Demanda de Liquidación de Pensiones de Alimentos Devengadas
Demanda para liquidar las pensiones de alimentos vencidas e impagas, conforme al Art. 568 del Código Procesal Civil, el Art. 96 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) y el Art. 472 del Código Civil.
Actualizado al 21 de junio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SOLICITO LIQUIDACIÓN DE PENSIONES DE ALIMENTOS DEVENGADAS EXPEDIENTE N°: [NUMERO_EXPEDIENTE] ESPECIALISTA LEGAL: [NOMBRE_ESPECIALISTA] CUADERNO: PRINCIPAL SUMILLA: SOLICITO SE PRACTIQUE LIQUIDACIÓN DE PENSIONES ALIMENTICIAS DEVENGADAS SEÑOR JUEZ DEL [JUZGADO] DE PAZ LETRADO DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N° [DNI_DEMANDANTE], en representación de mi menor hijo(a) [NOMBRE_ALIMENTISTA], con domicilio real en [DIRECCION_DEMANDANTE] y domicilio procesal en la casilla electrónica N° [CASILLA_ELECTRONICA] del Sistema de Notificaciones del Poder Judicial, en los seguidos contra [NOMBRE_DEMANDADO] sobre alimentos, a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Solicito que su Despacho ordene se practique la LIQUIDACIÓN DE LAS PENSIONES DE ALIMENTOS DEVENGADAS E IMPAGAS adeudadas por el demandado [NOMBRE_DEMANDADO], correspondientes al periodo comprendido entre [FECHA_INICIO] y [FECHA_FIN], y que una vez aprobada se requiera el pago bajo apercibimiento de ejecución forzada. II. FUNDAMENTOS DE HECHO PRIMERO. Por sentencia de fecha [FECHA_SENTENCIA], su Despacho fijó a favor del alimentista una pensión mensual de S/ [MONTO_PENSION] (o el [PORCENTAJE] por ciento de la remuneración del obligado), la cual quedó consentida y con calidad de cosa juzgada. SEGUNDO. El demandado ha incumplido el pago de las pensiones desde [FECHA_INICIO_DEUDA], acumulando [NUMERO_MESES] mensualidades impagas a la fecha de la presente solicitud. TERCERO. La pensión de alimentos se devenga mes a mes y su falta de pago genera un derecho líquido y exigible a favor del alimentista que debe ser cuantificado por el Juzgado. III. LIQUIDACIÓN PROPUESTA Periodo: de [FECHA_INICIO] a [FECHA_FIN]. Número de mensualidades adeudadas: [NUMERO_MESES]. Pensión mensual: S/ [MONTO_PENSION]. Total de capital devengado: S/ [MONTO_TOTAL_DEVENGADO]. Intereses legales conforme al Art. 1242 y siguientes del Código Civil: S/ [MONTO_INTERESES]. TOTAL ADEUDADO: S/ [MONTO_TOTAL]. IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO Art. 568 del Código Procesal Civil, que regula la liquidación de las pensiones devengadas y faculta al Juez a aprobarla previo traslado al obligado. Art. 96 del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337), que atribuye competencia al Juez de Paz Letrado en las demandas de alimentos. Art. 472 del Código Civil, que define los alimentos como lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación y salud del alimentista. Art. 566 del Código Procesal Civil, sobre la oportunidad de pago de las pensiones. V. MEDIOS PROBATORIOS 1. Copia de la sentencia consentida que fija la pensión. 2. Reporte de pagos y depósitos judiciales que acredita la falta de pago. 3. Hoja de cálculo de la liquidación que se adjunta. POR TANTO: Pido a usted, señor Juez, aprobar la liquidación de pensiones devengadas y requerir el pago al demandado bajo apercibimiento de ejecución forzada y de remitir copias al Ministerio Público. OTROSÍ DIGO: Adjunto los anexos ofrecidos y señalo como cuenta de abono la N° [NUMERO_CUENTA]. [CIUDAD], [FECHA]. _______________________________ [NOMBRE_DEMANDANTE] DNI N° [DNI_DEMANDANTE] _______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado, Reg. CAL N° [NUMERO_COLEGIATURA]
La liquidación de pensiones de alimentos devengadas es el pedido con el que el alimentista calcula y reclama las cuotas que el obligado dejó de pagar dentro de un proceso de alimentos ya resuelto. Se trata de poner número exacto a la deuda acumulada, mes por mes, con sus intereses, para luego exigir su cobro. Es el paso previo a la ejecución forzada y, de ser el caso, a la denuncia por omisión a la asistencia familiar.
