Minuta de designación de apoyos y salvaguardias por escritura pública
Minuta notarial para que la persona con discapacidad que puede manifestar su voluntad designe sus apoyos y establezca salvaguardias, conforme al D. Leg. 1384.
Actualizado al 2 de septiembre de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0
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SEÑOR NOTARIO PÚBLICO DE [CIUDAD]: Sírvase usted extender en su registro de escrituras públicas una de DESIGNACIÓN DE APOYOS Y ESTABLECIMIENTO DE SALVAGUARDIAS que otorga [NOMBRE_COMPLETO_DE_LA_PERSONA_CON_DISCAPACIDAD], en los términos siguientes: PRIMERO: OTORGANTE Interviene como otorgante [NOMBRE_COMPLETO_DE_LA_PERSONA_CON_DISCAPACIDAD], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI], de [EDAD] años de edad, de estado civil [ESTADO_CIVIL], de ocupación [OCUPACION], con domicilio en [DIRECCION_COMPLETA], distrito de [DISTRITO], provincia de [PROVINCIA], departamento de [DEPARTAMENTO], en pleno ejercicio de su capacidad jurídica y manifestando su voluntad de manera [ORAL / ESCRITA / MEDIANTE_LENGUA_DE_SENAS_PERUANA / MEDIANTE_EL_SIGUIENTE_MEDIO_ALTERNATIVO: DESCRIBIR]. SEGUNDO: ANTECEDENTES El otorgante declara ser persona con discapacidad [FISICA / SENSORIAL_VISUAL / SENSORIAL_AUDITIVA / INTELECTUAL / MENTAL_O_PSICOSOCIAL / MULTIPLE], conforme al certificado de discapacidad N.° [NUMERO_DE_CERTIFICADO] de fecha [FECHA_DEL_CERTIFICADO] emitido por [ESTABLECIMIENTO_DE_SALUD] y/o al carné del CONADIS N.° [NUMERO_DE_CARNE], y que requiere apoyos para el ejercicio de su capacidad jurídica en determinados actos, sin que ello implique restricción alguna de dicha capacidad. TERCERO: DESIGNACIÓN DE APOYOS El otorgante, por su libre y espontánea voluntad, DESIGNA como su(s) persona(s) de APOYO a: 3.1. [NOMBRE_COMPLETO_DEL_APOYO_1], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI_APOYO_1], con domicilio en [DIRECCION_APOYO_1], vínculo con el otorgante: [PARENTESCO_O_VINCULO]. 3.2. [NOMBRE_COMPLETO_DEL_APOYO_2], identificado(a) con DNI N.° [NUMERO_DNI_APOYO_2], con domicilio en [DIRECCION_APOYO_2], vínculo con el otorgante: [PARENTESCO_O_VINCULO]. [ELIMINAR_SI_NO_APLICA] CUARTO: ALCANCE Y FUNCIONES DEL APOYO El apoyo designado tendrá como funciones, únicamente, las siguientes: 4.1. [FACILITAR_LA_COMUNICACION_Y_LA_COMPRENSION_DE_LA_INFORMACION_EN_FORMATOS_ACCESIBLES]. 4.2. [ASISTIR_EN_LA_MANIFESTACION_DE_VOLUNTAD_EN_LOS_SIGUIENTES_ACTOS: OPERACIONES_BANCARIAS / TRAMITES_ADMINISTRATIVOS / ACTOS_DE_DISPOSICION_DE_BIENES / CONTRATACION_DE_SERVICIOS / ATENCION_DE_SALUD / OTROS]. 4.3. [OTRAS_FUNCIONES_ESPECIFICAS]. El apoyo NO sustituye la voluntad del otorgante, no decide por él ni lo representa fuera de los actos aquí señalados, salvo que expresamente se le otorgue facultad de representación en el acto siguiente: [ACTO_ESPECIFICO_CON_FACULTAD_DE_REPRESENTACION_O_INDICAR_NINGUNO]. QUINTO: PLAZO La designación tiene una vigencia de [NUMERO_DE_ANOS_O_PLAZO_DETERMINADO], contada desde la fecha de la escritura pública, pudiendo ser revocada o modificada en cualquier momento por el otorgante mediante nueva escritura pública. SEXTO: SALVAGUARDIAS Con el objeto de prevenir el abuso, el conflicto de intereses y la influencia indebida, el otorgante establece las siguientes salvaguardias: 6.1. El apoyo rendirá cuenta documentada de su actuación cada [PERIODICIDAD: TRIMESTRAL / SEMESTRAL / ANUAL] ante [NOMBRE_DE_LA_PERSONA_O_INSTITUCION_QUE_SUPERVISA]. 6.2. Toda operación de disposición o gravamen de bienes por monto superior a [MONTO_EN_SOLES] requerirá la manifestación previa y expresa del otorgante. 6.3. El apoyo se abstendrá de intervenir en actos en los que tenga interés propio o conflicto de intereses. 6.4. Se designa como apoyo(s) suplente(s) a [NOMBRE_COMPLETO_DEL_APOYO_SUPLENTE], con DNI N.° [NUMERO_DNI_SUPLENTE], para el caso de impedimento, renuncia o remoción del apoyo titular. 