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Familia

Demanda de Invalidez del Matrimonio por Bigamia

Modelo de demanda de nulidad del segundo matrimonio celebrado por casado, por la causal de bigamia, conforme al Art. 274 inc. 3 del Código Civil y Art. 480 del CPC.

Actualizado al 22 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE INVALIDEZ DEL MATRIMONIO POR BIGAMIA

SUMILLA: INTERPONGO DEMANDA DE NULIDAD DE MATRIMONIO POR BIGAMIA

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DEMANDANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], con casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA], ante usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO

Interpongo demanda de INVALIDEZ (NULIDAD) DEL MATRIMONIO por la causal de bigamia, contra [NOMBRE_DEMANDADO_UNO], con DNI N° [DNI_DEMANDADO_UNO], y contra [NOMBRE_DEMANDADO_DOS], con DNI N° [DNI_DEMANDADO_DOS], a fin de que su despacho declare nulo el matrimonio celebrado entre ambos el [FECHA_SEGUNDO_MATRIMONIO] ante la Municipalidad de [MUNICIPALIDAD], por haberse contraído estando uno de ellos casado, y ordene la cancelación de la inscripción ante el RENIEC.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. [NOMBRE_CONYUGE_BIGAMO] contrajo un primer matrimonio con [NOMBRE_PRIMER_CONYUGE] el [FECHA_PRIMER_MATRIMONIO] ante la Municipalidad de [MUNICIPALIDAD_PRIMERA], vínculo que se encontraba vigente y no disuelto.

2. Sin que dicho vínculo hubiera fenecido por divorcio, muerte o invalidez, [NOMBRE_CONYUGE_BIGAMO] contrajo un segundo matrimonio con [NOMBRE_SEGUNDO_CONYUGE] el [FECHA_SEGUNDO_MATRIMONIO].

3. La existencia de ambos matrimonios consta en las partidas que adjunto, lo que evidencia la bigamia.

4. Tengo legítimo interés para demandar en mi calidad de [CONDICION_DEMANDANTE].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El Art. 274 inciso 3 del Código Civil sanciona con nulidad el matrimonio del casado, es decir, el contraído por quien tenía un vínculo matrimonial subsistente al momento de la celebración.

2. La acción de nulidad por esta causal puede ser interpuesta por quienes tienen legítimo interés y por el Ministerio Público, sin que el transcurso del tiempo convalide el acto.

3. El Art. 480 del Código Procesal Civil dispone que las pretensiones de invalidez del matrimonio se tramitan en la vía del proceso de conocimiento, con intervención del Ministerio Público.

IV. MEDIOS PROBATORIOS

1. Partida del primer matrimonio.
2. Partida del segundo matrimonio.
3. Constancia de que el primer vínculo no fue disuelto.
4. [OTROS_MEDIOS_PROBATORIOS].

V. ANEXOS

Acompaño los anexos 1-A copia de mi DNI, 1-B partida del primer matrimonio, 1-C partida del segundo matrimonio y 1-D arancel judicial.

POR TANTO:
A usted, señor Juez, pido admitir la demanda y declarar la nulidad del segundo matrimonio por bigamia.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________________
[NOMBRE_DEMANDANTE]
DNI N° [DNI_DEMANDANTE]

_______________________________
[NOMBRE_ABOGADO]
Abogado - CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]

La demanda de invalidez del matrimonio por bigamia es la acción judicial que busca declarar nulo el segundo matrimonio de una persona que ya estaba casada y cuyo vínculo anterior seguía vigente. La ley peruana solo admite un matrimonio a la vez, así que casarse de nuevo sin haber disuelto el primero es causa de nulidad. La sentencia declara que ese segundo matrimonio nunca debió producir efectos, protegiendo el orden público familiar y los derechos del cónyuge de buena fe.

Quién la presenta y cuándo conviene

Pueden demandarla quienes tengan legítimo interés, el Ministerio Público y, en algunos casos, el juez puede declararla de oficio cuando la nulidad es manifiesta. En la práctica la presenta el cónyuge del primer matrimonio, el cónyuge engañado del segundo, o un heredero afectado. Conviene actuar apenas tomas conocimiento de la bigamia, sobre todo si eres el segundo cónyuge de buena fe, porque la ley te da un plazo de caducidad y, si lo dejas pasar, tu propio matrimonio puede convalidarse.

