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Penitenciario

Demanda de Régimen de Visitas para que el Hijo Menor Visite al Padre o Madre Recluido en un Penal

Demanda ante el Juzgado de Familia para fijar un régimen de visitas que permita al hijo menor visitar a su padre o madre privado de libertad, cuando quien tiene la tenencia se niega, al amparo de los Arts. 88 y ss. del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) y la Ley 30466.

Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DEMANDA DE RÉGIMEN DE VISITAS (PROGENITOR PRIVADO DE LIBERTAD)

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE FAMILIA DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE_DEMANDANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEMANDANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_REAL] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], a usted respetuosamente digo:

I. NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL DEMANDADO
Interpongo demanda contra [NOMBRE_DEMANDADO], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DEMANDADO], con domicilio en [DOMICILIO_DEMANDADO], quien ejerce la tenencia de nuestro(a) hijo(a).

II. PETITORIO
Solicito se fije un RÉGIMEN DE VISITAS a favor del progenitor [NOMBRE_PROGENITOR_INTERNO], recluido en el Establecimiento Penitenciario [ESTABLECIMIENTO_PENITENCIARIO], para que su hijo(a) menor [NOMBRE_MENOR], de [EDAD_MENOR] años, pueda visitarlo(a) conforme al rol de visitas del penal, acompañado(a) por [NOMBRE_ACOMPANANTE], con la periodicidad de [PERIODICIDAD].

III. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. El(la) menor [NOMBRE_MENOR] es hijo(a) de [NOMBRE_PROGENITOR_INTERNO] y de [NOMBRE_DEMANDADO], como consta en la partida de nacimiento.
2. El progenitor se encuentra privado de libertad en el citado establecimiento desde [FECHA_RECLUSION]; sin embargo, la reclusión no extingue su derecho ni el del menor a mantener el vínculo afectivo.
3. La parte demandada, que ejerce la tenencia, se niega a llevar al menor a las visitas, privándolo del contacto con su padre/madre, en perjuicio de su desarrollo emocional.
4. La visita se realizaría en días y horarios del rol del penal, en condiciones seguras y acompañado por un adulto responsable.

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículos 88 y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes (Ley N.° 27337), que reconocen el derecho del menor a mantener relación con el progenitor con quien no convive y a que se fije un régimen de visitas.
- Ley N.° 30466, que establece parámetros y garantías para la consideración primordial del interés superior del niño.
- Artículo 4 de la Constitución Política del Perú, sobre la protección de la familia y del niño.

V. MONTO DEL PETITORIO: Por su naturaleza, la pretensión es inapreciable en dinero.
VI. VÍA PROCEDIMENTAL: Proceso único, conforme al Código de los Niños y Adolescentes.
VII. MEDIOS PROBATORIOS: (i) partida de nacimiento del menor; (ii) constancia de reclusión del progenitor; (iii) documentos que acrediten la negativa a las visitas; (iv) declaración de parte.

POR TANTO:
A usted, señor Juez, pido admitir la demanda y, en su oportunidad, fijar el régimen de visitas solicitado en atención al interés superior del niño.

OTROSÍ DIGO: Adjunto los anexos y copias de ley.

[LUGAR], [FECHA].

______________________________
[NOMBRE_DEMANDANTE]
DNI N.° [DNI_DEMANDANTE]

______________________________
ABOGADO - REG. CAL N.° [NUMERO_COLEGIATURA]

Cuándo usar este modelo

Usa esta demanda cuando el padre o la madre está recluido en un penal y quien tiene la tenencia del hijo se niega a llevarlo a visitarlo. La privación de libertad no extingue el derecho del niño a mantener el vínculo: los artículos 88 y siguientes del Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337) permiten fijar judicialmente un régimen de visitas, y la Ley 30466 obliga a decidir según el interés superior del niño. Se presenta ante el Juzgado de Familia.

Qué datos necesitas

  • Datos del demandante, del demandado que ejerce la tenencia y del menor.
  • Partida de nacimiento que acredite la filiación con el progenitor interno.
  • Establecimiento penitenciario y constancia de reclusión del progenitor.
  • Pruebas de la negativa a llevar al menor a las visitas.
  • Adulto que acompañará al niño y periodicidad propuesta.

Paso a paso

  1. Reúne la partida de nacimiento y la constancia de reclusión del progenitor.
  2. Documenta la negativa de quien tiene la tenencia (mensajes, cartas, testigos).
  3. Completa la demanda precisando el régimen y el acompañante propuestos.
  4. Presenta la demanda ante el Juzgado de Familia con firma de abogado.
  5. Sigue el proceso único y participa en las diligencias que fije el juzgado.

Errores comunes

  • Proponer visitas fuera del rol o de las condiciones de seguridad del penal.
  • No adjuntar la partida de nacimiento ni la constancia de reclusión.
  • Confundir esta demanda con la autorización de ingreso del menor, que es un trámite administrativo distinto.

Preguntas frecuentes

¿El niño puede visitar a un padre preso? Sí. El interés superior del niño y el Código de los Niños y Adolescentes protegen el vínculo, siempre que la visita se realice en condiciones seguras y con acompañamiento.

¿Quién puede demandar? El progenitor interno o la persona que promueva la relación del menor con él; el juez decide en función del bienestar del niño.

¿El juez puede ordenar visitas supervisadas? Sí. Puede fijar condiciones, acompañamiento y periodicidad para proteger al menor sin cortar el vínculo familiar.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de demanda de régimen de visitas para que el hijo menor visite al padre o madre recluido en un penal

¿El modelo de demanda de régimen de visitas para que el hijo menor visite al padre o madre recluido en un penal es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/demanda-de-regimen-de-visitas-para-que-el-hijo-menor-visite-al-padre-o-madre-recluido-en-un-penal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de demanda de régimen de visitas para que el hijo menor visite al padre o madre recluido en un penal sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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