Denuncia Penal por Estafa
Modelo Word de denuncia penal por estafa, estafa agravada, falsedad y engaño en Perú. Art. 196 del Código Penal (estafa) y Art. 196-A (estafa agravada con pena de hasta 8 años). Incluye solicitud de diligencias preliminares.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
El archivo .docx se genera en tu propio navegador, sin enviarse a nuestros servidores. Abrelo en Word, Google Docs o LibreOffice y reemplaza los campos resaltados en amarillo con tus datos.
SEÑOR FISCAL DE LA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL [CORPORATIVA / ESPECIALIZADA] DE [CIUDAD]
[NOMBRE_DENUNCIANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_DENUNCIANTE], con domicilio en [DOMICILIO_DENUNCIANTE], distrito de [DISTRITO], provincia y departamento de [CIUDAD]; a Ud. respetuosamente digo:
I. DATOS DEL DENUNCIADO
Nombre completo : [NOMBRE_DENUNCIADO]
DNI : [DNI_DENUNCIADO]
Domicilio : [DOMICILIO_DENUNCIADO]
Teléfono : [TELÉFONO]
II. HECHOS MATERIA DE DENUNCIA
Con fecha [FECHA_HECHO], el denunciado [NOMBRE_DENUNCIADO] me indujo a error mediante [ENGAÑO / ARDID / ASTUCIA], haciéndome creer que [DESCRIPCIÓN DEL ENGAÑO: era propietario del bien / tenía las facultades para contratar / el servicio/producto existía], con la finalidad de procurar para sí un provecho económico ilícito.
En mérito a dicha inducción al error, realicé [UN PAGO / UNA TRANSFERENCIA / UNA ENTREGA DE BIENES] por la suma de S/ [MONTO] ([MONTO_EN_LETRAS] soles), conforme acrédito con [VOUCHER DE DEPÓSITO / COMPROBANTE DE PAGO / CONTRATO].
Posteriormente, tomé conocimiento de que [EL DENUNCIADO NO ERA EL PROPIETARIO / EL BIEN NO EXISTÍA / EL SERVICIO NUNCA SE IBA A PRESTAR / LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS ERAN FALSOS].
Pese a mis múltiples requerimientos, el denunciado no ha devuelto el dinero ni ha cumplido con [LA OBLIGACIÓN PACTADA], configurándose el delito de ESTAFA previsto en el artículo 196° del Código Penal.
III. CALIFICACIÓN JURÍDICA
Los hechos descritos configuran el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, que establece: "El que procura para sí o para otro un provecho ilícito en perjuicio de tercero, induciendo o manteniendo en error al agraviado mediante engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de seis años."
[Si corresponde: AGRAVANTE del Art. 196-A CP: estafa agravada por uso de documentos falsos / en perjuicio de múltiples personas / por persona que ejerce función pública.]
IV. DILIGENCIAS PRELIMINARES SOLICITADAS
1. Recibir la declaración del denunciante.
2. Tomar la manifestación del denunciado.
3. Requerir al [BANCO / ENTIDAD] los registros de la transferencia N.° [NÚMERO].
4. Pericia documentológica de los documentos presentados por el denunciado.
5. Investigar el patrimonio del denunciado para futuras medidas cautelares.
V. PRETENSIÓN REPARADORA
El monto del daño causado asciende a S/ [MONTO], más los daños morales y gastos ocasionados.
ANEXOS
- Copia de DNI del denunciante.
- [COMPROBANTE DE PAGO / VOUCHER / CONTRATO].
- [DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL DENUNCIADO].
- [OTROS DOCUMENTOS DE CARGO].
[CIUDAD], [FECHA]
_________________________
DENUNCIANTE
[NOMBRE_DENUNCIANTE]
DNI: [DNI_DENUNCIANTE]
Cuándo usar este modelo
Usa esta denuncia cuando alguien te causó daño patrimonial valiéndose de engaño, ardid o falsa representación de la realidad. La estafa tipificada en el Art. 196 del Código Penal exige cuatro elementos: engaño bastante por parte del agente, error en la víctima, disposición patrimonial perjudicial y nexo causal entre el engaño y el daño. Casos típicos: venta de vehículo con papeles falsos, cobro de dinero por servicio que nunca se prestó, esquemas piramidales, falsa promesa de inversión, suplantación de identidad para acceder a tu dinero.
Pena que se aplica
La estafa simple del Art. 196 CP tiene pena privativa de libertad no menor de 1 ni mayor de 6 años. Las formas agravadas del Art. 196-A (estafa en agravio de menores de edad, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o adulto mayor; con participación de dos o más personas; en agravio de pluralidad de víctimas; con ocasión de compraventa de vehículos motorizados o bienes inmuebles; para sustraer o acceder a datos de tarjetas de ahorro o de crédito; con aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de la víctima; o mediante manipulación de voz, imagen, audio o movimiento corporal con inteligencia artificial) tienen pena de 4 a 8 años. 200 días-multa). La reparación civil es independiente y se discute en el mismo proceso.