Cuándo usarla
La usas cuando ya tienes una sentencia o acta de conciliación que fijó la pensión y el obligado no cumplió, total o parcialmente. Reúnes las cuotas impagas, las sumas y presentas la liquidación al juzgado para que la apruebe. Es indispensable cuando quieres embargar, rematar bienes o iniciar la vía penal, porque el monto adeudado debe estar liquidado y aprobado por el juez.
Base legal
El artículo 568 del Código Procesal Civil regula la liquidación de pensiones devengadas. Concluido el proceso, sobre la base de la propuesta de las partes, el secretario o especialista practica la liquidación de las pensiones e intereses, computados desde el día siguiente de notificada la demanda. De la liquidación se corre traslado al obligado por un plazo de tres días para que la observe, y con su respuesta o sin ella el juez resuelve. La obligación alimentaria y sus intereses se rigen por los artículos 472 y siguientes del Código Civil.
Cómo rellenarla bien
- Identifica con precisión el expediente, la sentencia o acta y el monto mensual fijado.
- Detalla la liquidación cuota por cuota, indicando los meses adeudados y los pagos parciales que sí hubo.
- Calcula los intereses legales sobre cada cuota vencida, porque la deuda alimentaria los genera.
- Adjunta los documentos que prueben los depósitos faltantes o incompletos.
Errores comunes
El error más común es liquidar mal el periodo, contando meses ya pagados o empezando desde una fecha equivocada, lo que da pie a que el obligado observe la liquidación y se demore todo. Otro error es olvidar los intereses, con lo que reclamas menos de lo que te corresponde. Tampoco conviene saltarte el traslado de tres días al obligado, porque sin ese paso la liquidación puede ser cuestionada después.
Preguntas frecuentes
Desde cuándo se cuentan las pensiones devengadas? Por regla del artículo 568, desde el día siguiente de notificada la demanda de alimentos, considerando lo ocurrido en la asignación anticipada.
Puedo cobrar intereses sobre lo adeudado? Sí, la liquidación incluye los intereses legales sobre cada cuota vencida e impaga.
Qué hago después de aprobada la liquidación? Puedes pedir el requerimiento de pago, el embargo y, si persiste el incumplimiento, la denuncia por omisión a la asistencia familiar.
Cómo presentar demanda de liquidación de pensiones de alimentos devengadas: paso a paso
- Reúne los documentos de vínculo. Obtén la partida de nacimiento del menor, partida de matrimonio o declaración judicial de unión de hecho, copia de DNI de las partes y pruebas del vínculo familiar.
- Acredita los ingresos del demandado. Consigue boletas de pago, contrato de trabajo, consulta RUC en SUNAT, extractos bancarios o cualquier documento que demuestre la capacidad económica del obligado.
- Identifica el juzgado competente. Alimentos de menores van al Juzgado de Paz Letrado (proceso único, Art. 164 CNA). Tenencia, régimen de visitas y divorcio van al Juzgado de Familia del domicilio del demandante.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, llena los campos entre corchetes con datos reales: nombres, DNI, fechas, pretensiones y hechos concretos del caso.
- Presenta la demanda con sus anexos. Ingresa el escrito con todos los anexos en la mesa de partes del juzgado o por la MPE del Poder Judicial. Las demandas de alimentos no pagan tasa judicial (Art. 562 CPC).
Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de liquidación de pensiones de alimentos devengadas
¿El modelo de demanda de liquidación de pensiones de alimentos devengadas es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-liquidacion-de-pensiones-de-alimentos-devengadas/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de demanda de liquidación de pensiones de alimentos devengadas sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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