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Poderes

Poder para Trámites ante SUNAT de Tercero con Clave SOL

Poder para que un contador o gestor realice tus trámites de RUC, Clave SOL, declaraciones y comprobantes ante la SUNAT. Base legal: artículo 23 del Código Tributario (TUO DS 133-2013-EF).

Actualizado al 10 de julio de 2026 · Legislación peruana vigente · Licencia CC-BY-4.0

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PODER ESPECIAL PARA TRÁMITES ANTE LA SUNAT

Señores
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT
Presente.-

Yo, [NOMBRE_DEL_OTORGANTE], identificado(a) con DNI N.° [DNI_OTORGANTE], con RUC N.° [RUC_OTORGANTE] y domicilio fiscal en [DOMICILIO_FISCAL], por el presente OTORGO PODER ESPECIAL a favor de:

[NOMBRE_DEL_APODERADO], identificado(a) con DNI N.° [DNI_APODERADO], con domicilio en [DOMICILIO_APODERADO].

PARA QUE EN MI NOMBRE Y REPRESENTACIÓN REALICE LOS SIGUIENTES ACTOS ANTE LA SUNAT:

PRIMERO.- Realizar la inscripción, modificación, actualización, suspensión o baja del Registro Único de Contribuyentes (RUC), y actualizar el domicilio fiscal y los datos vinculados.

SEGUNDO.- Solicitar, obtener, reactivar y recabar el Código de Usuario y la Clave SOL (SUNAT Operaciones en Línea), así como generar y reasignar dicha clave.

TERCERO.- Presentar declaraciones juradas determinativas e informativas, formularios físicos y virtuales (PDT y formularios en línea), pagos, así como solicitudes, escritos y comunicaciones.

CUARTO.- Gestionar la autorización y emisión de comprobantes de pago, series y facturación electrónica, y tramitar la baja de comprobantes.

QUINTO.- Presentar y recabar constancias, reportes de deuda, estados de cuenta, y suscribir la documentación necesaria para los trámites descritos.

SEXTO.- BASE LEGAL. El presente poder se otorga conforme a los artículos 145 y 155 del Código Civil y al artículo 23 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, que exige acreditar la representación mediante poder por documento público o privado con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT, salvo los actos de mero trámite. Se aplica, además, la normativa de SUNAT Operaciones en Línea (Clave SOL).

SÉTIMO.- Este poder es de carácter especial, se limita a los actos descritos y podrá ser revocado en cualquier momento mediante comunicación a la SUNAT.

Lugar y fecha: [CIUDAD], [DIA] de [MES] de [ANIO].

_______________________________
[NOMBRE_DEL_OTORGANTE]
DNI N.° [DNI_OTORGANTE]
OTORGANTE

(Firma legalizada notarialmente conforme al Decreto Legislativo N.° 1049)

Cuándo usar este modelo

Usa este poder cuando necesitas que tu contador o un gestor realice trámites tributarios en tu nombre ante la SUNAT: inscribir o actualizar el RUC, obtener o recuperar la Clave SOL, presentar declaraciones o gestionar la facturación electrónica. Es habitual para pequeños negocios, personas naturales con negocio y contribuyentes que viven fuera de la ciudad.

El Código Tributario exige acreditar la representación con poder cuando se trata de actos que no son de mero trámite, por lo que este documento evita rechazos en ventanilla y en los centros de servicios al contribuyente.

Qué datos necesitas

  • Datos del contribuyente (otorgante): nombres, DNI, RUC y domicilio fiscal.
  • Datos del apoderado o contador: nombres, DNI y domicilio.
  • Precisión de los trámites que autorizas: RUC, Clave SOL, declaraciones o comprobantes.
  • Número de RUC vigente y régimen tributario en el que te encuentras.

Paso a paso

  1. Completa la plantilla con tus datos tributarios y los del apoderado.
  2. Detalla las facultades que necesitas, sobre todo la obtención de la Clave SOL.
  3. Legaliza tu firma ante notario, pues la SUNAT exige firma legalizada para actos que no son de mero trámite.
  4. El apoderado acude al Centro de Servicios al Contribuyente con el poder y su DNI.
  5. La SUNAT registra la representación y el apoderado realiza los trámites autorizados.

Errores comunes

  • Presentar una carta poder simple para actos que exigen firma legalizada.
  • No incluir la facultad de obtener la Clave SOL, que es la más solicitada.
  • Consignar un domicilio fiscal distinto al registrado en el RUC.
  • Compartir la Clave SOL sin dejar constancia del poder, lo que dificulta deslindar responsabilidades.

Preguntas frecuentes

¿Qué actos son de mero trámite? Los que no implican decisión sobre la deuda ni disposición, como recabar constancias; estos no siempre exigen firma legalizada.

¿El poder sirve para personas jurídicas? Sí, pero debe otorgarlo el representante legal inscrito y acreditar su vigencia de poder.

¿Puedo limitar el poder a un solo trámite? Sí, basta con detallar únicamente el acto que autorizas, por ejemplo obtener la Clave SOL.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de poder para trámites ante sunat de tercero con clave sol

¿El modelo de poder para trámites ante sunat de tercero con clave sol es gratis?

Sí. Todos los formatos de Modelo.pe son 100% gratuitos, sin registro, sin login y con descarga ilimitada en Word (.docx). Puedes encontrar este y otros modelos en https://modelo.pe/poder-para-tramites-ante-sunat-de-tercero-con-clave-sol/. Licencia CC-BY-4.0 con atribución.

¿Puedo presentar este modelo de poder para trámites ante sunat de tercero con clave sol sin revisar?

No es recomendable. Es un formato referencial: cada caso tiene particularidades (fechas, montos, hechos, anexos) que requieren adaptación. Modelo.pe no brinda asesoría legal; verifica con un abogado antes de presentar cualquier documento.

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