Dónde se presenta
Ante la Fiscalía Provincial Penal del lugar donde se cometió el delito o donde se produjo el resultado. Puedes presentarla por escrito directamente en mesa de partes de la Fiscalía o, alternativamente, en la Comisaría PNP más cercana, que la deriva a la Fiscalía competente. La denuncia puede presentarla la víctima, su representante legal o cualquier persona que tenga conocimiento del hecho (Art. 326 CPP). No requiere abogado para presentar la denuncia inicial, aunque su asistencia es recomendable.
Documentos a anexar
- Copia simple de tu DNI.
- Datos del denunciado: nombre completo, DNI o RUC, domicilio conocido, número de teléfono, redes sociales (cualquier dato que permita ubicarlo).
- Pruebas del engaño: contratos, correos, mensajes de WhatsApp, comprobantes, capturas de pantalla, audios.
- Pruebas del perjuicio patrimonial: voucher de transferencia, recibo de pago, factura, depósito bancario.
- Testigos: nombres y direcciones de personas que presenciaron los hechos.
- Cualquier documento que acredite la falsedad del bien o servicio (peritaje, constancia oficial, etc.).
Plazos de prescripción
El plazo ordinario de prescripción equivale al máximo de la pena privativa de libertad del delito (Art. 80 CP), con un mínimo de 2 años. Para la estafa simple (pena máxima 6 años): prescribe a los 6 años desde que se cometió. Plazo extraordinario (Art. 83 CP): se suma a ese plazo la mitad, es decir, 9 años en total para la estafa simple. Para la estafa agravada con pena máxima 8 años: prescripción ordinaria 8 años, extraordinaria 12 años.
Reparación civil
En la denuncia debes constituirte como actor civil para pedir reparación. La reparación civil incluye restitución del bien o el dinero, indemnización por daños y perjuicios y costas del proceso (Art. 93 CP). Puedes pedirla desde la denuncia o constituirte como actor civil dentro de la investigación preparatoria. Si el imputado no tiene bienes a su nombre, la reparación queda como deuda exigible aunque sea difícil de cobrar.
Base legal citada literal
- Art. 196 CP: tipificación de la estafa simple.
- Art. 196-A CP: estafa agravada (entre otros supuestos, cuando se comete en agravio de menores de edad, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o adultos mayores).
- Art. 197 CP: defraudaciones específicas (sustitución de personas, abuso de firma).
- Art. 92 al 101 CP: régimen de la reparación civil.
- D.Leg. 957 (NCPP): proceso penal aplicable.
Errores frecuentes
- Confundir incumplimiento contractual con estafa. Si la otra parte simplemente no cumplió pero al firmar tenía intención real de cumplir, el caso es civil, no penal.
- Denunciar sin pruebas documentales del engaño. La fiscalía archiva por insuficiencia probatoria.
- Datos inexactos del denunciado. Sin posibilidad de notificación, el caso se estanca.
- Presentar denuncia con datos falsos para presionar al deudor. Te expones a responsabilidad por denuncia calumniosa (Art. 402 CP) con pena de 1 a 4 años.
Después de presentar
La Fiscalía abre investigación preliminar para determinar si hay elementos suficientes. Puede dictar diligencias urgentes (declaraciones, pericia contable, requerimiento de información a bancos). Si hay indicios suficientes, formaliza la investigación preparatoria y comunica al juez. La investigación preparatoria dura hasta 120 días, prorrogables. Concluida, la Fiscalía puede acusar formalmente o sobreseer el caso. Si te asignaron fiscal, mantén comunicación con él y aporta nuevas pruebas a medida que aparezcan.
Casos reales: cuándo usar este documento
Ejemplo 1. El terreno vendido con papeles falsificados: Luz Marina Espinoza Cordero, DNI 44567823, pagó S/ 25,000 por un lote en Ventanilla a un supuesto propietario que le mostró una partida registral que resultó ser falsa. Al querer inscribir la compra, descubrió que el vendedor nunca fue el dueño real del terreno. Como hubo un engaño deliberado con documentos falsos para inducirla a pagar, corresponde la denuncia por estafa, no un simple reclamo civil.
Ejemplo 2. La inversión que prometía ganancias imposibles: Freddy Omar Chuquimango Díaz, DNI 46012378, invirtió S/ 8,000 en un supuesto negocio de importación que le prometía duplicar su dinero en dos meses. Después de la primera «ganancia» para generarle confianza, la persona que manejaba el negocio dejó de responder y desapareció con el dinero de varios inversionistas. El esquema fraudulento desde el inicio configura estafa.
Cuándo NO te sirve: Si contrataste un servicio o compraste algo y la otra parte simplemente no cumplió, pero al momento de contratar sí tenía intención real de hacerlo y luego tuvo problemas para cumplir, eso es un incumplimiento contractual civil, no estafa. Tampoco sirve si le entregaste un bien a alguien con obligación de devolverlo y no lo hizo sin que haya existido engaño previo; ese es el caso de la apropiación ilícita, no de la estafa.
El error más común es denunciar sin reunir pruebas claras del engaño, como capturas de conversaciones, comprobantes de pago o los documentos falsos presentados. Sin esas pruebas, la fiscalía suele archivar el caso por falta de sustento. Reúne todo antes de presentar la denuncia, incluyendo los datos completos del denunciado para que pueda ser notificado.
