Convenio de Terminación de Contrato de Representación Artística y Liquidación de Cuentas
Convenio entre artista y mánager para poner fin a la representación artística, liquidar comisiones pendientes, definir contratos en curso y entregar cuentas, redes y material.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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CONVENIO DE TERMINACIÓN DE CONTRATO DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA Y LIQUIDACIÓN DE CUENTAS Conste por el presente documento el convenio que celebran, de una parte, [NOMBRE_DEL_ARTISTA], identificado con DNI N.° [DNI_DEL_ARTISTA], conocido artísticamente como [NOMBRE_ARTISTICO], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_ARTISTA], en adelante EL ARTISTA; y, de la otra parte, [NOMBRE_O_RAZON_SOCIAL_DEL_MANAGER], con [DOCUMENTO_DEL_MANAGER] N.° [NUMERO_DE_DOCUMENTO_MANAGER], con domicilio en [DOMICILIO_DEL_MANAGER], en adelante EL REPRESENTANTE, en los términos siguientes: PRIMERA: ANTECEDENTES. Con fecha [FECHA_DEL_CONTRATO_ORIGINAL] las partes celebraron un contrato de representación artística y management, por el cual EL REPRESENTANTE gestionaba la carrera de EL ARTISTA a cambio de una comisión de [PORCENTAJE_DE_COMISION] % sobre los ingresos generados. SEGUNDA: TERMINACIÓN. Las partes acuerdan poner término al contrato de mutuo disenso, con eficacia a partir del [FECHA_DE_TERMINACION], conforme al artículo 1313 del Código Civil, que faculta a las partes a dejar sin efecto por acuerdo la obligación creada por contrato. La actividad artística objeto del contrato se rige por la Ley N.° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante. TERCERA: LIQUIDACIÓN DE COMISIONES. EL ARTISTA reconoce adeudar a EL REPRESENTANTE la suma de S/ [MONTO_ADEUDADO_AL_REPRESENTANTE] por comisiones devengadas y no pagadas, detalladas en el Anexo 1. EL REPRESENTANTE reconoce adeudar a EL ARTISTA la suma de S/ [MONTO_ADEUDADO_AL_ARTISTA] por ingresos recaudados y no liquidados, detallados en el Anexo 2. Practicada la compensación, la diferencia de S/ [SALDO_A_PAGAR] será pagada por [PARTE_QUE_PAGA] dentro de [DIAS_PARA_PAGO] días. CUARTA: CONTRATOS EN CURSO. Los compromisos artísticos ya cerrados y detallados en el Anexo 3 se ejecutarán en sus propios términos. Respecto de ellos, EL REPRESENTANTE percibirá su comisión hasta su culminación. Las negociaciones no cerradas al [FECHA_DE_TERMINACION] quedan liberadas a favor de EL ARTISTA. QUINTA: COMISIÓN RESIDUAL. Las partes acuerdan que EL REPRESENTANTE percibirá una comisión residual de [PORCENTAJE_RESIDUAL] % sobre los ingresos derivados de los contratos del Anexo 3, durante [MESES_DE_RESIDUAL] meses, sin que ello genere derecho sobre nuevos contratos. SEXTA: ENTREGA DE ACTIVOS. EL REPRESENTANTE entregará a EL ARTISTA, dentro de [DIAS_PARA_ENTREGA] días: (i) las credenciales y titularidad de las cuentas y perfiles [CUENTAS_Y_PERFILES]; (ii) los archivos maestros, fotografías y material audiovisual; (iii) los contratos y comunicaciones con terceros; y (iv) el detalle de cobranzas pendientes con datos de contacto. SÉPTIMA: REGISTROS Y DERECHOS. Las partes declaran que los derechos de autor y conexos sobre las obras e interpretaciones de EL ARTISTA le corresponden a este conforme al Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor, y que EL REPRESENTANTE no conserva titularidad alguna sobre ellos. Cualquier registro efectuado a nombre de EL REPRESENTANTE será transferido dentro del mismo plazo. OCTAVA: MARCAS Y NOMBRE ARTÍSTICO. EL REPRESENTANTE se obliga a no usar ni registrar el nombre artístico, y de existir un registro a su nombre lo cederá a EL ARTISTA mediante el documento del Anexo 4. NOVENA: CONFIDENCIALIDAD Y NO DENIGRACIÓN. Las partes mantendrán reserva de la información económica intercambiada y se abstendrán de declaraciones que dañen la reputación de la otra. DÉCIMA: FINIQUITO. Cumplidas las obligaciones pactadas, las partes se otorgan el más amplio y recíproco finiquito, declarando que nada más tienen que reclamarse por la relación de representación artística. Suscrito en [CIUDAD], a los [DIA] días del mes de [MES] de [ANIO]. _______________________ _______________________ EL ARTISTA EL REPRESENTANTE
Cuándo usar este modelo
Las relaciones entre artistas y mánagers terminan con frecuencia, y casi siempre quedan cabos sueltos: comisiones pendientes, contratos ya firmados que se ejecutarán después, cuentas de redes sociales creadas por el representante, archivos maestros de canciones, e incluso registros de marca hechos a nombre del mánager. Este convenio cierra la relación de manera ordenada y evita que esos cabos se conviertan en un litigio.