6.5. [OTRAS_SALVAGUARDIAS_ACORDADAS]. SÉPTIMO: ACEPTACIÓN La(s) persona(s) designada(s) como apoyo declara(n) ACEPTAR el encargo, comprometiéndose a actuar respetando la voluntad, la dignidad, las preferencias y los derechos del otorgante, y a observar las salvaguardias establecidas. OCTAVO: AJUSTES RAZONABLES EN EL ACTO NOTARIAL El otorgante solicita al notario los siguientes ajustes razonables para la comprensión y manifestación de su voluntad: [INTERPRETE_DE_LENGUA_DE_SENAS_PERUANA / LECTURA_EN_VOZ_ALTA / DOCUMENTO_EN_BRAILLE_O_LECTURA_FACIL / MAYOR_TIEMPO_DE_EXPLICACION / OTRO]. NOVENO: INSCRIPCIÓN Se solicita cursar los partes correspondientes al Registro Personal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción de la presente designación de apoyos y salvaguardias. DÉCIMO: BASE LEGAL El presente acto se otorga al amparo del Decreto Legislativo N.° 1384, que reconoce y regula la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones y que incorporó al Código Civil el régimen de apoyos y salvaguardias en sustitución de la interdicción y la curatela por motivo de discapacidad; del Decreto Supremo N.° 016-2019-MIMP, que reglamenta el otorgamiento de ajustes razonables, la designación de apoyos y la implementación de salvaguardias; de la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2014-MIMP, modificado por el Decreto Supremo N.° 001-2026-MIMP; y de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Resolución Legislativa N.° 29127 y ratificada por Decreto Supremo N.° 073-2007-RE. Agregue usted, señor notario, la introducción y conclusión de ley, y curse los partes al registro que corresponda. [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO]. ____________________________ [NOMBRE_COMPLETO_DE_LA_PERSONA_CON_DISCAPACIDAD] DNI N.° [NUMERO_DNI] – Otorgante ____________________________ [NOMBRE_COMPLETO_DEL_APOYO_1] DNI N.° [NUMERO_DNI_APOYO_1] – Apoyo designado ____________________________ [NOMBRE_Y_NUMERO_DE_COLEGIATURA_DEL_ABOGADO] Abogado(a) BASE LEGAL - Decreto Legislativo N.° 1384, que reconoce y regula la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones. - Código Civil, en la parte modificada e incorporada por el Decreto Legislativo N.° 1384 (apoyos y salvaguardias). - Decreto Supremo N.° 016-2019-MIMP, Reglamento sobre ajustes razonables, designación de apoyos y salvaguardias. - Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad. - Decreto Supremo N.° 002-2014-MIMP, modificado por el Decreto Supremo N.° 001-2026-MIMP. - Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Resolución Legislativa N.° 29127 y ratificada por Decreto Supremo N.° 073-2007-RE. NOTA: La vía notarial procede cuando la persona con discapacidad puede manifestar su voluntad. Si no puede manifestarla por ningún medio, la designación de apoyos se solicita ante el Poder Judicial.
Para qué sirve
Hay decisiones que uno quiere tomar con la ayuda de alguien de confianza sin quedar a merced de nadie: firmar el contrato de alquiler, manejar la cuenta donde entra la pensión, aceptar o rechazar un tratamiento. Esta minuta le pide al notario que extienda la escritura pública en la que la propia persona con discapacidad designa a quienes la van a apoyar en esos actos y fija las salvaguardias, es decir, los controles que impiden que el apoyo se vuelva abuso. El punto de partida es que la capacidad jurídica se mantiene intacta. La persona decide quién la apoya, para qué actos y hasta dónde llega ese apoyo, y puede modificarlo o revocarlo cuando quiera, sin pedirle permiso a nadie.
Cuándo conviene usarlo
- Puedes manifestar tu voluntad por cualquier medio y quieres dejar designado quién te apoya antes de que alguien intente decidir por ti.
- Necesitas que bancos, notarías o entidades públicas reconozcan a tu persona de apoyo con un documento formal.
- Quieres reemplazar a un apoyo designado antes o ajustar el alcance de sus funciones.
- Prefieres anticiparte y dejar previsto tu apoyo para el caso de que más adelante te resulte difícil expresar tu voluntad.
