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Espectáculos y Entretenimiento

Contrato de Publicidad con Influencer para Promoción de Marca en Redes Sociales

Contrato entre un anunciante y un creador de contenido que fija las publicaciones comprometidas, el uso obligatorio de la mención publicitaria, la exclusividad, el pago y el uso del material.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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CONTRATO DE PUBLICIDAD CON INFLUENCER PARA PROMOCIÓN DE MARCA EN REDES SOCIALES

Conste por el presente documento el contrato que celebran, de una parte, [RAZON_SOCIAL_DEL_ANUNCIANTE], con RUC N.° [RUC_DEL_ANUNCIANTE], representada por [REPRESENTANTE_DEL_ANUNCIANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_ANUNCIANTE], en adelante EL ANUNCIANTE; y, de la otra parte, [NOMBRE_DEL_CREADOR], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_CREADOR], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_CREADOR], titular de las cuentas [CUENTAS_DEL_CREADOR], en adelante EL CREADOR, en los términos siguientes:

PRIMERA: OBJETO. EL CREADOR se obliga a producir y publicar contenido promocional de la marca [MARCA_PROMOCIONADA] en sus cuentas, conforme al brief y al calendario del Anexo 1, a cambio de la contraprestación pactada.

SEGUNDA: ENTREGABLES. Se compromete a: (i) [NUMERO_DE_PUBLICACIONES] publicaciones en el feed; (ii) [NUMERO_DE_HISTORIAS] historias con enlace; y (iii) [NUMERO_DE_VIDEOS] videos de formato vertical de hasta [DURACION_DEL_VIDEO] segundos. La permanencia mínima del contenido publicado será de [DIAS_DE_PERMANENCIA] días.

TERCERA: IDENTIFICACIÓN DE LA PUBLICIDAD. EL CREADOR se obliga a identificar de manera clara, visible y en el mismo contenido que se trata de publicidad, mediante menciones como publicidad o contenido pagado. Esta obligación responde al principio de autenticidad de la actividad publicitaria y a la prohibición de publicidad encubierta prevista en la ley de represión de la competencia desleal, así como al deber de información al consumidor del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.° 29571. El incumplimiento faculta a exigir la corrección inmediata de la publicación.

CUARTA: VERACIDAD. Las afirmaciones sobre el producto deben corresponder a la información y sustento entregados por EL ANUNCIANTE. EL CREADOR no atribuirá al producto propiedades curativas, terapéuticas ni resultados que no estén respaldados documentalmente.

QUINTA: APROBACIÓN PREVIA. EL ANUNCIANTE dispondrá de [HORAS_DE_APROBACION] horas para observar el contenido antes de su publicación. Vencido ese plazo sin observaciones, se entiende aprobado.

SEXTA: CONTRAPRESTACIÓN. EL ANUNCIANTE pagará S/ [MONTO_TOTAL] más los tributos de ley, en [NUMERO_DE_ARMADAS] armadas, contra la emisión del comprobante de pago y la acreditación de las publicaciones.

SÉPTIMA: EXCLUSIVIDAD. Durante [MESES_DE_EXCLUSIVIDAD] meses, EL CREADOR no promocionará productos de las marcas competidoras señaladas en el Anexo 2.

OCTAVA: LICENCIA DE USO DEL CONTENIDO. EL CREADOR autoriza a EL ANUNCIANTE a reproducir y difundir el contenido producido y su imagen en los canales propios de la marca, por el plazo de [PLAZO_DE_LICENCIA] meses y en el territorio de [TERRITORIO_DE_LICENCIA]. El uso en publicidad pagada requiere el pago adicional pactado en el Anexo 3. La autorización del uso de la imagen se otorga conforme al artículo 15 del Código Civil.

NOVENA: MÉTRICAS. EL CREADOR remitirá reporte de alcance, impresiones e interacciones dentro de los [DIAS_DE_REPORTE] días de finalizada la campaña.

