Contrato de Donación de Animales a Refugio o Albergue
Contrato de donación de uno o varios animales a un refugio o albergue, conforme a la donación de los arts. 1621, 1625 y 1629 del Código Civil y al deber de bienestar de la Ley 30407 (arts. 9 y 19).
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONTRATO DE DONACIÓN DE ANIMALES A REFUGIO O ALBERGUE Conste por el presente documento el contrato de donación que celebran de una parte [NOMBRE_DONANTE], identificado con DNI N° [DNI_DONANTE], con domicilio en [DIRECCION_DONANTE] (el Donante), y de la otra parte [NOMBRE_REFUGIO], con RUC N° [RUC_REFUGIO], representado por [NOMBRE_REPRESENTANTE], identificado con DNI N° [DNI_REPRESENTANTE] (el Albergue), en los términos siguientes. PRIMERA: OBJETO El Donante transfiere a título gratuito al Albergue la propiedad y el cuidado de los siguientes animales: [DESCRIPCION_ANIMALES], con las señas [SENAS_IDENTIFICACION]. Este acto se rige por el art. 1621 del Código Civil, que define la donación como el contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente la propiedad de un bien a otra. SEGUNDA: GRATUIDAD Y FORMA La donación es gratuita y sin cargo. Las partes la formalizan por escrito conforme a las reglas de forma de la donación del art. 1625 del Código Civil, para dejar constancia individualizada de los animales donados y de las condiciones acordadas. TERCERA: LÍMITE DE LA DONACIÓN El Donante declara que la presente donación no afecta la legítima de sus herederos ni excede lo que puede disponer por testamento, respetando el límite del art. 1629 del Código Civil, según el cual nadie puede dar por donación más de lo que puede disponer por testamento. CUARTA: OBLIGACIONES DEL ALBERGUE El Albergue se obliga a: 1. Recibir a los animales y brindarles alojamiento, alimentación y atención veterinaria. 2. No someterlos a maltrato, abandono ni experimentación no autorizada. 3. Procurar su adopción responsable cuando corresponda. 4. Informar al Donante, si este lo solicita, sobre el estado de los animales dentro de [PLAZO_INFORME] días. QUINTA: MARCO DE BIENESTAR ANIMAL Las partes reconocen el marco de la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal: el art. 9 sobre el ente rector y la coordinación intersectorial, y el art. 19, que restringe la experimentación, investigación y docencia con animales a centros autorizados con comités de ética de bienestar animal. El Albergue declara que no destinará los animales a fines prohibidos por dicha ley. SEXTA: ESTADO DE LOS ANIMALES El Donante declara que los animales se entregan en el estado de salud descrito en [DOCUMENTO_ESTADO_SALUD]. El Albergue los recibe de conformidad. SÉTIMA: CONTROVERSIAS Cualquier discrepancia se resolverá por trato directo y, en su defecto, por conciliación extrajudicial. En señal de conformidad, las partes firman en [CIUDAD], a los [FECHA]. _______________________________ _______________________________ [NOMBRE_DONANTE] [NOMBRE_REPRESENTANTE] DNI N° [DNI_DONANTE] Por [NOMBRE_REFUGIO]
El contrato de donación de animales a refugio o albergue es el acuerdo por el cual una persona transfiere de forma gratuita a una organización de protección animal uno o varios animales, junto con el deber de cuidarlos y, en muchos casos, buscarles adopción responsable. A diferencia de la donación entre particulares, aquí el donatario es una entidad con fines de protección, lo que suele implicar compromisos sobre el destino del animal, la prohibición de venderlo y reportes de su situación. Formaliza una entrega frecuente pero muchas veces hecha sin papeles.
Quién lo usa y cuándo conviene
Lo firman las personas que ya no pueden cuidar a su mascota y los refugios, albergues o asociaciones que la reciben. Conviene usarlo para dejar claro que el animal se entrega definitivamente y con qué condiciones (por ejemplo, que no se use para experimentación ni se venda), y para que el refugio reciba la cartilla sanitaria y los antecedentes del animal. El contrato protege al donante dejando constancia de que cumplió con entregar al animal en condiciones de bienestar, y protege al refugio acreditando la legitimidad de la entrega.
Base legal
La donación se rige por el artículo 1621 del Código Civil, y la forma por los artículos 1623 y 1624 del Código Civil según el valor del animal. Los animales son bienes muebles conforme al artículo 886 del Código Civil. El deber de bienestar que asume el refugio se sustenta en el artículo 5 de la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, que también promueve la labor de las asociaciones de protección. Si el refugio es una asociación sin fines de lucro, su actuación se enmarca en los artículos 80 y siguientes del Código Civil sobre asociaciones.
Qué datos y documentos necesitas
- Datos del donante y de la organización receptora, con su representante legal.
- Identificación de cada animal donado: especie, raza, sexo, edad y señas.
- Cartilla de vacunas, esterilización y antecedentes de salud.
- Condiciones de la donación: prohibición de venta y compromiso de adopción responsable.
- Datos del registro de la asociación o refugio, si lo tiene.
- Constancia del estado del animal al momento de la entrega.
Cómo formalizarlo paso a paso
- Completa los datos del donante, del refugio y de cada animal entregado.
- Fija las condiciones de la donación, en especial la prohibición de venta y el compromiso de adopción responsable.
- Entrega la cartilla sanitaria y deja constancia del estado de salud del animal.
- Firmen el contrato por duplicado, una copia para cada parte.
- Si el valor del animal supera el 25% de la UIT, legaliza las firmas para tener fecha cierta.
- Conserva tu copia como prueba de la entrega y de las condiciones pactadas.
Errores comunes a evitar
- Entregar al animal sin documento, lo que impide acreditar quién es ahora el responsable.
- No pactar la prohibición de venta o de uso indebido del animal.
- Omitir la cartilla sanitaria y los antecedentes de salud.
- Donar a una organización que no garantiza condiciones de bienestar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner condiciones a la donación al refugio?
Sí. El artículo 1621 del Código Civil permite la donación con cargo o condiciones lícitas, como la prohibición de vender al animal o el compromiso de buscarle adopción responsable.
¿Qué pasa si el refugio incumple las condiciones?
Puedes exigir el cumplimiento del cargo o, según la gravedad, revocar la donación por las causales del Código Civil. Si hay maltrato, además procede denuncia conforme a la Ley 30407.
¿La donación a un refugio paga impuestos?
Las donaciones a entidades sin fines de lucro suelen tener tratamiento favorable, pero los beneficios tributarios dependen de que la asociación esté inscrita y cumpla los requisitos de la SUNAT. Verifica el caso concreto antes de asumir un beneficio.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de donación de animales a refugio o albergue
¿El modelo de contrato de donación de animales a refugio o albergue es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-donacion-de-animales-a-refugio-o-albergue/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de donación de animales a refugio o albergue sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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