Se usa cuando ambas partes quieren terminar de común acuerdo, sin discutir culpas. Es especialmente útil cuando el artista pasa a otro representante o firma con un sello, porque el nuevo actor exigirá saber qué compromisos siguen vigentes y quién cobra qué.
Marco legal en el Perú
La terminación por acuerdo se apoya en el Código Civil, cuyo artículo 1313 regula el mutuo disenso: las partes pueden dejar sin efecto por acuerdo la obligación creada por contrato, sin perjudicar el derecho de terceros. De allí la importancia de respetar los compromisos ya asumidos con promotores y sellos.
La actividad artística se rige, en lo pertinente, por la Ley N.° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante. En cuanto a los derechos sobre obras e interpretaciones, el Decreto Legislativo N.° 822, Ley sobre el Derecho de Autor, atribuye la titularidad originaria al autor y reconoce derechos conexos al intérprete. Un contrato de management no transfiere esos derechos por sí solo: si el representante figura como titular en algún registro, corresponde regularizarlo.
Respecto del nombre artístico, si fue registrado como marca por el representante, la transferencia se rige por la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, y por el Decreto Legislativo N.° 1075, y debe formalizarse ante el INDECOPI.
Cómo completar la plantilla
El corazón del convenio son los anexos: sin cifras y listas concretas, el finiquito no sirve de mucho.
- Elabora el detalle de comisiones devengadas y de ingresos recaudados no liquidados.
- Practica la compensación y deja un único saldo con plazo de pago.
- Lista los contratos ya cerrados que se ejecutarán después de la terminación.
- Define si habrá comisión residual, sobre qué contratos y por cuánto tiempo.
- Detalla las cuentas, perfiles y credenciales que deben entregarse.
- Verifica si existen registros de marca del nombre artístico a nombre del representante.
- Incluye la cláusula de no denigración y el finiquito recíproco.
Preguntas frecuentes
¿El mánager puede seguir cobrando comisión después de terminar?
Solo respecto de los contratos que él gestionó y que ya estaban cerrados, y en la medida en que así se pacte. Una comisión indefinida sobre toda la carrera futura del artista es desproporcionada y suele ser fuente de conflicto.
¿Qué pasa con las redes sociales creadas por el representante?
Si están asociadas al nombre y a la imagen del artista, lo razonable es transferirlas. Conviene detallar cada cuenta con su usuario y establecer un plazo concreto para la entrega de credenciales y el cambio de correo de recuperación.
¿Y si el nombre artístico está registrado a nombre del mánager?
Debe pactarse la cesión de la marca y formalizarse ante el INDECOPI. Sin esa transferencia, el artista puede verse impedido de usar comercialmente su propio nombre artístico.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de convenio de terminación de contrato de representación artística y liquidación de cuentas
¿El modelo de convenio de terminación de contrato de representación artística y liquidación de cuentas es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/convenio-de-terminacion-de-contrato-de-representacion-artistica-y-liquidacion-de-cuentas/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de convenio de terminación de contrato de representación artística y liquidación de cuentas sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Contrato de Representación Artística y Management de Artista
Contrato para formalizar la relación entre un artista y su representante o manager, con comisión sobre contrataciones futuras, en el marco de la Ley N.° 28131 y la libertad contractual del Código Civil.
Contrato de Gira o Tour Nacional de Artista o Banda Musical
Contrato que regula honorarios, viáticos y logística de una gira con varias fechas y ciudades, conforme a la Ley N.° 28131 y las normas de prestación de servicios del Código Civil.
Contrato de Trabajo de Bailarín o Bailarina para Espectáculo
Contrato de trabajo que aplica el régimen laboral especial del artista intérprete de la Ley N.° 28131 a un bailarín o bailarina de espectáculo en vivo, supuesto no cubierto por el contrato genérico del catálogo.
Contrato de Actuación de Tributo o Imitador Artístico
Contrato que regula el uso del nombre artístico e imagen de un tercero con deslinde expreso de asociación o endoso, conforme al Decreto Legislativo N.° 822 sobre derecho de autor, para un espectáculo de tributo o imitación.
Contrato de Trabajo de Maestro de Ceremonias o Presentador de Eventos
Contrato de servicios que regula la labor de conducción, guion y protocolo de un maestro de ceremonias o presentador de eventos, distinto del contrato de DJ y animación ya existente en el catálogo.
Contrato de Cesión de Derechos Conexos del Artista Intérprete a Productor Fonográfico
Contrato de cesión de los derechos conexos del artista intérprete y ejecutante a un productor fonográfico, conforme al Decreto Legislativo N.° 822, distintos de los derechos de autor sobre la obra musical.
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