DÉCIMA: CONDUCTA. EL ANUNCIANTE podrá resolver el contrato si EL CREADOR incurre en conductas públicas que dañen gravemente la reputación de la marca, sin perjuicio de la penalidad de S/ [MONTO_DE_PENALIDAD].

DÉCIMO PRIMERA: NATURALEZA. El presente contrato no genera vínculo laboral. EL CREADOR presta el servicio con autonomía y asume sus obligaciones tributarias.

Suscrito en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO].

_______________________          _______________________
EL ANUNCIANTE                    EL CREADOR
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Cuándo usar este modelo

Este contrato se usa cuando una marca paga, canjea productos o entrega beneficios a un creador de contenido para que hable de ella en redes sociales. Cubre desde una campaña de tres historias hasta un acuerdo anual con entregables mensuales. Es igualmente útil para el creador, porque fija por escrito qué debe entregar, cuándo cobra y hasta dónde llega el uso de su contenido.

Se distingue del contrato de embajador de marca, que supone una asociación más profunda y prolongada entre la persona y la marca. Aquí el objeto es una campaña concreta con piezas determinadas. También se diferencia del contrato de management, que regula la relación del creador con quien administra su carrera.

Marco legal en el Perú

El punto más sensible es la identificación de la publicidad. La ley de represión de la competencia desleal recoge el principio de autenticidad, que exige que la publicidad sea reconocible como tal por el destinatario. Una recomendación pagada que se presenta como opinión espontánea puede configurar publicidad encubierta, conducta que el INDECOPI ha sancionado en el ámbito digital. Por eso el contrato obliga a rotular el contenido como publicidad o contenido pagado.

El segundo eje es el Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N.° 29571, que exige información veraz y suficiente. Las afirmaciones sobre el producto deben tener sustento: no basta con que el creador crea que funciona, el anunciante debe poder acreditarlo. La responsabilidad principal recae en el anunciante, aunque el creador también puede resultar comprometido según su grado de participación.

El uso de la imagen y la voz del creador se rige por el artículo 15 del Código Civil, que exige asentimiento expreso. De allí la importancia de delimitar plazo, territorio y medios de la licencia, y de exigir un pago adicional si el contenido se usará en publicidad pagada más allá de las cuentas del creador.

Cómo completar la plantilla

La mayoría de disputas nacen por entregables ambiguos y por usos del contenido que nadie pactó. Conviene ser literal.

  • Detalla el número de publicaciones, historias y videos, con formato y duración.
  • Fija la permanencia mínima del contenido publicado antes de poder eliminarlo.
  • Establece la mención publicitaria obligatoria y dónde debe aparecer.
  • Define el plazo de aprobación previa y qué ocurre si el anunciante no responde.
  • Delimita la licencia de uso: medios, plazo, territorio y si incluye pauta pagada.
  • Enumera las marcas competidoras alcanzadas por la exclusividad.
  • Precisa el reporte de métricas y el plazo para entregarlo.

Preguntas frecuentes

¿Hay que rotular como publicidad si solo hubo canje de productos?

Sí. Lo relevante no es que haya dinero de por medio, sino que exista una relación comercial que el público no puede advertir. El canje de productos, los viajes y los beneficios también deben transparentarse.

¿La marca puede usar el video del creador en su publicidad pagada?

Solo si se pactó. La licencia debe indicar expresamente si incluye pauta y en qué medios. Usar el contenido en publicidad sin autorización expone a la marca a un reclamo por uso indebido de imagen.

¿El contrato genera vínculo laboral?

No, si el creador presta el servicio con autonomía, con sus propios medios y sin subordinación. Los indicios de subordinación, como horarios impuestos o supervisión permanente, pueden llevar a una calificación distinta.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de contrato de publicidad con influencer para promoción de marca en redes sociales

¿El modelo de contrato de publicidad con influencer para promoción de marca en redes sociales es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/contrato-de-publicidad-con-influencer-para-promocion-de-marca-en-redes-sociales/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de contrato de publicidad con influencer para promoción de marca en redes sociales sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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