Requisitos y anexos: qué necesitas para presentarlo
Esta denuncia se presenta ante la Fiscalía Provincial Penal del lugar donde se cometió el delito o donde se produjo el resultado, por mesa de partes física o por la mesa de partes virtual del Ministerio Público. También puedes acudir a la Comisaría PNP más cercana, que deriva el caso a la fiscalía competente.
Documentos que debes adjuntar
- Copia simple de tu DNI, porque acredita tu identidad como denunciante.
- Datos completos del denunciado (nombre, DNI o RUC, domicilio, teléfono), porque sin ellos no puede ser notificado.
- Pruebas del engaño, como contratos, correos, mensajes de WhatsApp, capturas de pantalla o audios.
- Comprobante del perjuicio patrimonial, como voucher de transferencia, recibo, factura o depósito bancario.
- Documentos falsos o irregulares presentados por el denunciado, si los conservas.
- Datos de testigos que hayan presenciado los hechos, si los hay.
Antes de presentarlo, revisa
- Reúne pruebas documentales del engaño antes de denunciar; sin ellas la fiscalía suele archivar por falta de sustento.
- Verifica que tengas datos suficientes del denunciado para que pueda ser notificado.
- Evalúa si te constituyes como actor civil desde la denuncia, para pedir la reparación civil dentro del mismo proceso.
- No presentes datos falsos ni exagerados para presionar a un deudor: puede configurar denuncia calumniosa.
No se paga tasa por presentar la denuncia ante la Fiscalía. Tras la admisión se abre investigación preliminar, que puede derivar en diligencias urgentes y, si hay indicios suficientes, en investigación preparatoria formal. También debes precisar el área geográfica donde ocurrieron los hechos y el número de contacto del denunciado, según la información disponible.
Jurisprudencia y criterios aplicables
Es criterio reiterado de la Corte Suprema que la estafa exige un engaño idóneo, previo o concurrente al acto de disposición patrimonial, que induzca a error a la víctima; no configura jamás estafa el simple incumplimiento de una obligación contractual válidamente asumida, aunque el deudor finalmente no pague. Esta línea entre uno y otro supuesto es justamente lo primero que evalúan las fiscalías al calificar la denuncia, y la causa más común de que se declare no ha lugar a formalizar investigación.
Es también criterio consolidado de las salas penales que la existencia de un contrato o documento formal entre las partes no descarta por sí sola el delito, si se acredita que el denunciado nunca tuvo intención real ni capacidad de cumplir desde el inicio. Y la Corte Suprema ha señalado de manera reiterada que el perjuicio patrimonial efectivo y el nexo causal entre el engaño y el acto de disposición deben quedar acreditados con medios probatorios concretos, como comprobantes, transferencias o mensajes, y no solo con la versión del denunciante.
Ejemplo con datos de muestra
Así se ve el documento ya llenado (datos ficticios):
Cómo presentar denuncia penal por estafa: paso a paso
- Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
- Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
- Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
- Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia penal por estafa
¿El modelo de denuncia penal por estafa es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-penal-por-estafa/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de denuncia penal por estafa sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Denuncia Penal por Estafa Agravada (Art. 196-A CP)
Denuncia ante el Ministerio Público por estafa agravada cuando el engaño recae sobre bienes de primera necesidad, vivienda, se comete en agravio de menores, adultos mayores o personas vulnerables, prevista en el Art. 196-A del Código Penal.
Denuncia Penal por Estafa mediante Yape o Plin (Ley 30096)
Modelo de denuncia penal por estafa cometida a través de transferencias por Yape o Plin, invocando el delito de fraude informático de la Ley 30096 de Delitos Informáticos y la estafa del Código Penal.
Denuncia Penal por Estafa en Marketplace de Facebook
Modelo de denuncia penal por estafa en compras realizadas a través de Facebook Marketplace, cuando el vendedor recibe el pago y no entrega el producto, invocando el Art. 196 del Código Penal y la Ley 30096.
Denuncia Penal por Estafa Piramidal o Esquema Ponzi
Modelo de denuncia penal por estafa piramidal o esquema Ponzi, para afectados por supuestas inversiones de alto rendimiento que colapsan, invocando la estafa agravada del Código Penal y la captación ilegal de recursos.
Denuncia Penal por Estafa con Falsos Préstamos o Gota a Gota
Modelo de denuncia penal por estafa con falsos préstamos o gota a gota, cuando prestamistas ilegales cobran comisiones adelantadas y desaparecen o aplican usura y amenazas, invocando el Código Penal.
Denuncia Penal por Estafa con Alquiler de Inmueble Inexistente
Denuncia penal por estafa con alquiler de inmueble inexistente o falso ante el Ministerio Público, fundada en el Art. 196 del Código Penal, contra quien indujo a error para cobrar un adelanto por un departamento que nunca existió o no le pertenecía.
Calculadoras legales útiles
Usa nuestras calculadoras peruanas para complementar este modelo: plazos procesales, pensión de alimentos, liquidación laboral, UIT 2026, interés BCRP e IGV 18%.
Ir a calculadoras