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Constitucional

Demanda de Hábeas Data (Acceso a Información Pública)

Protección del derecho de acceso a información pública y autodeterminación informativa (Art. 200 inc. 3 CPP / Art. 55-64 Ley 31307).

Actualizado al 2 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE HÁBEAS DATA

EXPEDIENTE: [NÚMERO_EXPEDIENTE]

ESCRITO N° 01
SUMILLA: DEMANDA DE HÁBEAS DATA

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO [CONSTITUCIONAL/CIVIL] DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_COMPLETO_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N° [NÚMERO_DNI], con domicilio real en [DIRECCIÓN_DOMICILIO_REAL], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO]; señalando domicilio procesal en [DIRECCIÓN_DOMICILIO_PROCESAL]; a Ud. respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Que, al amparo del artículo 200° inciso 3 de la Constitución Política del Perú de 1993, los artículos 55° al 64° de la Ley N° 31307 - Nuevo Código Procesal Constitucional, y en concordancia con el artículo 2° incisos 5 y 6 de la Constitución, interpongo demanda de Hábeas Data contra [FUNCIONARIO_O_ENTIDAD_DEMANDADA], a fin de que:

[OPCIÓN A - ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA]
Se me proporcione la información solicitada consistente en [DESCRIPCIÓN_DETALLADA_DE_LA_INFORMACIÓN_SOLICITADA], en ejercicio de mi derecho fundamental de acceso a la información pública consagrado en el artículo 2° inciso 5 de la Constitución.

[OPCIÓN B - AUTODETERMINACIÓN INFORMATIVA]
Se proceda a [ACTUALIZAR/RECTIFICAR/SUPRIMIR/IMPEDIR_SUMINISTRO] la información contenida en [BASE_DE_DATOS_O_REGISTRO], relativa a mi persona, en ejercicio de mi derecho a la autodeterminación informativa consagrado en el artículo 2° inciso 6 de la Constitución.

II. REQUISITO ESPECIAL DE PROCEDIBILIDAD

Conforme al artículo 56° de la Ley N° 31307, con fecha [FECHA_REQUERIMIENTO] se cursó documento de fecha cierta requiriendo a la parte demandada [ENTREGA_DE_INFORMACIÓN/RECTIFICACIÓN_DE_DATOS]. Transcurrido el plazo de diez días útiles sin obtener respuesta, o habiendo sido ésta insuficiente o denegatoria, queda habilitada la vía constitucional.

III. COMPETENCIA

Es competente el Juez Constitucional o Civil del lugar donde se afectó el derecho o donde tiene su domicilio principal el afectado, conforme al artículo 57° de la Ley N° 31307.

IV. FUNDAMENTOS DE HECHO

4.1. Con fecha [FECHA_SOLICITUD], el recurrente presentó solicitud de [ACCESO_A_INFORMACIÓN/RECTIFICACIÓN_DE_DATOS] ante [ENTIDAD_DEMANDADA], mediante [MEDIO_DE_PRESENTACIÓN].

4.2. La información solicitada consiste en [DESCRIPCIÓN_PRECISA_DE_LA_INFORMACIÓN], la cual [NO_CONTIENE_INFORMACIÓN_CONFIDENCIAL/ES_DE_CARÁCTER_PÚBLICO/AFECTA_DIRECTAMENTE_AL_RECURRENTE].

4.3. La entidad demandada [NO_RESPONDIÓ_DENTRO_DEL_PLAZO_LEGAL/DENEGÓ_LA_SOLICITUD_ARGUMENTANDO/PROPORCIONÓ_INFORMACIÓN_INCOMPLETA], vulnerando el derecho constitucional del recurrente.

4.4. [HECHOS_ADICIONALES_RELEVANTES]

4.5. Ante la renuencia de la demandada, se cursó requerimiento de fecha cierta con fecha [FECHA_REQUERIMIENTO], sin obtener respuesta satisfactoria.

V. FUNDAMENTOS DE DERECHO

5.1. Artículo 2° inciso 5 de la Constitución: Toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública.
5.2. Artículo 2° inciso 6 de la Constitución: Toda persona tiene derecho a que los servicios informáticos no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.
5.3. Artículo 200° inciso 3 de la Constitución: La garantía constitucional del Hábeas Data.
5.4. Artículos 55° al 64° de la Ley N° 31307 - Nuevo Código Procesal Constitucional.
5.5. Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Texto Único Ordenado aprobado por D.S. N° 021-2019-JUS.
5.6. Ley N° 29733 - Ley de Protección de Datos Personales (de ser aplicable).

VI. MEDIOS PROBATORIOS

6.1. Copia de la solicitud de información con su cargo de recepción.
6.2. Copia del requerimiento de fecha cierta con su cargo de recepción.
6.3. Copia de la respuesta denegatoria o incompleta, de existir.
6.4. [DOCUMENTOS_QUE_ACREDITAN_LA_VULNERACIÓN]
6.5. Demás medios probatorios que se ofrezcan oportunamente.

VII. ANEXOS

1-A. Copia del DNI del demandante.
1-B. Copia de la solicitud de información y cargo de recepción.
1-C. Copia del requerimiento previo de fecha cierta y cargo.
1-D. Copia de la respuesta denegatoria, de existir.
1-E. [OTROS_ANEXOS]

POR TANTO:

Solicito a Ud. Señor Juez admitir la presente demanda, y en su oportunidad declararla FUNDADA, ordenando a la parte demandada [PROPORCIONE_LA_INFORMACIÓN_SOLICITADA/RECTIFIQUE_LA_INFORMACIÓN_PERSONAL], con costas y costos del proceso.

