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Penal

Denuncia Penal por Sustracción de Menor por el Otro Progenitor (Art. 147 CP)

Denuncia penal contra el padre o la madre que sustrae al menor o rehúsa entregarlo a quien ejerce la patria potestad y la tenencia. Sustentada en el artículo 147 del Código Penal, con pedido de medidas urgentes de restitución ante el Juzgado de Familia.

Actualizado al 18 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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DENUNCIA PENAL POR SUSTRACCIÓN DE MENOR (ART. 147 DEL CÓDIGO PENAL)

SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL O DE FAMILIA DE TURNO DE [DISTRITO_FISCAL]

Yo, [NOMBRE], con DNI N° [DNI], en mi condición de [PADRE_MADRE] del menor [NOMBRE_MENOR] (de [EDAD] años), con domicilio en [DIRECCION] y domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL], digo:

I. PETITORIO
Interpongo DENUNCIA PENAL por el delito de SUSTRACCIÓN DE MENOR, previsto en el artículo 147 del Código Penal, contra [NOMBRE_DENUNCIADO], en agravio de mi menor hijo(a) y de la patria potestad que ejerzo.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Ejerzo la patria potestad respecto de mi menor hijo(a), conforme consta en su partida de nacimiento, y ostento la tenencia según [RESOLUCION_O_ACUERDO].
2. El día [FECHA], el denunciado, sin mi consentimiento ni autorización judicial, sustrajo al menor de [LUGAR] y se niega a entregarlo, manteniéndolo en [LUGAR_ACTUAL] o en paradero desconocido.
3. Pese a mis requerimientos, el denunciado rehúsa reintegrar al menor al hogar, impidiendo el ejercicio de mi patria potestad.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 147 del Código Penal sanciona con pena privativa de libertad no mayor de dos años al que, mediando relación parental, sustrae a un menor de edad o rehúsa entregarlo a quien ejerce la patria potestad. El bien jurídico protegido es la patria potestad y el correcto ejercicio de la tenencia. El delito se configura tanto si el agente traslada al menor a otro lugar como si, teniéndolo consigo, se niega a reintegrarlo pese al requerimiento de quien tiene derecho a ejercer la tenencia, sin que medie resolución judicial que lo autorice.

IV. MEDIDAS URGENTES
Solicito que se remita copia al Juzgado de Familia competente para que disponga las medidas urgentes de restitución del menor, y que se oficie a la División de Búsqueda de Personas de la PNP.

V. MEDIOS PROBATORIOS
- Partida de nacimiento del menor.
- [RESOLUCION_O_ACUERDO] que acredita la tenencia.
- Testimonios sobre las circunstancias de la sustracción.

VI. ANEXOS
1-A. Copia de mi DNI. 1-B. Partida de nacimiento. 1-C. Documento de tenencia.

POR TANTO:
Solicito admitir la denuncia con carácter de urgente.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________
[NOMBRE]
DNI N° [DNI]

Cuándo usar este modelo

Usa esta denuncia cuando el otro progenitor se haya llevado a tu hijo sin tu consentimiento ni autorización judicial, o se niegue a devolvértelo pese a que ejerces la patria potestad y la tenencia. Configura el delito de sustracción de menor del artículo 147 del Código Penal, con pena no mayor de dos años. Además de la vía penal, permite pedir al Juzgado de Familia medidas urgentes de restitución del menor.

Qué datos necesitas

  • Tus datos completos, DNI y domicilios real y procesal.
  • El nombre y edad del menor y su partida de nacimiento.
  • La resolución o el acuerdo que acredita la tenencia.
  • La fecha y el lugar de la sustracción y el paradero conocido.
  • Los datos del progenitor denunciado.

Paso a paso

  1. Reúne la partida de nacimiento y el documento que acredita tu tenencia.
  2. Registra la fecha, el lugar y las circunstancias de la sustracción.
  3. Completa el modelo con los datos del menor y del denunciado.
  4. Presenta la denuncia ante la Fiscalía Penal o de Familia de turno.
  5. Solicita la remisión al Juzgado de Familia para las medidas urgentes de restitución.

Errores comunes

  • Confundir este delito con la omisión a la asistencia familiar, que protege otro bien jurídico.
  • Recuperar al menor por la fuerza en lugar de por la vía legal.
  • No acreditar documentalmente que ejerces la tenencia o la patria potestad.

Preguntas frecuentes

¿Aplica si ambos tenemos la patria potestad? Sí, el tipo penal sanciona a quien sustrae al menor o rehúsa entregarlo a quien tiene el derecho a tenerlo, aun mediando relación parental.

¿Qué hago si no sé dónde está mi hijo? Solicita en la denuncia que se oficie a la División de Búsqueda de Personas de la PNP para su ubicación.

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Cómo presentar denuncia penal por sustracción de menor por el otro progenitor (art. 147 cp): paso a paso

  1. Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
  2. Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
  3. Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
  4. Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
  5. Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.

Preguntas frecuentes sobre el modelo de denuncia penal por sustracción de menor por el otro progenitor (art. 147 cp)

¿El modelo de denuncia penal por sustracción de menor por el otro progenitor (art. 147 cp) es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/denuncia-penal-por-sustraccion-de-menor-por-el-otro-progenitor-art-147-cp/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de denuncia penal por sustracción de menor por el otro progenitor (art. 147 cp) sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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