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Concursal

Escrito de Objeción del Deudor a un Crédito Inexistente en el Concurso

Escrito con el que el deudor concursado objeta ante la Comisión de Procedimientos Concursales del INDECOPI el pedido de reconocimiento de un crédito inexistente, extinguido o inflado presentado por un supuesto acreedor (Ley N.° 27809).

Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESCRITO DE OBJECIÓN AL PEDIDO DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITO INEXISTENTE

SEÑORES DE LA COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DEL INDECOPI
Expediente N.° [NUMERO_EXPEDIENTE]
Deudor: [RAZON_SOCIAL_DEUDOR]

[NOMBRE_REPRESENTANTE], en representación de [RAZON_SOCIAL_DEUDOR], con RUC N.° [RUC_DEUDOR], señalando domicilio procesal en [DOMICILIO_PROCESAL] y casilla electrónica [CASILLA], ante ustedes digo:

I. PETITORIO
Formulo OBJECIÓN al pedido de reconocimiento de crédito presentado por [NOMBRE_SUPUESTO_ACREEDOR] por la suma de S/ [MONTO_OBJETADO], solicitando se declare IMPROCEDENTE o INFUNDADO su reconocimiento por no corresponder a una obligación real y exigible del Deudor.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. El supuesto acreedor pretende el reconocimiento de un crédito que [CAUSAL] (no existe, ya fue pagado, se encuentra prescrito, está duplicado o su monto está indebidamente inflado).
2. Los documentos que presenta [OBSERVACION_DOCUMENTOS] (carecen de fecha cierta, no cuentan con respaldo contable, no figuran en los libros del Deudor o corresponden a operaciones simuladas).
3. Según la contabilidad y los registros del Deudor, la obligación reclamada no consta o consta por un monto distinto de S/ [MONTO_REAL].

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Conforme a la Ley N.° 27809, Ley General del Sistema Concursal, el reconocimiento de créditos exige acreditar la existencia, origen, legitimidad y cuantía de la obligación. La Comisión debe verificar dichos extremos y desestimar los créditos que no se sustenten fehacientemente, en resguardo de la masa y del principio de que solo participan del concurso los créditos ciertos. El reconocimiento indebido perjudica a los acreedores legítimos al diluir su participación y su cobro.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
a) Estados financieros y libros contables del Deudor.
b) Comprobantes de pago o documentos que acreditan la inexistencia o extinción del crédito.
c) [OTROS_MEDIOS].

POR TANTO:
Solicito declarar fundada la objeción y no reconocer el crédito indebidamente pretendido.

[CIUDAD], [FECHA]

_______________________
[NOMBRE_REPRESENTANTE]
Representante de [RAZON_SOCIAL_DEUDOR]

Cuándo usar este modelo

Usa este escrito cuando eres el deudor concursado y alguien pretende que INDECOPI le reconozca un crédito que no es real: una deuda que ya pagaste, una que está prescrita, una duplicada o una con el monto inflado. En los concursos es frecuente que aparezcan acreedores falsos o vinculados que buscan colarse en la masa para votar en la Junta o para cobrar lo que no les corresponde, diluyendo a los acreedores legítimos.

La objeción permite al deudor pedir a la Comisión de Procedimientos Concursales que verifique el origen, la legitimidad y la cuantía del crédito antes de reconocerlo, y que lo rechace si no está debidamente sustentado. Es una defensa clave de la masa y de los acreedores verdaderos.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente y razón social del deudor.
  • Nombre del supuesto acreedor y monto que pretende que se le reconozca.
  • La causal por la que objetas (inexistencia, pago, prescripción, duplicidad o monto inflado).
  • Las observaciones a los documentos que presenta el supuesto acreedor.
  • Tus libros contables y comprobantes que respaldan la objeción.

Paso a paso

  1. Revisa tu contabilidad y confirma si la obligación existe y por qué monto.
  2. Identifica la causal exacta de la objeción y reúne la prueba que la sustente.
  3. Redacta el escrito señalando por qué el crédito no debe reconocerse.
  4. Presenta la objeción dentro del plazo del procedimiento de reconocimiento.
  5. Ofrece tus libros y comprobantes como medios probatorios y haz seguimiento a la resolución.

Errores comunes

  • Objetar sin prueba: la sola negativa no basta, hay que acreditar la inexistencia o el pago.
  • Dejar pasar el plazo para observar el crédito dentro del procedimiento.
  • No revisar la contabilidad para contrastar el monto reclamado con el registrado.
  • Ignorar los créditos de partes vinculadas, que suelen inflarse para controlar la Junta.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede objetar un crédito? Tanto el deudor como los demás acreedores pueden observar o cuestionar el reconocimiento de un crédito que consideren indebido dentro del procedimiento.

¿Qué verifica INDECOPI? La existencia, el origen, la legitimidad y la cuantía de la obligación; si el crédito no se sustenta fehacientemente, la Comisión debe desestimarlo.

¿Por qué importa frenar un crédito falso? Porque cada crédito reconocido participa de la masa y del voto en la Junta; uno falso reduce lo que cobran los acreedores legítimos y puede desviar las decisiones del concurso.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de escrito de objeción del deudor a un crédito inexistente en el concurso

¿El modelo de escrito de objeción del deudor a un crédito inexistente en el concurso es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escrito-de-objecion-del-deudor-a-un-credito-inexistente-en-el-concurso/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de escrito de objeción del deudor a un crédito inexistente en el concurso sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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