Base legal peruana

El Art. 274 inciso 3 del Código Civil declara nulo el matrimonio del casado. El mismo artículo prevé un supuesto especial: si el primer cónyuge del bígamo murió o el primer matrimonio fue invalidado o disuelto por divorcio antes de iniciar el proceso, el segundo matrimonio puede convalidarse. El cónyuge del bígamo que actuó de buena fe puede demandar la invalidez dentro del plazo de un año desde que conoció la bigamia; vencido ese año sin demandar, su derecho caduca. La acción de nulidad, por proteger el orden público, no caduca para el Ministerio Público ni para quienes tengan interés directo distinto del cónyuge de buena fe.

Qué datos y documentos necesitas

  • Partida del primer matrimonio, que prueba el vínculo anterior vigente.
  • Partida del segundo matrimonio, cuya nulidad solicitas.
  • Datos completos del bígamo y de ambos cónyuges.
  • Prueba de que el primer matrimonio no se había disuelto al celebrarse el segundo.
  • La fecha en que tomaste conocimiento de la bigamia, para acreditar que estás dentro del plazo.
  • Si reclamas buena fe, elementos que demuestren que desconocías el matrimonio previo.

Cómo presentarla paso a paso

  1. Reúne las dos partidas de matrimonio y verifica que el primero seguía vigente al celebrarse el segundo.
  2. Confirma que estás dentro del plazo de un año si demandas como cónyuge de buena fe.
  3. Redacta la demanda invocando el Art. 274 inciso 3, identificando a las partes y los hechos.
  4. Preséntala ante el Juzgado de Familia competente, en proceso de conocimiento y con firma de abogado.
  5. El Ministerio Público interviene obligatoriamente en defensa de la legalidad del vínculo.
  6. Tras la actuación de pruebas, el juez emite sentencia y se inscribe la nulidad en los registros civiles.

Errores comunes a evitar

  • Demandar como segundo cónyuge de buena fe después de pasado el año de caducidad.
  • No probar que el primer matrimonio estaba vigente al momento del segundo.
  • Confundir nulidad con divorcio: la bigamia es causa de invalidez, no de divorcio.
  • Ignorar la situación de los hijos, que conservan derechos pese a la nulidad del matrimonio.
  • Olvidar que el matrimonio del bígamo puede convalidarse si el primer vínculo terminó antes del proceso.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con los hijos del matrimonio bígamo?

Los hijos conservan su filiación y sus derechos. La invalidez del matrimonio no los perjudica, pues la ley peruana protege al hijo con independencia de la validez del vínculo entre sus padres, aplicando el principio del interés superior del niño.

Si me casé sin saber que mi pareja ya estaba casada, ¿pierdo todo?

No. El cónyuge de buena fe está protegido. Conserva los efectos civiles del matrimonio como si fuera válido respecto de él y de los hijos, conforme al régimen del matrimonio putativo del Art. 284 del Código Civil, además de poder reclamar daños.

¿Hasta cuándo puedo demandar la nulidad?

El cónyuge de buena fe tiene un año desde que conoció la bigamia, según el Art. 274 inciso 3. El Ministerio Público y quienes tengan legítimo interés pueden demandar la nulidad sin ese plazo, por tratarse de una cuestión de orden público.

¿El segundo matrimonio puede volverse válido?

Sí, excepcionalmente. El Art. 274 inciso 3 prevé que si el primer cónyuge murió o el primer matrimonio se disolvió por divorcio o invalidez antes de iniciarse el proceso de nulidad, el segundo matrimonio queda convalidado.

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Cómo presentar demanda de invalidez del matrimonio por bigamia: paso a paso

  1. Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
  2. Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
  3. Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
  5. Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).

Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de invalidez del matrimonio por bigamia

¿El modelo de demanda de invalidez del matrimonio por bigamia es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-invalidez-del-matrimonio-por-bigamia/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de invalidez del matrimonio por bigamia sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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