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Procesal Civil

Escrito del Rebelde Incorporándose al Proceso en el Estado en que se Encuentre

Escrito del demandado o demandante declarado rebelde para apersonarse e incorporarse al proceso en el estado en que se encuentre, señalando domicilio procesal, conforme al artículo 462 y concordantes del Código Procesal Civil.

Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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ESCRITO DEL REBELDE INCORPORÁNDOSE AL PROCESO EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRE

Expediente N.º: [NUMERO_EXPEDIENTE]
Especialista Legal: [NOMBRE_ESPECIALISTA]
Sumilla: Me apersono e incorporo al proceso; señalo domicilio

SEÑOR JUEZ DEL [NUMERO] JUZGADO CIVIL DE [DISTRITO_JUDICIAL]

[NOMBRE], identificado con DNI N.º [DNI], declarado rebelde mediante la resolución N.º [NUMERO_RESOLUCION] de fecha [FECHA], en el proceso seguido con [NOMBRE_CONTRARIO] sobre [MATERIA], a usted respetuosamente digo:

I. PETITORIO
Que me APERSONO al proceso y me INCORPORO al mismo en el estado en que se encuentre, y señalo domicilio procesal y casilla electrónica para recibir válidamente las notificaciones que en adelante se expidan.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO
1. Si bien fui declarado rebelde por no haber contestado la demanda dentro del plazo, la ley me faculta a incorporarme al proceso en cualquier momento.
2. Mi incorporación se produce respetando el estado en que se encuentra el trámite; no pretendo retrotraer ni renovar etapas ya precluidas, sino ejercer mi defensa en los actos que aún se encuentran pendientes.
3. Designo como domicilio procesal [DIRECCION] y casilla electrónica N.º [CASILLA], a fin de garantizar el debido emplazamiento en lo sucesivo.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículo 462 del Código Procesal Civil y normas concordantes sobre rebeldía (artículos 458 y siguientes): el rebelde se incorpora al proceso en el estado en que este se encuentre.
- Artículo 461 del Código Procesal Civil: efectos de la declaración de rebeldía.
- Artículo 139, inciso 14, de la Constitución Política del Perú: derecho de defensa.

IV. MEDIOS PROBATORIOS
1. El mérito del propio expediente y de la resolución que me declaró rebelde.

POR TANTO:
Solicito tener por apersonado al recurrente, por incorporado al proceso en el estado en que se halla y por señalado el domicilio procesal indicado.

PRIMER OTROSÍ DIGO: Adjunto copia de mi documento de identidad.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Confiero representación a mi abogado que autoriza este escrito.

[CIUDAD], [FECHA]

_________________________          _________________________
[NOMBRE_ABOGADO]                    [NOMBRE]
Abogado - Reg. CAL N.º [NUMERO_COLEGIATURA]   DNI N.º [DNI]
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Cuándo usar este modelo

Usa este escrito cuando has sido declarado rebelde por no haber contestado la demanda dentro del plazo y deseas retomar tu defensa apersonándote al proceso. Conforme al artículo 462 y a las normas sobre rebeldía del Código Procesal Civil, el rebelde puede incorporarse al proceso en cualquier momento, pero lo hace en el estado en que este se encuentre, sin poder retrotraer etapas ya precluidas. El escrito te permite señalar domicilio procesal y casilla electrónica para recibir válidamente las notificaciones posteriores.

Qué datos necesitas

  • Número de expediente, juzgado y materia del proceso.
  • Resolución que te declaró rebelde y su fecha.
  • Nombre y documento de identidad de la parte que se incorpora.
  • Domicilio procesal y casilla electrónica que se van a señalar.
  • Datos del abogado que autoriza el escrito.

Paso a paso

  1. Revisa en qué etapa se encuentra el proceso para conocer qué actuaciones aún puedes ejercer.
  2. Redacta el apersonamiento indicando que te incorporas en el estado en que se halla la causa.
  3. Señala domicilio procesal y casilla electrónica para las notificaciones futuras.
  4. Fundamenta en el artículo 462 y en las normas concordantes sobre rebeldía.
  5. Presenta el escrito y verifica que el juzgado te tenga por incorporado.

Errores comunes

  • Pretender que se retrotraigan etapas ya cumplidas: la incorporación es en el estado actual del proceso.
  • No señalar domicilio procesal ni casilla electrónica, con lo que se pierden notificaciones.
  • Creer que la rebeldía impide toda defensa: aún puedes ofrecer prueba y participar en los actos pendientes.
  • Ignorar la presunción legal relativa de verdad que puede generar la rebeldía respecto de los hechos de la demanda.

Preguntas frecuentes

¿En qué estado retomo el proceso? En el estado en que se encuentre al momento de tu incorporación; no se renuevan actos ya precluidos, según el artículo 462 del Código Procesal Civil.

¿Puedo aún ofrecer medios probatorios? Podrás intervenir en los actos que todavía estén pendientes, respetando la preclusión de las etapas ya cerradas.

¿La rebeldía significa que perdí el proceso? No necesariamente; genera una presunción relativa de verdad sobre los hechos, que puede desvirtuarse dentro de los márgenes que permite la etapa procesal.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de escrito del rebelde incorporándose al proceso en el estado en que se encuentre

¿El modelo de escrito del rebelde incorporándose al proceso en el estado en que se encuentre es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/escrito-del-rebelde-incorporandose-al-proceso-en-el-estado-en-que-se-encuentre/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de escrito del rebelde incorporándose al proceso en el estado en que se encuentre sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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