Excepción de Verdad (Exceptio Veritatis) en la Querella por Difamación (Art. 134 del Código Penal)
Escrito de defensa del querellado que deduce la excepción de verdad al amparo del Art. 134 del Código Penal, ofreciendo prueba de la veracidad de las imputaciones para quedar exento de pena en la querella por difamación.
Actualizado al 19 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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ESCRITO DE EXCEPCIÓN DE VERDAD (EXCEPTIO VERITATIS) SUMILLA: DEDUZCO EXCEPCIÓN DE VERDAD Y OFREZCO PRUEBA DE LA VERACIDAD DE LAS IMPUTACIONES SEÑOR JUEZ DEL [NUMERO_JUZGADO] JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE [DISTRITO_JUDICIAL] [NOMBRE_QUERELLADO], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], con domicilio real en [DOMICILIO_REAL] y domicilio procesal en la Casilla Electrónica N.° [NUMERO_CASILLA], en el proceso que por el delito contra el honor en la modalidad de difamación me sigue [NOMBRE_QUERELLANTE] (Expediente N.° [NUMERO_EXPEDIENTE]); a usted respetuosamente digo: I. PETITORIO Que, dentro del plazo de ley y al amparo del artículo 134 del Código Penal, DEDUZCO EXCEPCIÓN DE VERDAD (exceptio veritatis) a fin de acreditar la veracidad de las imputaciones materia de la querella, para que, probada esta, se me declare EXENTO DE PENA conforme al último párrafo de dicho artículo. II. FUNDAMENTOS DE HECHO 1. El querellante me imputa haber afirmado que [DESCRIPCION_DE_LA_IMPUTACION], hecho recogido en [MEDIO_O_SOPORTE] de fecha [FECHA_DE_LA_PUBLICACION]. 2. Dicha afirmación es verdadera y puede acreditarse plenamente, pues [SUSTENTO_FACTICO_DE_LA_VERDAD]. 3. Al momento de expresarme actué en interés de la causa pública y sin ánimo distinto al de informar sobre hechos verificables. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO El artículo 134 del Código Penal admite la prueba de la verdad de las imputaciones en cuatro supuestos: (1) cuando el ofendido es funcionario público y los hechos se refieren al ejercicio de sus funciones; (2) cuando por los hechos imputados está aún abierto un proceso penal contra el ofendido; (3) cuando el autor ha obrado en interés de causa pública o en defensa propia; y (4) cuando el querellante pide formalmente que el proceso continúe hasta establecer la verdad. En el presente caso concurre el supuesto N.° [NUMERO_SUPUESTO], por lo que corresponde admitir la presente excepción. Probada la verdad, el autor de la imputación queda exento de pena. IV. MEDIOS PROBATORIOS Ofrezco: a) el documento [DOCUMENTO_1] que acredita [HECHO_QUE_ACREDITA]; b) la declaración testimonial de [NOMBRE_TESTIGO], con DNI N.° [DNI_TESTIGO]; c) la exhibición de [DOCUMENTO_2]; d) [OTRO_MEDIO_PROBATORIO]. POR TANTO: A usted, señor Juez, pido admitir la excepción de verdad deducida, actuar los medios probatorios ofrecidos y, acreditada la veracidad de las imputaciones, declararme exento de pena. OTROSÍ DIGO: Señalo como domicilio procesal la Casilla Electrónica N.° [NUMERO_CASILLA] y delego la representación en mi abogado defensor. [CIUDAD], [FECHA] ______________________________ [NOMBRE_QUERELLADO] DNI N.° [NUMERO_DNI] ______________________________ [NOMBRE_ABOGADO] Abogado - Reg. CAL N.° [NUMERO_COLEGIATURA]
Cuándo usar este modelo
Usa este escrito cuando eres el querellado en un proceso por difamación (Art. 132 del Código Penal) y puedes demostrar que lo que afirmaste es cierto. El artículo 134 del Código Penal solo permite esta prueba en cuatro supuestos tasados; si acreditas la verdad de la imputación quedas exento de pena. Es la pieza de defensa que faltaba frente a las querellas de ataque.
Qué datos necesitas
- Número de expediente y juzgado penal que tramita la querella.
- Nombre completo del querellante y del querellado, con DNI.
- La imputación exacta y el medio donde se difundió, con fecha.
- El supuesto del artículo 134 que invocas (1 a 4).
- Los documentos y testigos que prueban la veracidad.
Paso a paso
- Identifica cuál de los cuatro supuestos del artículo 134 te habilita a probar la verdad.
- Redacta el petitorio invocando la exceptio veritatis y la exención de pena.
- Narra los hechos y sustenta por qué la imputación es verdadera.
- Ofrece cada medio probatorio con precisión (documentos, testigos, exhibiciones).
- Presenta el escrito dentro del plazo procesal y con firma de abogado.
Errores comunes
- Invocar la excepción sin que el caso encaje en ninguno de los cuatro supuestos del artículo 134.
- Alegar la verdad pero no ofrecer prueba concreta que la respalde.
- Confundir la difamación (Art. 132) con la injuria o la calumnia.
- Presentar el escrito fuera del plazo o sin firma de letrado.
Preguntas frecuentes
¿Siempre puedo probar la verdad en una difamación? No. Solo en los cuatro supuestos del artículo 134 del Código Penal; fuera de ellos la ley no admite la prueba de la verdad.
¿Qué gano si pruebo la verdad? Quedas exento de pena conforme al último párrafo del artículo 134, aun cuando la imputación haya afectado el honor del querellante.
Cómo presentar excepción de verdad (exceptio veritatis) en la querella por difamación (art. 134 del código penal): paso a paso
- Reúne las pruebas del hecho delictivo. Junta documentos, fotografías, capturas de pantalla, testigos, informes médicos o periciales que acrediten la comisión del delito y la identidad del imputado.
- Identifica el tipo penal aplicable. Verifica en el Código Penal el artículo que tipifica el delito (estafa: Art. 196 CP; robo: Art. 188 CP; lesiones: Art. 121 CP). Eso determina la pena y el juzgado competente.
- Elige dónde presentar la denuncia. Puedes acudir a la Fiscalía Provincial Penal o a la Comisaría PNP del lugar del delito. Para querellas por delitos de acción privada (injuria, difamación) presentas directamente al Juzgado Penal Unipersonal.
- Adapta el modelo a tu caso. Descarga el formato Word, completa los campos entre corchetes con hechos cronológicos, fechas exactas, nombres de los involucrados y medios probatorios que anexarás.
- Presenta con todos los anexos. Entrega el escrito original más copias (una por cada imputado) junto con los anexos numerados. Guarda el cargo de recepción con sello y fecha.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de excepción de verdad (exceptio veritatis) en la querella por difamación (art. 134 del código penal)
¿El modelo de excepción de verdad (exceptio veritatis) en la querella por difamación (art. 134 del código penal) es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/excepcion-de-verdad-exceptio-veritatis-en-la-querella-por-difamacion-art-134-del-codigo-penal/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de excepción de verdad (exceptio veritatis) en la querella por difamación (art. 134 del código penal) sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
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