Contrato de Mutuo Dinerario sin Intereses (Préstamo Gratuito entre Familiares)
Contrato de mutuo de dinero sin intereses entre familiares, con devolución del capital y prueba escrita, conforme a los artículos 1648, 1649 y 1663 del Código Civil.
Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu navegador con html-docx-js, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
CONTRATO DE MUTUO DINERARIO SIN INTERESES (PRÉSTAMO GRATUITO ENTRE FAMILIARES) Conste por el presente documento el contrato de mutuo dinerario sin intereses que celebran: EL MUTUANTE (QUIEN PRESTA): [NOMBRE_MUTUANTE], identificado con DNI [DNI_MUTUANTE], con domicilio en [DOMICILIO_MUTUANTE]. EL MUTUATARIO (QUIEN RECIBE): [NOMBRE_MUTUATARIO], identificado con DNI [DNI_MUTUATARIO], con domicilio en [DOMICILIO_MUTUATARIO]. Ambas partes declaran tener el vínculo familiar de [VINCULO_FAMILIAR], en los términos siguientes: PRIMERA: DEFINICIÓN Y OBJETO Conforme al artículo 1648 del Código Civil, por el mutuo EL MUTUANTE se obliga a entregar a EL MUTUATARIO una cantidad de dinero, y este se obliga a devolver otra del mismo valor. EL MUTUANTE entrega en este acto la suma de S/ [MONTO_PRESTAMO] a EL MUTUATARIO, quien declara recibirla a su entera satisfacción. SEGUNDA: ENTREGA Y PRUEBA La entrega se realiza mediante [FORMA_ENTREGA: transferencia bancaria a la cuenta NUMERO_CUENTA / efectivo]. Conforme al artículo 1649 del Código Civil, este contrato escrito constituye prueba de la existencia y condiciones del mutuo entre las partes. TERCERA: CARÁCTER GRATUITO Conforme al artículo 1663 del Código Civil, el mutuatario debe abonar intereses solo cuando hayan sido pactados. Las partes acuerdan expresamente que este mutuo NO genera intereses compensatorios de ningún tipo, por su carácter de préstamo gratuito entre familiares. CUARTA: PLAZO Y DEVOLUCIÓN EL MUTUATARIO se obliga a devolver el íntegro del capital de S/ [MONTO_PRESTAMO] en el plazo de [PLAZO_DEVOLUCION], cuyo vencimiento es el [FECHA_DEVOLUCION]. La devolución puede pactarse en una sola armada o según el siguiente cronograma: [CRONOGRAMA_DEVOLUCION]. QUINTA: PAGO ANTICIPADO EL MUTUATARIO puede devolver el capital de manera anticipada, total o parcialmente, sin que ello genere penalidad alguna por su carácter gratuito. SEXTA: MORA E INTERÉS MORATORIO Sin perjuicio del carácter gratuito, si EL MUTUATARIO no devuelve el capital al vencimiento, incurre en mora y debe el interés moratorio a la tasa legal fijada por el Banco Central de Reserva del Perú, conforme a los artículos 1242 y 1244 del Código Civil. SÉPTIMA: GASTOS Cada parte asume los gastos que le corresponden. De legalizarse las firmas, el costo es asumido por [PARTE_GASTOS]. OCTAVA: DOMICILIOS Y COMPETENCIA Para todo efecto, las partes se someten a los jueces de [DISTRITO_JUDICIAL], renunciando al fuero de sus domicilios. En señal de conformidad, las partes firman en dos ejemplares. [CIUDAD], [FECHA] _______________________ EL MUTUANTE [NOMBRE_MUTUANTE] DNI [DNI_MUTUANTE] _______________________ EL MUTUATARIO [NOMBRE_MUTUATARIO] DNI [DNI_MUTUATARIO]
El contrato de mutuo dinerario sin intereses es el documento con el que prestas una suma de dinero a un familiar y dejas por escrito que la devolución será por el mismo monto, sin cobrar nada extra. En el Perú el mutuo se presume oneroso, es decir, con intereses, por eso este pacto de gratuidad tiene que figurar de forma expresa: si no lo escribes, la ley entiende que hubo intereses. Lo usas cuando le adelantas plata a un hijo, hermano o padre y quieres que quede claro que es un préstamo (con obligación de devolver) y no un regalo.