Cómo llenarlo
- Indica cómo manifiestas tu voluntad, sea de forma oral, escrita, en lengua de señas peruana o por otro medio que describas. Ese dato permite al notario disponer los apoyos de comunicación que correspondan y evita que el acto se cuestione después.
- Sé específico con los actos. La designación en blanco, esa que dice “para todo”, es el error más caro, porque diluye el control y abre la puerta a decisiones que jamás quisiste delegar. Enumera: operaciones bancarias hasta cierto monto, contratos de arrendamiento, trámites de salud, gestión de la pensión.
- Redacta salvaguardias verificables. Plazo de vigencia, rendición de cuentas periódica, exigencia de que dos apoyos actúen en conjunto para los actos de disposición y forma concreta de revocar la designación.
- Nombra un apoyo suplente. Si el titular fallece, renuncia o entra en conflicto de intereses, la escritura queda inservible justo cuando más falta hace.
- Revisa los datos de identidad de cada apoyo y su vínculo contigo antes de llevar la minuta a la notaría. Corregir un número de documento después de extendida la escritura cuesta tiempo y dinero.
Base legal
El régimen de apoyos y salvaguardias fue incorporado al derecho peruano por el Decreto Legislativo N.° 1384, que reconoce la capacidad jurídica de la persona con discapacidad en igualdad de condiciones y reemplazó el modelo anterior de sustitución de la voluntad. La designación por escritura pública corresponde cuando la persona puede manifestar su voluntad y elige libremente a quién designa. El certificado de discapacidad y el carné del CONADIS, mencionados en la minuta como antecedente, acreditan la condición y no condicionan la facultad de otorgar el acto.
¿Designar un apoyo me quita capacidad para decidir?
El apoyo facilita la manifestación de tu voluntad y la comunicación de tus decisiones, sin ocupar tu lugar. Conservas el derecho de decidir, de cambiar de opinión y de revocar la designación en cualquier momento.
¿Cualquier persona puede ser mi apoyo?
Puedes designar a alguien de tu confianza, sea familiar o no. Lo razonable es evitar a quien tenga un interés económico enfrentado al tuyo en los mismos actos que le encargas y, si aun así quieres designarlo, reforzar las salvaguardias en ese punto.
¿Puedo revocar el apoyo después?
Sí, y conviene dejar escrito en la propia minuta cómo se hace esa revocación. Un procedimiento previsto de antemano ahorra discusiones con el apoyo saliente y con las entidades que ya tenían registrado su nombre.
Preguntas frecuentes sobre el modelo de minuta de designación de apoyos y salvaguardias por escritura pública
¿El modelo de minuta de designación de apoyos y salvaguardias por escritura pública es gratis?
Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/minuta-de-designacion-de-apoyos-y-salvaguardias-por-escritura-publica/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.
¿Puedo presentar este modelo de minuta de designación de apoyos y salvaguardias por escritura pública sin revisar?
No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.
Modelos relacionados
Escrito de Designación Judicial de Apoyos para Persona con Discapacidad que No Puede Manifestar su Voluntad
Demanda no contenciosa ante el juez de familia para que designe apoyos y establezca salvaguardias a favor de una persona con discapacidad que se encuentra imposibilitada de manifestar su voluntad, conforme al Decreto Legislativo N.° 1384.
Acta de Designación Anticipada de Apoyos a Futuro por la Propia Persona con Discapacidad
Documento por el cual una persona, en pleno ejercicio de su capacidad, designa por anticipado a quienes la apoyarán si en el futuro requiere asistencia para tomar decisiones, fijando el alcance, las preferencias y las salvaguardias aplicables.
Solicitud de Revisión y Revocación de la Designación de Apoyos por Incumplimiento
Escrito para pedir al juez o al notario que revise, modifique o deje sin efecto la designación de apoyos cuando la persona designada no respeta la voluntad del beneficiario, incumple la rendición de cuentas o incurre en conflicto de intereses.
Solicitud Judicial de Revisión de Curatela para su Conversión en Apoyos y Salvaguardias
Escrito para pedir al juzgado de familia que revise una curatela dictada bajo el régimen anterior y la sustituya por una designación de apoyos con salvaguardias, restituyendo el pleno ejercicio de la capacidad jurídica de la persona.
Solicitud judicial de readecuación de interdicción y curatela al régimen de apoyos y salvaguardias
Escrito de readecuación en vía no contenciosa, ante el juzgado de familia del lugar donde se encuentra la persona con discapacidad, para dejar sin efecto una sentencia de interdicción anterior al D. Leg. 1384 y designar apoyos con salvaguardias.
Informe de Rendición de Cuentas del Apoyo Designado en Cumplimiento de las Salvaguardias
Formato periódico con el que la persona designada como apoyo informa las decisiones adoptadas, los ingresos y egresos administrados y el respeto de la voluntad del beneficiario, cumpliendo la salvaguardia fijada en la designación.
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