OTROSÍ DIGO: Que, adjunto cédulas de notificación y aranceles judiciales de ley.

[CIUDAD], [FECHA_PRESENTACIÓN]


_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado
Reg. CAL N° [NÚMERO_COLEGIATURA]


_______________________________
[NOMBRE_COMPLETO_DEMANDANTE]
DNI N° [NÚMERO_DNI]

La demanda de hábeas data para acceso a información pública es el proceso constitucional que te permite obligar a una entidad del Estado a entregarte la información que solicitaste y que te negó, te entregó incompleta o simplemente ignoró. Cubre informes, expedientes, estudios, dictámenes, datos estadísticos, contratos y cualquier documento que la administración posea, en cualquier soporte. Es la garantía que hace real tu derecho a saber qué hace el Estado con los recursos de todos.

Quién la presenta y cuándo conviene usarla

La presenta cualquier persona, sin necesidad de explicar para qué quiere la información, porque el acceso a información pública es un derecho de todos. Conviene usarla cuando ya pediste la información por la vía administrativa y la entidad no respondió en el plazo legal, te la negó sin justificación válida o te entregó algo distinto a lo pedido. No procede cuando la información está legítimamente reservada por seguridad nacional, secreto bancario, tributario o datos protegidos por la intimidad de terceros, supuestos de excepción que la ley reconoce.

Base legal vigente 2026

El hábeas data está reconocido en el artículo 200 inciso 3 de la Constitución y protege los derechos del artículo 2 incisos 5 y 6. Se regula en el Código Procesal Constitucional (Ley 31307), artículos 61 al 65. El artículo 62 exige el requerimiento previo por documento de fecha cierta y otorga al funcionario diez días útiles para responder en materia de acceso a información pública. El marco sustantivo es la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Texto Único Ordenado aprobado por D.S. 021-2019-JUS.

Qué datos y documentos necesitas

  • Tus datos completos, DNI y domicilio procesal.
  • La solicitud de acceso a información pública presentada a la entidad, con cargo de recepción.
  • La negativa de la entidad o la constancia de que venció el plazo sin respuesta.
  • Descripción precisa de la información que solicitas.
  • Identificación de la entidad y del funcionario responsable de transparencia.
  • Firma de abogado.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Presenta primero tu solicitud de información a la entidad por mesa de partes o vía electrónica y guarda el cargo.
  2. Si no responde en diez días hábiles (prorrogables) o te niega la información, queda habilitada la vía.
  3. Redacta la demanda detallando la información pedida y adjuntando el requerimiento previo.
  4. Preséntala ante el Juez Civil o Juzgado Constitucional competente. El proceso es gratuito y de tramitación urgente.
  5. El juez corre traslado a la entidad y, de ser fundada la demanda, ordena la entrega bajo apercibimiento.
  6. Si la sentencia es adversa, apela y, de ser necesario, acude al Tribunal Constitucional mediante recurso de agravio.

Errores comunes a evitar

  • Demandar sin haber presentado antes la solicitud administrativa de información.
  • Pedir información que ya está legítimamente clasificada como reservada o secreta.
  • No conservar el cargo de la solicitud previa, que acredita el requerimiento.
  • Solicitar que la entidad elabore documentos nuevos; el derecho cubre información existente, no su producción.

¿Tengo que explicar por qué quiero la información?

No. La Ley 27806 y el artículo 2 inciso 5 de la Constitución reconocen el acceso sin necesidad de expresar causa o interés; basta que sea información pública no exceptuada.

¿Cuánto tiempo tiene la entidad para responder mi pedido inicial?

Diez días hábiles, prorrogables por motivos justificados, conforme al TUO de la Ley 27806; recién vencido ese plazo o con la negativa procede el hábeas data según el artículo 62.

¿Es gratuito el proceso?

Sí, el hábeas data no exige tasas judiciales. Solo el costo de reproducción de los documentos puede ser cobrado por la entidad, y debe limitarse al gasto real de copiado.

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Cómo presentar demanda de hábeas data (acceso a información pública): paso a paso

  1. Identifica el derecho fundamental afectado. Determina qué derecho recoge la Constitución (Art. 2 o concordantes) ha sido vulnerado o amenazado: libertad, trabajo, información, igualdad, propiedad, entre otros.
  2. Verifica el plazo para interponer la acción. El amparo tiene 60 días hábiles desde la afectación (Art. 45 NCPCons, Ley 31307). El habeas corpus no tiene plazo. El habeas data tiene 60 días hábiles desde la respuesta o silencio de la entidad requerida.
  3. Agota la vía previa si corresponde. Para el amparo debes agotar la vía previa administrativa o judicial salvo las excepciones del Art. 46 NCPCons (urgencia, irreparabilidad, jurisprudencia vinculante del TC).
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa el acto lesivo con fecha exacta, la entidad o persona responsable, el derecho afectado y la pretensión que pides al juez.
  5. Presenta la demanda ante el juzgado. El amparo y el habeas data se presentan ante el Juzgado Civil de turno. El habeas corpus ante cualquier juez penal. Adjunta copias del acto lesivo y pruebas del perjuicio.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de hábeas data (acceso a información pública)

¿El modelo de demanda de hábeas data (acceso a información pública) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-habeas-data-acceso-a-informacion-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de hábeas data (acceso a información pública) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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