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Penal

Denuncia Penal por Acoso Sexual

Denuncia penal por el delito de acoso sexual, tipificado en el Art. 176-B del Código Penal (D.Leg. 1410, modificado por la Ley 32169), incluido el acoso sexual por medios tecnológicos.

Actualizado al 27 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DENUNCIA PENAL POR DELITO DE ACOSO SEXUAL

SUMILLA: FORMULO DENUNCIA PENAL POR EL DELITO DE ACOSO SEXUAL (ART. 176-B CP).

SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE [DISTRITO_FISCAL]:

[NOMBRE_DENUNCIANTE], identificado con DNI [DNI_DENUNCIANTE], con domicilio real en [DOMICILIO_DENUNCIANTE] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], con número de celular [CELULAR_DENUNCIANTE], ante usted respetuosamente digo:

I. IDENTIFICACIÓN DEL DENUNCIADO
Formulo denuncia penal contra [NOMBRE_DENUNCIADO], identificado con DNI [DNI_DENUNCIADO], con domicilio en [DOMICILIO_DENUNCIADO], por la presunta comisión del delito de acoso sexual en mi agravio.

II. PETITORIO
Solicito que se disponga el inicio de las diligencias preliminares, se reciba mi declaración y la de los testigos, se adopten las medidas de protección que correspondan y oportunamente se formalice la investigación preparatoria contra el denunciado por el delito de acoso sexual previsto en el Art. 176-B del Código Penal.

III. FUNDAMENTOS DE HECHO
Desde el [FECHA_INICIO_ACOSO], el denunciado, sin mi consentimiento y con fines de connotación sexual, ha realizado los siguientes actos de vigilancia, persecución, hostigamiento y asedio en mi contra: [DESCRIPCION_ACTOS_DE_ACOSO_SEXUAL].

El denunciado ha buscado de forma reiterada establecer contacto y cercanía conmigo para llevar a cabo actos de connotación sexual, lo que me ha generado temor, angustia y afectación a mi tranquilidad y libertad.

Asimismo, el denunciado se ha válido de tecnologías de la información para acosarme, enviando mensajes y contenido de connotación sexual a través de [MEDIO_TECNOLOGICO_USADO].

IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El Art. 176-B del Código Penal, incorporado por el Decreto Legislativo 1410 y modificado por la Ley 32169, sanciona a quien de cualquier forma vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona, sin su consentimiento, para llevar a cabo actos de connotación sexual, con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años e inhabilitación según el Art. 36 CP.

La misma norma aplica igual pena a quien comete la conducta valiéndose del uso de cualquier tecnología de la información o de la comunicación u otro medio tecnológico. La norma prevé agravantes cuando la víctima es dependiente del agente, menor de edad o cuando media relación laboral o educativa.

V. MEDIOS PROBATORIOS
1. Capturas de pantalla de los mensajes de connotación sexual.
2. Registro de llamadas, audios y comunicaciones del denunciado.
3. Declaración de los testigos [NOMBRES_TESTIGOS].
4. Evaluación psicológica de la afectación, de ser necesaria.

VI. ANEXOS
1-A: Copia del DNI del denunciante.
1-B: Capturas e impresiones de los mensajes y comunicaciones.
1-C: Documentos y registros de los hechos descritos.

POR TANTO:
A usted, señor Fiscal, pido admitir la presente denuncia, disponer las diligencias correspondientes y las medidas de protección a mi favor.

[CIUDAD], [FECHA_PRESENTACION].

_______________________________
[NOMBRE_DENUNCIANTE]
DNI [DNI_DENUNCIANTE]

La denuncia penal por acoso sexual es el escrito con el que denuncias que una persona, sin tu consentimiento, realizó de forma reiterada actos de connotación sexual (mensajes, tocamientos no consentidos, propuestas, persecución con fines sexuales) que afectaron tu dignidad o tu desarrollo normal. Cubre el acoso presencial y el acoso sexual digital, por chats, redes o correos.

Base legal vigente

El delito de acoso sexual está tipificado en el artículo 176-B del Código Penal, incorporado por el Decreto Legislativo 1410 (publicado en 2018), que sanciona a quien, de cualquier forma, vigila, persigue, hostiga, asedia o busca establecer contacto o cercanía con una persona, sin su consentimiento, para llevar a cabo actos de connotación sexual. La norma prevé agravantes, por ejemplo cuando la víctima es menor de edad, adulta mayor, persona con discapacidad o cuando el acoso se realiza mediante tecnologías de la información. Se distingue del acoso simple del artículo 151-A porque aquí hay finalidad sexual.

Cuándo usarlo

Úsalo cuando recibas insinuaciones, mensajes o conductas sexuales no deseadas y reiteradas, sea en la calle, el trabajo, el centro de estudios o por medios digitales. No esperes a que la situación escale: el patrón reiterado es clave y la prueba se acumula con el tiempo.

Cómo rellenarlo bien

  • Describe cada episodio con fecha, hora, lugar o plataforma, mostrando la reiteración.
  • Conserva y adjunta capturas de pantalla, mensajes, audios y datos de testigos.
  • Precisa la connotación sexual de la conducta, que es lo que diferencia este delito del acoso simple.
  • Indica si concurre una agravante (menor de edad, medios digitales, relación de autoridad).

Errores comunes

Borrar los mensajes o eliminar al acosador antes de capturar la evidencia. Sin la prueba digital, la investigación se debilita. Otro error es no marcar la reiteración o la finalidad sexual, lo que puede llevar a calificar el hecho como acoso simple del artículo 151-A. Recuerda además que el acoso sexual laboral tiene una vía administrativa propia, que puede correr en paralelo a la penal.

Preguntas frecuentes

¿El acoso por WhatsApp o redes cuenta?

Sí. El acoso sexual por medios digitales está expresamente contemplado y suele constituir una agravante.

¿Cuál es la diferencia con el acoso del artículo 151-A?

El acoso sexual (176-B) tiene finalidad de connotación sexual. El acoso simple (151-A) no exige ese componente sexual.

¿Puedo denunciar acoso sexual en el trabajo?

Sí. Puedes seguir la vía penal y, a la vez, el procedimiento administrativo de hostigamiento sexual ante tu empleador y la autoridad de trabajo.

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Cómo presentar denuncia penal por acoso sexual: paso a paso

  1. Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
  2. Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
  3. Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
  5. Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia penal por acoso sexual

¿El modelo de denuncia penal por acoso sexual es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-penal-por-acoso-sexual/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de denuncia penal por acoso sexual sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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