de Transmisión Audiovisual de Partidos de Fútbol

Contrato por el que un club o liga cede a un canal o plataforma los derechos de captación, transmisión y retransmisión de sus partidos, con territorio, ventanas, señal y contraprestación.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE TRANSMISIÓN AUDIOVISUAL DE PARTIDOS

Conste por el presente documento el contrato que celebran, de una parte, [NOMBRE_DEL_CLUB_O_LIGA], con RUC N.° [RUC_DEL_CEDENTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CEDENTE], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DEL_CEDENTE], a quien se denominará EL CEDENTE; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_OPERADOR_AUDIOVISUAL], con RUC N.° [RUC_DEL_CESIONARIO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CESIONARIO], representada por [NOMBRE_DEL_REPRESENTANTE_DEL_CESIONARIO], a quien se denominará EL CESIONARIO, en los términos siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTES. EL CEDENTE es titular de los derechos de explotación audiovisual de los partidos que organiza o disputa como local en el campeonato [NOMBRE_DEL_CAMPEONATO], en el escenario [ESCENARIO_DEPORTIVO].

SEGUNDA: OBJETO. EL CEDENTE cede a EL CESIONARIO el derecho de captar, transmitir, retransmitir y comunicar públicamente los partidos comprendidos en el Anexo 1, en las modalidades de [MODALIDADES_DE_EXPLOTACIÓN].

TERCERA: TERRITORIO Y PLAZO. La cesión rige para el territorio de [TERRITORIO_DE_LA_CESIÓN], desde el [FECHA_DE_INICIO] hasta el [FECHA_DE_TÉRMINO], comprendiendo [NÚMERO_DE_PARTIDOS] partidos por temporada.

CUARTA: CONTRAPRESTACIÓN. EL CESIONARIO pagará a EL CEDENTE la suma de S/ [MONTO_TOTAL], pagadera en [NÚMERO_DE_CUOTAS] cuotas mensuales, más un porcentaje variable del [PORCENTAJE_VARIABLE] por ciento sobre los ingresos por suscripción atribuibles a los partidos cedidos.

QUINTA: PRODUCCIÓN Y SEÑAL. La producción de la señal estará a cargo de [RESPONSABLE_DE_PRODUCCIÓN], con un mínimo de [NÚMERO_DE_CÁMARAS] cámaras y repetición instantánea. EL CEDENTE garantiza el acceso del personal técnico al escenario con [HORAS_DE_ANTICIPACIÓN] horas de anticipación y la disponibilidad de posiciones de cámara, energía y conectividad.

SEXTA: HORARIOS. La programación de horarios se coordinará con la organización del campeonato. EL CESIONARIO podrá proponer reprogramaciones con una anticipación no menor a [DÍAS_DE_ANTICIPACIÓN_HORARIO] días, sin afectar el reglamento de la competencia.

SÉPTIMA: PUBLICIDAD. EL CEDENTE conserva la explotación de la publicidad estática y de vallas del escenario. EL CESIONARIO conserva la publicidad inserta en la señal, sin superponer marcas competidoras de los auspiciadores oficiales identificados en el Anexo 2.

OCTAVA: DERECHOS DE IMAGEN. EL CEDENTE declara contar con las autorizaciones de imagen de sus deportistas y cuerpo técnico necesarias para la explotación pactada, y asume la responsabilidad frente a reclamaciones derivadas de su ausencia.

NOVENA: RESÚMENES INFORMATIVOS. Las partes reconocen el derecho de los medios a emitir breves resúmenes con fines informativos, conforme a los usos del sector y a la normativa sobre derecho de autor y derechos conexos.

DÉCIMA: EXCLUSIVIDAD Y ARCHIVO. La cesión es [CARÁCTER_EXCLUSIVO_O_NO_EXCLUSIVO]. El material de archivo podrá ser explotado por EL CESIONARIO durante [PLAZO_DE_ARCHIVO] luego de concluido el contrato, únicamente con fines de resumen y promoción.

UNDÉCIMA: RESOLUCIÓN. Es causal de resolución la falta de pago de dos cuotas consecutivas, la interrupción injustificada de la transmisión y el incumplimiento de las garantías de acceso al escenario.

DUODÉCIMA: LEY APLICABLE. En lo no previsto rigen el Código Civil y la Ley N.° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte.

Suscrito en [CIUDAD], el [FECHA_DE_SUSCRIPCIÓN].

_______________________              _______________________
EL CEDENTE                                     EL CESIONARIO
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Cuándo usar este modelo

Este contrato se usa cuando un club, una liga o el organizador de un torneo negocia con un canal de televisión, una operadora de cable o una plataforma de streaming la transmisión de sus partidos. Es el documento que convierte una conversación comercial en un compromiso ejecutable: qué partidos, en qué territorio, por cuánto tiempo, quién produce la señal, cuánto se paga y qué pasa con la publicidad del escenario. Sirve igual para el club de primera que negocia sus partidos de local, para la liga distrital que quiere transmitir su torneo por internet y para el organizador de un torneo de menores que cede la señal a un medio regional.

Marco legal en el Perú

Es un contrato atípico que se rige por la autonomía privada y por las normas generales de contratación del Código Civil. Alrededor de él operan dos regímenes que conviene tener presentes. Por un lado, la Ley N.° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, organiza el sistema deportivo nacional dentro del cual el club o la liga ejerce sus derechos sobre la competencia. Por otro lado, la normativa sobre derecho de autor y derechos conexos protege la producción audiovisual resultante y reconoce el uso informativo de breves fragmentos por parte de los medios, algo que el contrato no puede prohibir de manera absoluta. Un tercer punto crítico es la imagen de los deportistas: quien cede debe contar con las autorizaciones necesarias, porque el uso de la imagen personal requiere consentimiento y su falta genera responsabilidad frente al deportista, no frente al canal.

Cómo completar la plantilla

Define el objeto con precisión quirúrgica. Ceder partidos sin decir en qué modalidades y territorio es la fuente número uno de conflicto.

  • Enumera los partidos cedidos en un anexo, con fechas o criterio de determinación.
  • Especifica las modalidades: televisión abierta, cable, streaming, diferido, resumen.
  • Delimita el territorio y aclara si incluye o no la difusión fuera del país.
  • Precisa quién produce la señal, con cuántas cámaras y quién asume el costo.
  • Garantiza el acceso técnico al escenario con horas de anticipación.
  • Separa la publicidad estática del escenario de la publicidad inserta en la señal.
  • Declara que cuentas con las autorizaciones de imagen de deportistas y cuerpo técnico.

Preguntas frecuentes

¿Quién es titular de los derechos de un partido: el local, el visitante o la liga?

Depende del reglamento de la competencia. En muchos torneos el derecho corresponde al club local; en otros, la explotación es centralizada por la liga u organizador. Antes de firmar, revisa el reglamento del campeonato, porque ceder algo que no te corresponde expone al club a sanciones y a reclamos por incumplimiento.

¿El canal puede seguir usando las imágenes cuando termina el contrato?

Solo si se pactó. Lo habitual es permitir el uso del archivo por un período acotado y únicamente para resúmenes y promoción, nunca para retransmitir el partido completo. Si no lo regulas, quedará una zona gris difícil de resolver después.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de cesión de derechos de transmisión audiovisual de partidos de fútbol

¿El modelo de contrato de cesión de derechos de transmisión audiovisual de partidos de fútbol es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-cesion-de-derechos-de-transmision-audiovisual-de-partidos-de-futbol/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de cesión de derechos de transmisión audiovisual de partidos de fútbol sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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