Cuándo usarlo
Cuando entregas dinero a un familiar para una compra, un negocio o una emergencia, y ambos entienden que se trata de un préstamo que debe devolverse. Sirve para evitar el conflicto clásico de la familia, donde el que recibió dice que fue una donación y el que dio dice que fue un préstamo. También te protege ante terceros (por ejemplo, si el familiar fallece, el documento prueba que la deuda existe y entra en la masa hereditaria).
Base legal
- Artículo 1648 del Código Civil: define el mutuo como la entrega de dinero o bienes consumibles a cambio de devolver otros de la misma especie, calidad y cantidad.
- Artículo 1663 del Código Civil: el mutuatario debe pagar intereses al mutuante, salvo pacto distinto. Por eso aquí se pacta expresamente que no se cobran intereses.
- Artículo 1649 del Código Civil: el mutuo se prueba por escrito cuando supera el monto que la ley exige, así que tener el contrato firmado es tu respaldo.
Cómo rellenarlo bien
Identifica con DNI y domicilio al que presta (mutuante) y al que recibe (mutuatario). Pon el monto exacto en soles, escrito en números y letras, y la forma de entrega (efectivo, transferencia, depósito). Lo más importante: incluye la cláusula que diga que el préstamo no genera intereses compensatorios ni moratorios. Fija la fecha o el cronograma de devolución. Aunque sea entre familia, firmen los dos y, si pueden, legalicen las firmas ante notario para que el documento tenga fecha cierta.
Errores comunes
- No dejar por escrito la gratuidad y terminar debiendo intereses por la presunción legal del artículo 1663.
- Entregar el dinero en efectivo sin recibo ni transferencia que deje rastro, lo que dificulta probar que el préstamo existió.
- No fijar plazo de devolución, lo que obliga a un trámite extra para que el deudor quede en mora.
- Confundir préstamo con donación: si la intención real es regalar, lo correcto es una donación, no un mutuo.
Preguntas frecuentes
Si no cobro intereses, igual puedo exigir la devolución? Sí. La gratuidad solo elimina los intereses, no la obligación de devolver el capital. Si no te pagan, puedes reclamar el monto prestado.
Necesito notario? No es obligatorio para que valga entre las partes, pero legalizar las firmas le da fecha cierta y facilita el cobro si hay que ir a un proceso.
Y si el familiar fallece sin pagar? La deuda no desaparece: se cobra a los herederos hasta donde alcance la herencia, siempre que tengas el documento que la acredite.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de mutuo dinerario sin intereses (préstamo gratuito entre familiares)
¿El modelo de contrato de mutuo dinerario sin intereses (préstamo gratuito entre familiares) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-mutuo-dinerario-sin-intereses-prestamo-gratuito-entre-familiares/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de contrato de mutuo dinerario sin intereses (préstamo gratuito entre familiares) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Mutuo entre Familiares sin Intereses
Modelo de contrato de mutuo dinerario entre familiares sin pacto de intereses, conforme a los artículos 1648, 1663 y 1664 del Código Civil. Word editable.
Contrato de Préstamo (Mutuo Dinerario)
Contrato de préstamo de dinero entre personas naturales o jurídicas con intereses pactados. Arts. 1648-1665 del Código Civil.
Contrato de Mutuo Dinerario con Pacto de Capitalización de Intereses (Anatocismo)
Modelo de contrato de mutuo dinerario que capitaliza intereses lícitamente mediante convenio escrito celebrado después de un año de atraso en el pago de los intereses, conforme al artículo 1250 del Código Civil y la prohibición del artículo 1249.
Contrato de Mutuo Dinerario entre Empresas Vinculadas
Contrato de mutuo dinerario entre empresas vinculadas, regulado por el Código Civil (artículos 1648 y siguientes), con cláusula de interés a valor de mercado conforme a las normas de precios de transferencia de la Ley del Impuesto a la Renta.
Contrato de Mutuo Dinerario con Garantía Personal
Contrato de préstamo de dinero entre particulares con aval o fianza personal. Art. 1648 CC, Art. 1868 CC.
Contrato de Mutuo entre Particulares con Cronograma de Pagos
Contrato de préstamo de dinero entre personas naturales con cronograma de cuotas e intereses, regulado por el mutuo del Código Civil (Art. 1648 a 1665 CC) y el límite de intereses (Art. 1243 CC).
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras